Migración
Exclusión financiera: cuando no disponer de una cuenta bancaria te deja sin derechos

Once entidades denuncian las dificultades que tiene la población refugiada y migrante para acceder a servicios financieros como las cuentas de pago básicas, siendo el acceso al sistema bancario fundamental para la vida económica de la población.
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6 oct 2023 07:03

Domiciliar la luz, el agua, recibir una nómina, una ayuda, realizar una compra, efectuar una transferencia, son acciones fundamentales en la vida económica cotidiana de las personas que requieren de disponer de una cuenta bancaria. El acceso al sistema bancario, o la inclusión financiera de las personas, deviene en este marco fundamental para su existencia.

Sin embargo, algo tan habitual como abrir una cuenta implica una serie de barreras para muchas personas migrantes o solicitantes de asilo. Acudir a una entidad bancaria para estas personas supone a menudo un quebradero de cabeza, saliendo de ahí con las manos vacías sin haber podido llevar a término un trámite imprescindible, después de que no se les haya aceptado la documentación presentada, o no se les haya brindado información sobre su derecho a acceder a una cuenta.

El derecho a la inclusión financiera está garantizado por la Directiva Europea 2014/92 que aborda las Cuentas de pago básico e incluye en su articulado la no discriminación a la hora de acceder a este tipo de herramientas. La norma fue traspuesta a la legislación española a través del Real Decreto-ley 19/2017 y el Real Decreto 164/2019, este último establece un régimen gratuito de este producto financiero en el caso de vulnerabilidad y exclusión social. Aunque exista un marco legal que ampara que todas las personas puedan acceder a una cuenta bancaria, la realidad es que persisten las falencias en la aplicación de este derecho, como constatan muchas personas migrantes y solicitantes de asilo.

Aunque exista un marco legal que ampara que todas las personas puedan acceder a una cuenta bancaria, la realidad es que persisten las falencias en la aplicación de este derecho, como constatan muchas personas migrantes y solicitantes de asilo

Para reflexionar sobre cómo hacer efectiva la normativa vigente, 11 entidades — Red Acoge, CEAR, Fundación Cepaim, Rumiñahui, entre otras— que vienen trabajando en este ámbito,  convocaron el jueves 5 de octubre la jornada Materializando el derecho a la inclusión financiera de las personas migrantes y refugiadas, durante la que hicieron balance de cuáles son las principales dificultades con las que se encuentran las personas migrantes a la hora de acceder al sistema bancario, y propusieron mejoras para la consecución plena de sus derechos financieros. Para ello contaron también con representantes institucionales de la Defensoría del Pueblo, la Secretaría General del Tesoro, o el Banco de España.

No proporcionar información sobre las cuentas de pago básicas —cuyas comisiones están tasadas, pudiendo ser gratuitas en caso de vulnerabilidad— hasta el punto de que las organizaciones tengan que explicar al personal bancario la existencia de estas cuentas; no aceptar documentos que están previstos en la regulación; exigir documentación complementaria —empadronamiento, contrato de alquiler, certificado de no expulsabilidad— muy difícil de obtener, son algunas de las principales incidencias y limitaciones listadas por Noelia Monteagudo, responsable de área de incidencia y participación social en CEAR Valencia y encargada de abrir la discusión.

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La portavoz de CEAR incidió también en cómo las entidades bancarias a veces abusan de esta situación, obligando a las personas que solicitan la apertura de una cuenta de pago básica a contratar otros servicios como seguros de salud. También explicó como la no aceptación del pasaporte, o la petición de certificados de no-expulsabilidad (la legislación contempla el acceso a estas cuentas para las personas en situación administrativa irregular que no estén bajo amenaza de expulsión) despoja a las personas sin documentación en regla de la posibilidad de percibir prestaciones a las que tienen derecho, como la renta de inclusión valenciana.

Un nivel más de discriminación se produciría en relación con la nacionalidad, aduciendo a la normativa contra el blanqueamiento de capitales o antiterroristas, algo que afecta, por ejemplo, siguiendo a Monteagudo, a ciudadanos magrebíes o colombianos. Pese a que el Real Decreto de 2019 regula la gratuidad del acceso a las cuentas de pago básicas, las entidades bancarias demandan mucha documentación complementaria a las personas que la solicitan, ignorando que basta un informe de los servicios sociales que acredite esa vulnerabilidad.

