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Fronteras internas
Denuncian indicios de un nuevo caso de torturas en el CIE de Aluche
Un interno del centro de internamiento para extranjeros de Aluche ha denunciado que la noche del 27 de abril, mientras dormía, un policía le golpeó en la cara “con un objeto”.
La titular del Juzgado de lo penal nº 19 que cumple funciones de control del Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche, Inmaculada Iglesias Sánchez, ha ordenado investigar “por posible delito de torturas” el caso de una persona interna de origen marroquí que habría sido agredida por un policía del Centro mediante el uso de un objeto contundente.
“En el centro de internamiento de Madrid se ha incumplido el deber legar de velar por el respeto a la integridad física y salud de las personas internas, sin que puedan en ningún caso ser sometidas a tratos degradantes, al existir indicios de que el interno fue agredido con un objeto contundente por un agente de la policía, no identificado, en la noche del 27 de abril, cuando se encontraba en su dormitorio”, afirma la jueza, y certifica que en el informe del servicio médico “se refleja que en la exploración física el interno presentaba herida producida por objeto contundente en región hemifrontal izquierda”.
Este nuevo auto, de fecha 10 de junio, viene a secundar otro dictado por la misma jueza hace apenas dos semanas, cuando ya por otros hechos ordenaba investigar algunas prácticas policiales que podían constituir “un delito de tortura”.
En este caso, el auto judicial deriva de acumular seis expedientes judiciales abiertos a partir de denuncias de las diferentes organizaciones sociales que realizan visitas a las personas encerradas en el CIE de Aluche, entre otras Karibú-Amigos del Pueblo africano, el Observatorio de Derechos Humanos Samba Martine, Pueblos Unidos-Servicio Jesuita a inmigrantes, etc. También de dos visitas realizadas por la jueza, el 30 de abril y el 6 de mayo.
Las posibles torturas
En las quejas presentadas por las organizaciones se denuncian tratos vejatorios en los cacheos, realizados con malas formas y siempre a la intemperie, en el paso al comedor, en la premura con la que se ven obligadas a comer, y en el “carácter intimidatorio” de las prácticas empleadas para trasladar a las internas a los medios de transporte en los que van a ser deportadas.Sin embargo, fue en la visita del 30 de abril, cuando Iglesias Sánchez tomó conocimiento de la posible agresión a uno de los internos por parte de un policía no identificado. Una trabajadora de la Cruz Roja —única ONG contratada por el Estado para llevar tareas de seguridad social dentro del CIE— informó a la jueza que uno de los internos le había manifestado que había sufrido una agresión policial teniendo que solicitar asistencia médica.
Además, la jueza ha constatado en el visionado de cámaras que en algunos casos apenas disponían de 12 minutos para comer y bajo una estricta y “desproporcionada” presencia policial
Los hechos se habrían producido en la noche del 27 de abril, cuando según manifestó el interno, mientras dormía un policía haciendo el recuento le golpeó en la cara “con un objeto”. Según la magistrada, en el parte médico, “que no había sido remitido en su momento a este juzgado en funciones de control” —cuestiona—, se refleja una “contusión frontal simple”, e indica que, en la exploración física, “el interno presentaba herida producida por objeto contundente en la región hemifrontal izquierda”.
“De nuevo se ha podido constatar que en el CIE de Madrid no se cumple el deber legal de protección de los internos. Por un lado, existen indicios de que un miembro de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado que están legalmente obligados a velar por la vida e integridad de las personas que se encuentren bajo su custodia, abusando de su cargo, ha sometido a un interno a sufrimiento físico, causándole incluso lesiones, conducta tipificada en el artículo 174 del código penal como delito de tortura”, concluye la jueza.
Asimismo, cuestiona que no teniendo todas las partes implicadas conocimiento de lo sucedido, tanto la ONG Cruz Roja como el servicio médico del centro, el CIE “haya omitido comunicar los hechos” y que tampoco se remitiera “el informe de lesionado”.
También critica que no pudiera tomar testimonio al interno denunciante “dado que ese mismo día a primera hora de la mañana había sido expulsado, dificultándose así la investigación de los hechos ante la inexistencia de cámaras del CCTV en el lugar en que presuntamente fue agredido, en el dormitorio”.
Otras medidas ordenadas por la jueza
Para dar respuesta a las denuncias presentadas por el tejido asociativo respecto a diferentes aspectos que hacen a la vulneración de derechos dentro del CIE de Aluche, la jueza ha ordenado al director, Antonio Montes Rodríguez, que se adopten “las medidas necesarias para garantizar” derechos hasta ahora vulnerados.“El derecho a los internos a comunicarse en el horario establecido por el centro con sus familiares y allegados” y por consiguiente que las visitas sean informadas “de forma clara sobre los enseres y objetos que les pueden entregar”, manda.
Además, la jueza ha constatado en el visionado de cámaras que en algunos casos apenas disponían de 12 minutos para comer y bajo una estricta y “desproporcionada” presencia policial, por cuanto solicita al director del centro “el cumplimiento del horario de comedor con el fin de que puedan comer sin premura alguna”.
También ordena algo en lo que hace más de cinco años habían incidido los juzgados de vigilancia: “que todos los agentes de policía que presten servicios en el CIE lleven la placa reglamentaria con el número de identificación, adoptándose para ello todas las medidas oportunas incluidas las disciplinarias”.
De igual manera, Iglesias Sánchez recuerda que debe respetarse “el derecho de las personas internas a ser informadas sobre la ejecución de su deportación” y a “acceder a los impresos de solicitud de protección internacional”.
Por último, atendiendo a las recurrentes denuncias de personas internadas que sufren problemas psicológicos, lesiones o enfermedades, que se ponga en conocimiento de los juzgados de control “sin demora” del internamiento “de personas que sufran alguna dolencia física o psíquica, que necesiten tratamiento médico o estén sujetas a revisiones médicas periódicas, así como los internamientos que concurran circunstancias que puedan indicar que se trata de personas vulnerables”.
Las nuevas medidas, en general, han sido recogidas con anterioridad por otros jueces de control, una figura creada especialmente para vigilar el funcionamiento de los CIE que ha sido vital para intentar garantizar derechos básicos dentro de estos centros de encierro de personas migrantes en situación irregular.