We can't find the internet
Attempting to reconnect
Something went wrong!
Hang in there while we get back on track
Impunidad policial
Irídia recurre el caso de la chica a la que un juez culpabiliza por perder el ojo por una bala de foam
A principios de 2021 la encarcelación del rapero Pablo Hasél desató una serie de protestas en varias ciudades del estado. Una joven de 19 años que participaba en la marcha de Barcelona del 16 de febrero de ese año fue víctima de un disparo de los Mossos d'Esquadra con balas de foam, a causa del cual ha perdido un ojo. La joven, que necesitó atención médica especializada y cirugía para sanar su herida física, denunció el caso judicialmente al considerar que los hechos podían ser calificados como delictivos.
La víctima presentó su demanda acusando a los agentes de haber cometido un delito de lesiones por la pérdida de órgano principal (art. 149.1 del Código Penal) y uno de tortura y/o contra la integridad moral (art. 173 y siguientes del Código Penal). Sin embargo, el juez de instrucción ha considerado que la actuación de los Mossos d'Esquadra que dispararon a la joven no fue constitutiva de delito, por lo que ha dictaminado el archivo del caso.
Según este magistrado el contexto de disturbios justificó la utilización de las escopetas de foam por parte de los agentes y responsabiliza a la víctima por haber participado en esa protesta
Según este magistrado el contexto de disturbios justificó la utilización de las escopetas de foam por parte de los agentes y responsabiliza a la víctima por haber participado en esa protesta. Con esos argumentos concluye que hay que cerrar el caso antes de llegar a juicio. La resolución ni siquiera entra a valorar que el disparo que mutiló a la manifestante no se ajustaba al protocolo de uso de estas armas ni a la normativa internacional, que prohíbe disparar en la zona de la cabeza.
Las acusaciones particular (Xavier Muñoz) y popular (Irídia) han anunciado la presentación de respectivos recursos de apelación a la Audiencia Provincial de Barcelona para que se siga el procedimiento contra dos escopeters de la BRIMO de Mossos d'Esquadra y un sargento. “Consideramos que la resolución del Juzgado no se ajusta a derecho. Supone una valoración apresurada e indebida de la intencionalidad del disparo y las supuestas causas de justificación del delito que, en todo caso, se tienen que valorar en el juicio”, ha argumentado Sònia Olivella, coordinadora de litigio estratégico de Irídia.
Olivella (Irídia) apunta “que un juzgado de instrucción considere que estos hechos no tienen que ir ni a juicio es contrario a los estándares internacionales sobre el deber de investigar y juzgar casos de maltrato policial”
Olivella apunta “que un juzgado de instrucción considere que estos hechos no tienen que ir ni a juicio es contrario a los estándares internacionales sobre el deber de investigar y juzgar casos de maltrato policial. Más todavía cuando se trata de lesiones tan graves causadas por armas potencialmente letales”.
Tanto el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) como organismos de Naciones Unidas han señalado que el uso de la fuerza a través de proyectiles de energía cinética puede constituir tortura y trato inhumano o degradante. Especialmente en casos en los que la persona herida no suponga para los agentes una amenaza inmediata de causarles lesiones graves o muerte. Además, también consideran que puede implicar tortura cuando se apunte o dispare por encima del abdomen, como sucedió en este caso.
Policía
Modelo policial “Más allá de las balas de foam, hace falta un debate más profundo sobre el modelo de seguridad”
Olivella ha recordado que justamente por casos como este, en diciembre de 2022 la Comisión de Estudio sobre el Modelo Policial (CEMP) del Parlament de Catalunya recogió el consenso social que existía para que los Mossos d'Esquadra dejasen de utilizar los proyectiles más lesivos, los tipos SIR X: “Nos consta que se han iniciado gestiones para hacer efectiva la retirada, pero es indispensable garantizar que nunca más se puedan volver a usar estos proyectiles. Para Irídia, que uno de los casos que supuso un avance social tan importante pueda quedar impune es absolutamente inaceptable”, concluye.
Hemeroteca Diagonal
Afectados balas de goma “No creo que se tenga que disparar a la gente para disolver una manifestación”
El Parlament de Catalunya ha prohibido las balas de goma. Hablamos con tres personas que han perdido un ojo debido al uso de este armamento.
Por su parte el abogado particular Xavi Muñoz, ha destacado que una vez se ha determinado que la lesión fue causada por una bala de foam, hace falta que el caso vaya a juicio, en la medida en que la valoración de la prueba corresponde al tribunal sentenciador, no al instructor: “La carencia de condiciones óptimas para disparar no justifican herir a nadie, al contrario, obligan a abstenerse de disparar según el protocolo, y mucho menos por encima de la cintura”, ha asegurado.
Así mismo, ha recordado que estamos hablando de un agente que disparó a la cabeza de una manifestante. El padre de la chica afectada, Eric, ha hecho público un texto escrito por su hija en que recoge todo el sufrimiento que ha padecido durante estos años, y que reproducimos a continuación.
Relacionadas
Literatura
Gabriela Wiener “Me pregunto si es posible hacer libros que cambien el discurrir del mundo”
El Salto Radio
El Salto Radio Te llamo desde mi muro: recordando a Marcos Ana
COP29
Análisis La COP29 y los derechos humanos: Azerbaiyán
Nuestra justicia sigue directrices de ultraderecha, que tampoco abandonó jamás.