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Opinión
Contra la autonomía local
El año 2021 estaba llegando a su fin cuando una de las leyes más polémicas de la legislatura, la conocida como Ley Tapia, allanaba el terreno a los megaproyectos anunciados para la próxima década. Durante su trámite parlamentario, como viene siendo costumbre esta legislatura, los partidos de Gobierno denigraron la cámara vasca y obviaron todos los principios rectores del parlamentarismo.
Enfrente, una oposición entrampada en juegos de “gobernabilidad” e inexplicables pactos “de país” denunciaba impotente lo sucedido, que no tenía precedente. Habiéndose dado por concluido el largo desfile de expertos que comparecieron en comisión para hacer sus aportaciones a la norma, se inició el correspondiente periodo de enmiendas. Fue entonces cuando los grupos proponentes, ambos socios de Gobierno (PNV y PSE), presentaron de forma sorpresiva la friolera de 108 autoenmiendas a la Ley de Administración Ambiental que ellos mismos habían registrado en la mesa del Legebiltzarra meses antes. Ninguno de los entendidos en la materia que habían sido invitados por los grupos podrían ahora valorar el resultado de esta medida.
Los proyectos que el Gobierno Vasco determine de interés superior, como los propuestos por las grandes empresas, podrán ser impuestos a los municipios donde se vayan a desarrollar
De fondo, un gran paso para la consagración de la gestión tecnocrática de la cosa pública. Una de estas enmiendas, la número 61 para ser exactos, creaba una figura que desde entonces ha estado envuelta por una enorme polémica: los llamados Proyectos de Interés Público Superior o PIPS. Como explicita la propia justificación de la enmienda, esta figura otorga al Gobierno Vasco la potestad para “superponerse al planeamiento municipal”.
Por su parte, la consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, Arantxa Tapia, ha justificado esta medida asegurando que siempre debe imponerse el “interés general”. ¿El de quién? Ahora, los proyectos que el Gobierno Vasco determine de interés superior, como los propuestos por las grandes empresas, podrán ser impuestos a los municipios donde se vayan a desarrollar. Así las cosas, al Ejecutivo le hubiera bastado declarar como “proyecto de interés general” el pozo de Armentia 2 en Subijana, donde se pretendía extraer gas mediante la técnica del fracking, para poder llevarlo a cabo pese a contradecir el planeamiento municipal. Circulen.