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Madres protectoras
Madres afectadas por el Convenio de La Haya piden cambios en el tratado que las castiga por protegerse
La participación en un foro de la Conferencia de La Haya del Derecho Internacional Privado (HCCH por sus siglas en inglés) de grupos madres afectadas por la aplicación sin perspectiva de género y sin perspectiva de infancia de uno de sus convenios no tiene precedentes, explica Ruth Dineen a El Salto sobre el Forum on Domestic Violence and the Operation of Article 13(1)(b) of the 1980 Child Abduction Convention que tuvo lugar entre el 18 y el 21 de junio en Sudáfrica.
Dineen es coordinadora internacional del proyecto Hague Mothers de la fundación Filia, de Reino Unido, y una de las responsables de que las personas expertas congregadas en este foro escucharan más de una docena de testimonios de mujeres que se han visto criminalizadas o atrapadas en los países de quienes ejercieron violencia contra ellas o contra sus hijos. Son las “hagued mothers”, las madres hagueadas, que han aprendido a golpe de orden de búsqueda internacional y de pérdidas de custodias qué es este tratado.
El “Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980”, conocido como Convenio de La Haya, tiene como objetivo declarado garantizar la restitución inmediata de los niños y niñas trasladados o retenidos de manera ilícita según los términos de este convenio de un país a otro y velar por que se respeten los derechos de custodia. Lo que receta este convenio para conseguirlo es la restitución inmediata de un niño o niña a la situación previa al traslado, sin tener en cuenta ningún contexto, ninguna documentación que pueda aclarar el motivo de ese traslado y sin escuchar a las madres ni a las criaturas, algo sobre lo que la relatora especial sobre la violencia contra las mujeres y las niñas, sus causas y consecuencias, Reem Alsalem, alertó en un informe de 2023.
Alrededor de tres cuartas partes de los casos presentados en virtud del Convenio de La Haya son contra la madre, que en muchos casos huye de la violencia, según un informe de la relatora especial sobre la violencia contra las mujeres Reem Alsalem
Según los datos recogidos por Reem Al Salem en este informe, alrededor de tres cuartas partes de los casos presentados en virtud del Convenio de La Haya son contra la madre que de forma mayoritaria es la cuidadora de referencia y que en muchos casos huye de la violencia doméstica o trata de proteger a sus hijos de los malos tratos, dice el informe citando como origen de esos datos la séptima reunión de la Comisión Especial sobre el Funcionamiento Práctico del Convenio de La Haya de 1980 sobre la Sustracción Internacional de Menores y del Convenio La Haya de 1996 sobre la Protección de la Infancia de octubre de 2017.
Y es que, pese a que el convenio contempla excepciones —la excepción del arraigo, recogida en el artículo 12, y la excepción del “peligro físico o psíquico o de cualquier otra manera ponga al menor en una situación intolerable”, recogida en el 13b, artículo que fue objeto de debate en el foro—, estas excepciones apenas se utilizan.
El convenio se aplica de forma “implacable”. Es el adjetivo que utiliza Ruth Dineen, que reflexiona sobre por qué las madres afectadas por un convenio que se creó en 1980 han empezado a organizarse tan solo hace unos años. Por ejemplo, el Proyecto Hague Mothers de la fundación Filia que ella misma coordina fue creado en 2022 y otros colectivos que participaron en el foro tienen apenas cinco años de existencia.
Dineen explica que, en primer lugar, los casos de madres de La Haya son estadísticamente pocos, por lo que no ha habido mucho conocimiento sobre ellos. En segundo lugar, los medios de comunicación no han prestado atención a este problema, razona. Y, aunque Dineen no lo cita, un tercer factor tiene que ver con los grandes cambios sociales de las últimas décadas, cuando ha aumentado notablemente la movilidad de ciudadanos por todo el mundo, haciendo que las familias internacionales sean cada vez más comunes. Esto ha provocado también un cambio en el perfil de los los “taking parents”, los progenitores que trasladan de país a sus criaturas sin permiso del segundo progenitor.
Ruth Dineen (Hague Mothers Proyect): “Los testimonios conmovieron al secretario general de la HCCH, Christophe Bernasconi; creo que fue la primera vez que tomó conciencia del problema”
Para Dineen, el encuentro de junio en La Haya supuso un cambio de paradigma, no solo porque el secretario general de la HCCH, Christophe Bernasconi, facilitó que todas las partes fueran escuchadas, sino porque el propio Bernasconi accedió a reunirse con colectivos de madres. “Evidentemente, los testimonios le conmovieron; creo que fue la primera vez que tomó conciencia del problema”, explica Dineen. Bernasconi se comprometió verbalmente con las madres a dar seguimiento al asunto mediante un foro sobre violencia de género. “Todo el mérito es de las mamás que le escribieron, sus voces marcaron la diferencia”, valora.
