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8 de marzo
Abogadas del 8M recuerdan las prohibiciones de 2021 y advierten: “Somos muchas y sabemos defendernos”
“Después de estudiar detalladamente cada una de las peticiones presentadas y teniendo en cuenta las posibles confluencias de distintas concentraciones multitudinarias en varias zonas de Madrid, se ha tomado la decisión firme de prohibir, por motivos de salud pública, todas las manifestaciones y concentraciones convocadas”. Con un breve comunicado, la Delegación del Gobierno en la Comunidad de Madrid —con José Manuel Franco como responsable— truncaba el 4 de marzo de 2021 las movilizaciones feministas previstas para los días 7 y 8 de marzo.
La Comisión del 8M había comunicado a la delegación un total de 102 concentraciones y manifestaciones. Desde enero, en la Comunidad de Madrid se habían celebrado acciones de todo tipo con total normalidad en la Comunidad de Madrid. Además, las feministas madrileñas habían respondido a la prohibición de celebrar una gran manifestación con creatividad y alternativas: convocando concentraciones dispersas, al aire libre y con medidas de seguridad.
El 6 y el 7 de marzo, la justicia lanzaba el veto definitivo: varias resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) rechazaban los recursos de la Comisión Legal del 8M, así como los de UGT, CC OO y Foro Madrid contra Violencia a Mujeres, por apreciar “alto riesgo” de contagio y primar, argumentaban, el “derecho a la salud, la integridad física y la vida de las personas” al de reunión. Pese a las prohibiciones, hubo feministas que no renunciaron a la calle y participaron en concentraciones o bicicletadas.
Tras este jarro de agua fría a unas pocas horas de las movilizaciones con motivo del Día Internacional de la Mujer, la Comisión Legal 8M de Madrid interpuso recursos de amparo por vulneración del derecho de reunión del artículo 21 de la Constitución y por vulneración del derecho a la igualdad y a la no discriminación del artículo 14.
“Se nos prohibió salir a la calle por ser mujeres y feministas, vulnerando nuestros derechos fundamentales”, dicen las abogadas de la comisión legal que interpusieron los recursos
A tres años de esas prohibiciones, Naomi Abad, Ana Méndez, María Andrés y Virginia Castillo, cuatro de las abogadas de esa comisión, apuntan: “Se nos prohibió salir a la calle por ser mujeres y feministas, vulnerando nuestros derechos fundamentales, mientras se autorizaban o no se prohibieron otras manifestaciones en los días inmediatamente anteriores o posteriores”.
Las cuatro abogadas explican cómo la Comisión 8M respondió de manera inmediata y coordinada, interponiendo recursos de amparo al Tribunal Constitucional que se idearon de forma colectiva. Los tiempos eran tan escasos que llegaron a tiempo de interponer tan solo cinco recursos.
“Es poco habitual que se admitan recurso de amparo en el Constitucional, y más aun que se resuelvan con sentencias favorables”, explican. Por eso dicen sentirse orgullosas de cómo esa respuesta feminista cristalizó en diciembre de 2023 en seis sentencias en las que el Tribunal Constitucional declara considera vulnerado el derecho fundamental y de reunión.
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Las prohibiciones vulneraron el artículo 21, dicta el alto tribunal, puesto que supusieron una restricción desproporcionada del derecho de reunión y manifestación, dado que la medida de prohibición supuso la máxima afectación del derecho fundamental, con un bajo valor de utilidad para el fin de preservar la salud pública, pues concurría ya en aquel momento una realidad muy distinta a la existente durante la vigencia del primer estado de alarma provocado por la pandemia del covid, acogiendo todos los argumentos de las letradas de la Comisión 8M.
Las abogadas muestran su satisfacción por estas sentencias pero también advierten de que sobre el otro artículo Constitucional que consideraban vulnerado, el artículo 14 que proclama la igualdad, no hay ninguna referencia del alto tribunal. “A nosotras nos parecía importante señalar que mientras se estaban permitiendo movilizaciones de jubilados, se prohibían concentraciones feministas”, señalan.
No solo eso: durante los dos meses anteriores, en la Comunidad de Madrid se autorizaron más de 300 manifestaciones, cuando la situación sanitaria era peor. El mismo 8 de marzo, todas las convocatorias feministas hechas en otras ciudades se desarrollaron en la más absoluta normalidad.
Las abogadas quieren lanzar un mensaje doble tres años después de las prohibiciones que frenaron el 8M en Madrid hace tres años: que el movimiento feminista supo poner los cuidados en el centro y que tiene capacidad de respuesta
Las abogadas quieren lanzar un mensaje doble tres años después de las prohibiciones que frenaron el 8M en Madrid hace tres años. La primera, que las sentencias del Constitucional suponen un reconocimiento de que el movimiento feminista puso cuidado en las convocatorias de ese año, ya que ante la prohibición de una manifestación multitudinaria se respondió con convocatorias dispersas, en lugares al aire libre y con medidas de seguridad. “Nosotras ponemos los cuidados en el centro, por eso no entendíamos la prohibición por motivos de seguridad”, dicen las letradas, que recuerdan además que un año antes de había intentado culpar al movimiento feminista y a la manifestación del 8 de marzo en Madrid nada más y nada menos que de la propagación del covid 19.
En segundo lugar, Naomi Abad, Ana Méndez, Maria Andrés y Virginia Castillo subrayan el ejercicio de respuesta colectiva y el reflejo en estas sentencias de que el movimiento feminista sabe dar respuesta: “El 8M no solo pelea y gana en las calles, sino también en los Tribunales, una ejemplo de que las feministas somos muchas y sabemos defendernos”.