Cooperativismo
La nueva Ley de Cooperativas de Extremadura rompe con el principio democrático

En la nueva Ley extremeña se establece que en las sociedades cooperativas de primer grado cada socio común tendrá voto plural proporcional a su actividad cooperativizada.

Asamblea Extremadura Pleno
Pleno de la Asamblea de Extremadura.

Tras un largo proceso de tramitación, en el Pleno de la Asamblea de hoy, 25 de septiembre, se ha aprobado, con los votos a favor de PSOE y PP y la abstención de Podemos (la representante de Ciudadanos no acudió al Pleno), la nueva ley registrada por la Junta que regirá el funcionamiento de las sociedades cooperativas en Extremadura. Este sector tiene una gran importancia en la actividad económica extremeña, además de que ofrece herramientas, al menos en teoría, para una manera distinta de organizar el mundo del trabajo y de la economía. Sin embargo, los datos muestran que cada año disminuye el número de cooperativas en Extremadura. Así, si en el año 2008 existían 814 cooperativas, en los últimos datos, correspondientes al año 2016, habían descendido a 703 y cada año, excepto un ligero repunte en 2015, han ido descendiendo paulatinamente.

La Ley no tuvo enmienda de totalidad por parte de ningún grupo político, pero sí 148 enmiendas parciales, 74 de Podemos, 45 del PP, 16 de Ciudadanos y 13 del PSOE, de las cuales una parte importante de ellas se han aprobado y, en consecuencia, quedan incorporadas a la nueva Ley. De estas enmiendas, las de Podemos se centraban en aspectos más sustantivos, mientras las del resto de grupos parlamentarios fundamentalmente abordaban cuestiones de pequeña mejora técnica o gramatical.

La nueva Ley actualiza y moderniza la anterior de 1998, siendo los cambios más importantes los siguientes.

PARTICIPACIÓN de las MUJERES

Si bien la actual Ley presentada por la Junta proviene de un borrador ley de cooperativas elaborado por el anterior gobierno del Partido Popular, en materia de medidas de género había una gran carencia. Para comprender la situación, en el propio informe del IMEX que acompaña al proyecto de ley, se ofrecen algunos datos preocupantes. Así, por ejemplo, en Extremadura la asistencia a la asamblea general de las cooperativas y la participación en ellas de las mujeres está por debajo del 20%, y cuando asisten, apenas se atreven a hablar y tomar decisiones, y en los consejos rectores apenas supera el 4% las mujeres que lo integran. La situación es aún más alarmante respecto a determinados sectores, así por ejemplo en las cooperativas agroganaderas. De las 242 existentes en Extremadura, solo en dos de ellas hay una presidenta el frente.

Para intentar cambiar progresivamente esta realidad, PSOE y Podemos han introducido en la Ley medidas como la prohibición de recibir subvenciones a las cooperativas cuyo consejo rector no tenga al menos un número de integrantes mujeres proporcional al número de socias de la cooperativa, obligación de constituir, en las que cuenten con un número de socios comunes igual o superior a 50 o en las de menos cuando lo acuerde su asamblea general, un Comité de Igualdad, medidas para favorecer la asistencia y participación de las socias a las asambleas generales, garantizar también la paridad en los administradores de la cooperativa así como en las comisiones ejecutivas o delegadas y en el comité de recursos.

VOTO SEGÚN EL CAPITAL SOCIAL

En la anterior Ley, cada socio o socia integrante de las cooperativas tenía un voto, con independencia del capital social que hubiere suscrito y desembolsado, a excepción, por su características especiales, de las cooperativas agrarias. Además, en la actualidad, la legislación de cooperativas tanto estatal como de otras comunidades autónomas mantiene el tradicional principio de “un socio, un voto”, que es lo que marca la diferencia entre las cooperativas y las sociedades mercantiles, consagrando el principio de gestión democrática y asamblearia que marca una de las esencias de las cooperativas, independientemente de su participación en el capital social.

Sin embargo, en la nueva Ley extremeña se establece que “en las sociedades cooperativas de primer grado cada socio común tendrá voto plural proporcional a su actividad cooperativizada, sin que pueda superar un tercio de los votos totales de la sociedad cooperativa. No obstante, los estatutos sociales podrán prever un sistema de voto unitario”. De este modo, se rompe con el principio democrático de decisión en las cooperativas, y los socios que aporten más dinero pasan a tener un voto privilegiado.

A este respecto, la Junta considera que “es lícito decir, sin quebranto de la ortodoxia cooperativa, que en las situaciones de mayor actividad cooperativizada debe reconocerse más poder de decisión, mayor nivel de voto”. Por su parte, Podemos presentó una enmienda parcial para seguir manteniendo el voto unitario, pero fue rechazada.

COOPERATIVAS JUVENILES

Mediante una enmienda de Podemos, se ha creado un nuevo tipo de cooperativas, las juveniles. Según lo aprobado, estas cooperativas “tienen por objeto proporcionar empleo y un marco apropiado para el desarrollo profesional a la juventud, mediante la prestación de su trabajo personal produciendo en común bienes y servicios para terceros”. Se facilita los requisitos para su creación y se rebaja la cifra de su capital social mínimo a trescientos euros, con el objeto de dar facilidades al autoempleo a un colectivo duramente castigado por el desempleo y la precariedad.

OTRAS MEDIDAS QUE RECOGE LA NUEVA LEY

Otras de las cuestiones novedosas que recoge la Ley de Cooperativas extremeña es la lucha contra los falsos autónomos que abundan especialmente en determinados sectores cooperativos, la representación de las personas trabajadoras de las cooperativas en su consejo rector y las medidas concretas de difusión del cooperativismo y la economía social por parte de la Junta, así como de la promoción del consumo de servicios y productos de las cooperativas por parte de la ciudadanía.

Asimismo, se moderniza y mejora los derechos de información y transparencia en la gestión de la cooperativa, puesto que, entre otras opciones, podrán tener una página web corporativa para cumplir con la publicidad de los actos, acuerdos y documentos y posibilitar la comunicación de los socios con la sociedad, que podrá realizarse también por medios electrónicos.

Por otro lado, se permite que las secciones de las cooperativas puedan tener patrimonio separado y contabilidad independiente, se regulan las distintas clases de socios creando, además, la figura del socio inactivo y la del socio colaborador, se dan más competencias a la asamblea general y se admiten como nuevas modalidades el administrador único o varios administradores y se introduce la posibilidad de crear la figura de consejeros delegados.

Por último, entre las novedades a destacar están la de aumentar el ámbito de aplicación de las cooperativas de iniciativa social y la de impulsar los mecanismos para promover la continuidad de las empresas en crisis mediante su transformación en cooperativas. 

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#24074
6/10/2018 16:08

Ya eta hora . Promoverá que la gente que mas se interesa , tenga mayor poder de decisión. .

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#23473
25/9/2018 20:22

El PSOE y el pp siempre han despreciado a las cooperativas, excepto unas cuantas grandes del sector agroalimentario

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#23470
25/9/2018 18:50

Que principio más democrático el de la ley, quien más pasta tiene más vale su voto, eso no es propio de las cooperativas sino de las sociedades mercantiles

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