Para el foro en Sudáfrica, Filia preparó una propuesta de protocolo en colaboración con otro colectivo de madres, Revibra Europa, un colectivo fundado informalmente en 2012 que en 2018 se constituyó como organización de apoyo a madres brasileñas afectadas por situaciones de violencia de género en Europa. El protocolo anima a las personas participantes a escuchar activamente a las madres teniendo en cuenta sus situaciones de trauma, y pide cuidado en el lenguaje, por ejemplo, no calificando de “sustractores” de forma automática a estos “taking parents”.
“Nos preocupaba mucho que estuviéramos animando a las mujeres a participar en algo que las volvería a traumatizar y por eso creamos este protocolo básico, que se compartió con todos los asistentes”.
Las recomendaciones de Mothers Revolution
Pero Filia y Revibra no fueron las única organización presentes en el foro. Los participantes tuvieron también acceso al informe de la organización Mothers Revolution. Este colectivo fue fundado en 2018 para brindar a las madres protectoras servicios de apoyo como asesoría legal, estrategia de medios o asesoramiento sobre traumas, sobre todo en casos que involucran a madres de EE UU y casos en los que se utiliza el Convenio de La Haya, como explica a The Hague Papers su directora, Geerte Frenken.
Por su propia experiencia y por la experiencia que conoce a través de los numerosos casos que llegan a esta organización sabe que “desde que el tratado entró en vigor, el artículo 13(1)(b) rara vez se aplica en casos de violencia doméstica y abuso infantil”, explica. Los procedimientos de La Haya se desarrollan en un plazo muy corto —de entre seis semanas o unos meses, explica— “y a la mayoría de los niños se les ordena regresar a su país de origen, a lo que el derecho considera su “residencia habitual”.
Geerte Frenken (Mothers Revolution): “Los defensores de los derechos de los padres a menudo les aconsejan que permitan que las madres se lleven a sus hijos de regreso a su país de origen para luego presentar una petición en La Haya alegando secuestro”
“Los defensores de los derechos de los padres a menudo les aconsejan que permitan que las madres se lleven a sus hijos de regreso a su país de origen para luego presentar una petición en La Haya alegando secuestro, ya que saben que esta estrategia generalmente resulta en que los padres ganen su caso en La Haya y posteriormente obtengan una llamada orden rápida en su propio país que les concede la custodia total de los niños y pone fin al contacto entre madre e hijo”, explica.
Geerte describe lo que en España se conocen como “arrancamientos”, separaciones forzosas de una madre y su criatura: “Los equipos SWAT separan a los niños de forma abrupta y a veces violenta de sus madres protectoras, y algunas de ellas se enfrentan a un encarcelamiento prolongado mientras que hay casos en los que han sido asesinadas por sus exparejas abusivas”, lamenta. “Las medidas protectoras que contemplan algunas sentencias de La Haya rara vez se aplican una vez que los niños regresan a su residencia habitual”, explica, por lo que “la gran mayoría de los niños de La Haya son devueltos al país de residencia habitual y a la custodia de sus padres abusivos, con consecuencias nefastas”, dice la directora de Mothers Revolution.
Aunque existe una guía de buenas prácticas de aplicación del tratado de La Haya que tiene como objetivo prevenir procedimientos tan devastadores y sus resultados “no se ha seguido en ninguno de los numerosos casos que nuestra organización ha observado durante la última década”. Y no solo eso, sino que el personal judicial, confrontado por su incumplimiento de esta guía, responde de forma evasiva: “nos dicen que no es una ley y por lo tanto no tienen que cumplirla”.
Durante el foro, Geerte presentó el informe “Violence against Mothers and Children through The Hague Convention, causes and solutions”, donde se expone esta situación. En este documento, la organización hace una serie de recomendaciones: prohibir a padres invocar el Convenio de la Haya cuando haya maltrato probado, valorar la situación cuando se alega maltrato hacia la madre o el niño, involucrar a expertos en las valoraciones o escuchar a la criaturas son algunas de las propuestas. Una de las claves de las medidas y recomendaciones tiene que ver también con el lenguaje: el estudio valora como clave sustituir la decisión basada en la “residencia habitual” por una decisión basada en el “habitual parent”, es decir, en valorar quién es la figura de referencia en los cuidados del pequeño, así como prohibir el uso de la fuerza cuando los pequeños son finalmente separados de sus madres.