Otro de los ámbitos de mejora tiene que ver con la presentación de reclamaciones —no existiendo cauces claros en las oficinas y obligando a reclamar online a personas que carecen de los medios materiales o las competencias para hacerlo— al tiempo que las denegaciones de apertura de cuenta no quedan registradas por escrito ni justificadas por las entidades bancarias, dejando en la indefensión a las personas afectadas. Monteagudo apuntaba a algo que se repetiría a lo largo de la jornada, el marco jurídico protector ya existe, pero hay una gran distancia entre la norma y la práctica.

Las trabas que sufren personas migrantes y solicitantes de asilo a la hora de acceder a una cuenta de pago generan malestar y frustración ante el sentimiento de sufrir discriminación por parte de las entidades bancarias

Aunque no pudieran acudir presencialmente a las ponencias, durante el encuentro se escucharon algunas voces de personas afectadas. Entidades bancarias que no reconocen los documentos de solicitante de asilo como documento válido, que exigen documentación complementaria de difícil acceso para las personas migrantes y solicitantes de asilo (empadronamiento, contrato de alquiler, nóminas…), que no aceptan certificados que acrediten estar tramitando o renovando documentos como el TIE, llevando a algunas de las personas que dan su testimonio a ver congeladas o bloqueadas sus cuentas como efecto colateral de la lentitud de la administración en emitir y renovar la documentación están entre las situaciones denunciadas. También la orientación comercial de estas personas hacia otros productos financieros que exigen ingresos o pagos de comisiones que no pueden permitirse, está entre estas incidencias, generando todas ellas malestar y frustración ante el sentimiento de sufrir discriminación por parte de las entidades bancarias.

Gloria González pertenece al Observatorio de cuentas de pago básicas, un proyecto de Economistas sin Fronteras y la Fundación Isadora Duncan que viene monitoreando esta situación desde 2021, después de que Economistas sin Fronteras realizara, en 2019, un estudio sobre las cuentas de pago básico en el sistema financiero español, centrándose en si se cumplía la normativa por un lado, y cómo se estaba llevando a la práctica. Así, hallaron que el 93,5% de personas en exclusión social tiene cuenta, 39% usa tarjeta, y solo el 5,3% utiliza la banca electrónica. En esta investigación se ponía de manifiesto la prima de pobreza, es decir, que el hecho de no contar con recursos encarece el acceso a servicios financieros de las personas en riesgo de exclusión que se ven obligadas a pagar más comisiones, entre otras penalizaciones económicas.

En el citado estudio observaban además que “las entidades bancarias hacen su trabajo sin esmero”, en lo relativo a las cuentas de pago básicas, es decir, se limitan a disponer de este producto financiero. Las lagunas en la información oficial del Banco de España o las carencias en la información comercial (no hallaron folletos, cartelería y ninguna información en los bancos sobre este tipo de cuentas que estuviera accesible a las potenciales personas interesadas), se suman a esta desidia en la garantía del derecho.

Por su parte, el Director General de Migraciones, Santiago Yerga Cobos,  repasó algunos de los compromisos adquiridos por parte del gobierno a raíz de su interlocución con las entidades, entre estos la aclaración y catalogación de los documentos que deben aceptarse, la inclusión de la solicitud de tramitación o renovación de documentos de asilo o residencia como documentación válida, sin que las personas deban esperar a tener originales cuya expedición puede retrasarse. Incidió en que por parte del Ministerio de migraciones se considera que la presentación del pasaporte debería ser suficiente, aunque los testimonios muestran que no es así. Consideró también que cualquier documento emitido por la administración, estatal, autonómica o local debería bastar a la hora de abrir este tipo de cuentas, y emplazó a las entidades bancarias a personalizar la atención y no ver a quienes acuden a abrir estas cuentas “como meros clientes”, implicándolas en un esfuerzo pedagógico junto a la sociedad civil y la administración, pues, apuntó, gran parte del personal bancario desconoce la normativa referente al asilo, o la ley de extranjería.

