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Maternidad
Las familias monomarentales miran otra vez a la Ley de familias tras el palo del Supremo a la suma de permisos
La noticia de que el Tribunal Supremo frenaba la vía judicial para reclamar la acumulación de permisos por vía judicial llegó el 8 de marzo y mientras las feministas reclamaban poner los cuidados en el centro, subrayan algunas madres sobre la decisión del Alto Tribunal que frena la suma de permisos del segundo progenitor a cabezas de familias de uno solo progenitor.
Ese día se conocía la sentencia de la sala de los social de este tribunal, que es tajante con respecto al tema sobre el que se le pedía pronunciamiento. Debe ser el legislador el que cambie la norma si es que se valora injusta, y no el Tribunal Supremo. De pronunciarse a favor de que una persona que encabece una familia y pida sumar el permiso que correspondería al segundo progenitor para cuidar a su hijo o hija, estaría creando una prestación nueva, lo cual no está entre sus competencias.
El Supremo, a pesar de anular la sentencia recurrida, mantiene la decisión del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) de permitir la suma a la mujer que reclamó y cuyo caso motiva esta sentencia. El caso se remonta a 2019, cuando esta trabajadora, abogada del sindicato ELA, tuvo a su hija. Al agotar las 16 semanas de permiso que le correspondían, solicitó al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que se le concedieran otras ocho semanas del segundo progenitor entonces —la equiparación en 16 semanas ha sido progresiva y se ha completado el 1 de enero de 2021—.
Tras la respuesta negativa, acudió al TSJPV, que estimó su recurso, es decir, autorizó la suma. Pero esta decisión, que en su momento era única entre los tribunales superiores, fue recurrida ante el Supremo por la Fiscalía. Desde entonces, se han ido conociendo diferentes pronunciamientos, muchos a favor de la acumulación de permisos, mientras las familias monomarentales esperaban a que el Supremo se pronunciase.
Ainhize Muniozguren Ibarguren, responsable del área jurídica del sindicato LAB, cree que la sentencia del TSJPV era “revolucionaria” y hacía pensar que podría abrir el camino para reconocer este derecho a las familias monomarentales. “Pero lamentablemente el Supremo no comparte esa valoración, y es el Supremo quien fija la doctrina”, zanja.
La decisión del Supremo es relevante porque existen pronunciamientos en diferentes sentidos en tribunales superiores de todo el Estado, por lo que muchas familias estaban pendientes de esta decisión del Supremo
La decisión es relevante porque existen pronunciamientos en diferentes sentidos en tribunales superiores de todo el Estado, por lo que muchas familias estaban pendientes de esta decisión del Supremo. Pese a que una sola sentencia no sienta doctrina, Muniozguren supone que las sentencias que lleguen después de esta seguirán el mismo criterio, y el sindicato tiene constancia de que existen otras, ya que el INSS ha recurrido todos los casos que ha reclamado y algunos han sido elevados al Supremo.
La Asociación Madres Solteras por Elección (AMSPE) ha sido otro de los referentes en la reclamación de la acumulación del permiso del segundo progenitor por vía judicial y también tiene constancia de varios casos elevados al Supremo que siguen a la espera de sentencia.
Para AMSPE, el Supremo perpetúa con esta decisión la discriminación sobre estos niños y niñas, y la brecha sobre sus madres. “Es otra oportunidad perdida para garantizar la equidad y la igualdad de trato de niños y niñas sea cual sea su estructura familiar, así como para avanzar en el reconocimiento jurídico de nuestro modelo de familia y en la eliminación de las discriminaciones que soportamos”, valora Miriam Tormo, presidenta de AMSPE.
La sentencia llega como una jarra de agua fría y pilla por sorpresa a esta colectivo, que confiaba en que el Supremo diese un empujón definitivo a su estrategia después de que tribunales superiores de justicia de diferentes territorios hayan emitidos sentencias favorables a la suma de permisos —los de Castilla y León, Galicia, Aragón, Catalunya, Madrid, Baleares y Extremadura— desde que lo hiciera el del País Vasco.
Además, el Alto Tribunal no se limita solo a decir que no le corresponde legislar, sino que también echa por tierra la argumentación de las sentencias que han sido favorables a la acumulación de permisos, y que se basaban en dos aspectos. El primero, el interés superior del niño, ya que las madres argumentan que no sumar los permisos priva a sus hijos de tiempo de cuidado que los que nacen en familias con dos progenitores sí tienen. El segundo, la discriminación por razón de sexo en la que incurriría el no sumar los permisos, ya que afectaría sobre todo a mujeres, que encabezan en su mayoría las familias de un solo progenitor. Pero el Supremo cree que tanto el interés superior del menor como el principio de igualdad entre hombres y mujeres está considerado en el decreto que regula la equiparación de los permisos, de 2019, y que estableció una equiparación progresiva desde ese año.
AMSPE destaca también que el Supremo tiene en cuenta que el Senado rechazó recientemente una enmienda al Proyecto de Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo que proponía la acumulación, pero olvida que una abrumadora mayoría se pronunció en el Congreso a favor de la toma en consideración de una proposición de ley presentada por el Partido Popular para ampliar el permiso a estas familias. Además, el Supremo tampoco cita que el Senado, por abrumadora mayoría, aprobó una moción en octubre de 2020 que instaba al Gobierno de España a realizar la modificación.
Los jueces y juezas sí pueden sumar permisos
AMSPE recuerda que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sí ha reconocido este derecho a los jueces y juezas, amparándose en una interpretación normativa garantista de la igualdad, algo que la magistrada Gloria Poyatos ha hecho notar también.
En un hilo en Twitter esta semana, Poyatos recuerda que el CGPJ consideró hace dos años que denegar la petición a una magistrada que así lo solicitó “vulneraría el derecho de no discriminación del menor al impedir que se beneficie del mismo tiempo de cuidados directos que habría tenido de haber nacido en una familia con dos progenitores”.
El criterio aplicado por el CGPJ para juezas y jueces que constituyen familias de un solo progenitor es que sí pueden acumular los permisos por nacimiento y cuidado de hijos e hijas sin acudir a la vía judicial
Desde entonces, el criterio aplicado por el CGPJ para juezas y jueces que constituyen familias de un solo progenitor es que sí pueden acumular los permisos por nacimiento y cuidado de hijos e hijas sin acudir a la vía judicial, por lo que no concedérselos a otras familias resultaría discriminatorio.
La sentencia fuerza a un cambio de estrategia para presionar por la suma de permisos, que es continuar por la vía legislativa, como AMSPE había venido haciendo. En ese sentido, sus reclamaciones son conocidas por los dos socios de Gobierno y, aunque la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, se mostró favorable, el PSOE forzó el dejar fuera esta cuestión para apoyar la Ley de familias.
Es esta ley, entiende AMSPE, la que debe solucionar la discriminación a las familias monomarentales, algo en lo que coincide el sindicato LAB. El anteproyecto de la Ley de familias recibió el visto bueno del Consejo de Ministros en diciembre, iniciando así el trámite parlamentario. La norma persigue el reconocimiento de diferentes tipos de familias e incluye una batería de medidas para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar. Aunque la propuesta de sumar permisos para las familias monomarentales quedó fuera, AMSPE y LAB esperan que en el proceso de tramitación pueda introducirse a través de alguna enmienda.
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