Frenken es consciente de que no todos los asistentes al foro compartían los mismos puntos de vista y de que entre ellos se encontraban algunos jueces que aplican prejuicios sexistas o padres que utilizan el tratado para obtener una ventaja sobre el otro progenitor. “Escuchamos a muchas personas en posiciones destacadas oponerse a la reforma del tratado y algunas presentaciones parecieron centrarse en la gestión de la reputación, con afirmaciones como que el tratado funciona bien tal como está y no necesita reforma; otros parecieron aún más desconectados, afirmando que las madres protectoras utilizan el tratado de La Haya para “comprar foros”; algunos reconocieron que se podía mejorar la interpretación del artículo 13(1)(b), pero argumentaron que el artículo en sí no puede redactarse nuevamente debido a la falta de una cláusula de enmienda en el Tratado“, explica. ”Además, hubo argumentos de que incluso si fuera posible una enmienda, sería imposible lograr que todas las naciones ratificantes estuvieran de acuerdo... sin embargo, quedó claro que muchas naciones ratificantes ya habían creado sus propios subartículos del 13(1)(b) a nivel local para guiar su poder judicial, lo cual es una indicación prima facie de que el artículo dentro de este tratado no funciona adecuada y coherentemente en todos los países”.
Pese a que esta conclusión suena pesimista con respecto a posibles cambios en la aplicación del tratado, Frenken coincide con Dineen en que las voces de las madres calaron entre los asistentes: “En medio de muchas presentaciones bastante vergonzosas, las poderosas declaraciones de víctimas hechas por varias Madres de La Haya devolvieron la conversación a la realidad como un atronador relámpago e incluso las fachadas más estoicas empezaron a resquebrajarse“, explica. ”Fue alentador presenciar a algunos funcionarios judiciales expresar genuina y valientemente lo profundamente conmovidos que estaban por estas desgarradoras historias y muchos admitieron que nunca habían conocido de primera mano a las madres de La Haya o sus tortuosas experiencias, ni se habían enfrentado a las terribles y a veces mortales consecuencias de las sentencias de La Haya”.
Una carta desde Japón
Además, los participantes del foro recibieron una carta del colectivo de madres de japón All Japan Women’s Shelter Network. En su carta, que dirigen a los participantes del foro, muestran su preocupación por la determinación del “riesgo grave” de la Convención de La Haya en Japón y en todo el mundo.
“La Ley de Prevención de la Violencia Doméstica de Japón, promulgada en 2001, define la violencia doméstica de forma amplia, incluyendo situaciones en la que no existe violencia física o peligro inminente para la vida. Además, según la ley, que ha sido revisada, y entró en vigor en abril pasado, los actos de violencia doméstica psicológica, sexual y económica también están cubiertos por órdenes de alejamiento. También la Ley de Prevención del Abuso Infantil define la situación de presenciar y vivir con violencia doméstica como un acto de abuso psicológico de un niño que debe ser intervenido y protegido por las autoridades gubernamentales, incluso si el niño mismo no sufre daños físicos”, dice el escrito.
Un colectivo de Japón pide en una carta abierta tener en cuenta los estándares de Convenio de Estambul en la aplicación del Convenio de La Haya
Las madres japonesas piden tener en cuenta el Convenio de Estambul, que citan como estándar global para la violencia contra las mujeres desde su creación en 2011 —y que se utiliza como referencia internacional junto a la Convención Belém do Pará, de 1994—. “La letra b) del artículo 13 debería basarse en los mismos criterios”, dicen. “Creemos que el artículo 13 b) debe revisarse o debe cambiarse la interpretación o para establecer claramente para reflejar claramente que la violencia doméstica, incluida la emocional, económica, social, sexual y de otro tipo, así como que los niños sean testigos de la misma, están incluidas entre las formas de abuso”, aseguran en su carta. “También creemos que se debe realizar una encuesta para determinar si la violencia doméstica y el abuso infantil se han subestimado en la implementación de la Convención”, piden.
Próximos pasos
Los colectivos de madres esperan que su participación en el foro de Sudáfrica suponga un punto de inflexión. Pese a las dificultades para reformar el convenio que explica Frenken, existen otras vías.
Australia, el Reino Unido o Brasil han sugerido que podrían considerar la formación para jueces, según explica Ruth Dineen, que cree que la mejor forma de avanzar es el abordaje de forma individual a los países adheridos al convenio. “Por ejemplo, en Australia, el fiscal general ha realizado algunos cambios internos que, hasta ahora, no han sido efectivos... pero la intención es correcta”, dice. Y, si esto funciona en Australia, otros países podrían querer aplicarlo por una cuestión política.