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Audiencia Nacional
Estrasburgo falla contra España por vulnerar la libertad de expresión del dirigente abertzale Tasio Erkizia
Cuando Tasio Erkizia dio un discurso en 2008 en el homenaje del 30 aniversario del asesinato de Argala a manos del Batallón Vasco Español, reivindicó tomar “la lucha que hace más daño al Estado: la política institucional, fomentando la participación masiva por las vías democráticas”, recuerda. Y terminó el acto jaleando a Argala (Gora Argala!). Por esas palabras fue condenado a un año de prisión y siete de inhabilitación por un delito de enaltecimiento al terrorismo por la Audiencia Nacional en 2011, condena avalada posteriormente por el Tribunal Supremo y confirmada por el Constitucional (2016), que consideró que su derecho a la libertad de expresión no fue vulnerado. Han pasado trece años desde el discurso. Hoy, 22 de junio, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha sentenciado que España vulneró entonces los derechos de Erkizia, por lo que ha condenado al Estado español a indemnizarle con 6.000 euros, además de abonar otros 5.000 en concepto de costas y gastos.
“Llueve sobre mojado”, asegura Tasio Erkizia a sus 77 años. Destaca a El Salto que la importancia del fallo europeo va más allá de los 6.000 euros y la condena a España. Considera que “esta sentencia deja claro que no se puede hacer un relato único de lo que se ha vivido en Euskal Herria”. “Un relato de buenos y malos, de violentos y demócratas, que no es crítico con el sistema que comulga”, prosigue. “El paso hacia una memoria basada en la verdad es una reafirmación de nuestra línea de trabajo y de la necesidad de reconocer que ha habido vulneraciones de derechos por parte de ETA, pero evidentemente también ha habido vulneraciones de derechos de parte del Estado, por lo que un relato respetando la verdad debe ser el fundamento de una convivencia del futuro”.
“El paso hacia una memoria basada en la verdad es una reafirmación de nuestra línea de trabajo y de la necesidad de reconocer que ha habido vulneraciones de derechos por parte de ETA, pero evidentemente también ha habido vulneraciones de derechos de parte del Estado”, Tasio Erkizia
La sentencia señala que, “dado que no se había establecido una incitación directa o indirecta a la violencia terrorista y que el discurso del demandante había alentado más bien a continuar por un camino democrático hacia los objetivos políticos de la izquierda abertzale, la injerencia de las autoridades públicas en el derecho a la libertad de expresión del demandante no podía considerarse “necesaria en una sociedad democrática”. Por tanto, se había producido una violación del artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos”, que se refiere a la libertad de expresión.
La lectura del Tribunal de Estrasburgo, aunque indica que pudo haber alguna expresión “ambigua”, es opuesta a la del exmagistrado Baltasar Garzón de la Audiencia Nacional: “El demandante había recomendado explícitamente que la gente tomara el camino más adecuado hacia un escenario democrático”, por lo que responsabilizar a Erkizia de enaltecer el terrorismo fue una condena “totalmente injustificada”.
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El discurso de 2008 en Arrigorriaga se enmarcaba asimismo en el contexto sociopolítico de la apuesta por la izquierda abertzale de desmarcarse públicamente de la lucha armada.
El discurso fue pronunciado en el homenaje a José Miguel Beñarán Ordeñana, conocido como Argala, nacido en Arrigorriaga en 1949. Argala fue miembro de ETA durante el franquismo y murió asesinado en 1978 con una bomba colocada en su coche por la organización terrorista de ultraderecha Batallón Vasco Español, en respuesta a su implicación en el asesinato en 1973 del presidente de Gobierno franquista Luis Carrero Blanco, mano derecha del dictador Franco.