Migración
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SOS Racismo y Ongi Etorri Errefuxiatuak aseguran que las decisiones son en muchos casos “arbitrarias” y subrayan que, de acuerdo con la directiva europea y la ley estatal, acceder a una cuenta es un servicio básico que frena la exclusión financiera de las personas más vulnerables.

Paloma Favieres, del Área de migraciones e igualdad de trato de la Defensoría del Pueblo calificaba la situación con las cuentas de pago básicas como “un grano de arena en lo que supone la exclusión de las personas migrantes y solicitantes de asilo en el sistema financiero español”, recordando que entre las quejas más frecuentes a la defensoría está la constante aplicación de protocolos por blanqueo de capitales que padecen muchas personas migrantes y solicitantes de asilo. Así, explicaba, muchas de estas personas han de hacer frente a “una doble yincana”, por un lado que le acepten la documentación que acredita la protección internacional, por otro lado la ley de blanqueo de capitales a través de la cual ven frecuentemente sus cuentas bloqueadas. Critica de la normativa que no permita un análisis individual de los diversos casos, y que traslade la responsabilidad a las entidades bancarias, que la aplican bajo su criterio. La integrante de la oficina del defensor del pueblo recuerdó que la exclusión financiera, en cuanto que supone una discriminación, debe de ser abordada desde el marco de la Ley integral para la Igualdad de trato y la no discriminación, aprobada en 2022.

Desde EAPN-ES, Lara Alba, responsable de participación, llamó la atención sobre otras formas de abuso financiero contra las personas en riesgo de exclusión como son los créditos abusivos, y relacionó la prima de pobreza con la aporofobia bancaria. También instó a la alfabetización financiera de los servicios sociales, para que puedan acompañar a las personas con toda la información.

Que se puede garantizar el acceso sin dificultades a una cuenta bancaria es algo que quedó demostrado con la llegada de personas refugiadas procedentes de Ucrania, a quienes los bancos facilitaron estos trámites, en aplicación de la normativa

Que se puede garantizar el acceso sin dificultades a una cuenta bancaria es algo que quedó demostrado con la llegada de personas refugiadas procedentes de Ucrania, a quienes los bancos facilitaron estos trámites, en aplicación de la normativa, explicaba Alberto Cerezo, del Área de Incidencia Política de Red Acoge. Cerezo cuestionó el hecho de que las entidades bancarias aleguen que no tienen incidencias relativas a las cuentas de pago básicas y defiendan que aplican protocolos, mientras no para el goteo de quejas por incidencias y obstáculos que les llegan por parte de las personas afectadas. El portavoz de la Red Acoge lamentó, como sucedió en varias ocasiones durante la jornada, la suspensión del Proyecto de Ley por el que se crea la Autoridad Administrativa. Independiente de Defensa del Cliente Financiero, en el que las organizaciones tuvieron una amplia participación y que ha quedado en el limbo tras el adelanto electoral “nos quedamos a tres metros de la meta”.

Para César Díaz, abogado de la Federación de Consumidores y Usuarios (CECU) la normativa es clara y el problema está en la aplicación de la norma, apuntando de nuevo a los procedimientos contra el blanqueamiento como un elemento distorsionador: “No se puede vigilar igual a una persona sin recursos que a alguien con mucho capital”, afirmaba. Recordando que cuando se habla de cuentas de pago básicas, “no estamos hablando de un producto financiero o bancario, estamos hablando de un derecho universal, para todo el mundo, porque somos conscientes de que en la UE no se puede residir sin una cuenta de pago”.

Por su parte María Molina, de la Asociación de Usuarios Financieros (ASUFIN) coincidía con esta aproximación desde los derechos humanos y se preguntaba, si la normativa es clara, ¿por qué nos estamos encontrando con estos obstáculos? antes de dar paso a una serie de recomendaciones.  Entre ellas la aclaración de qué documentos son válidos, que el banco informe de las solicitudes aceptadas, denegadas, o reorientadas a otro producto financiero, o que la solicitud de apertura de estas cuentas se tramiten por escrito con el fin de que queden registradas, pues uno de los principales problemas son las denegaciones verbales contra las que es difícil reclamar. También apuntó a la necesidad de que entidades del tercer sector puedan acreditar la vulnerabilidad a la hora de solicitar la gratuidad de la cuenta, para que el peso no recaiga sobre servicios sociales que muchas veces están desbordados.

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