Ley de Memoria Histórica
El enaltecimiento del franquismo será sancionable en Extremadura

La Ley de Memoria Histórica de Extremadura ha sido aprobada en el Pleno del 20 de diciembre con el voto a favor de PSOE y Podemos, el voto en contra del PP y del diputado de “Vox” y la abstención de Ciudadanos. Contamos las claves de la nueva Ley.

Cementerio memoria histórica
La democracia no ha sido capaz de devolverle la capacidad de duelo ni siquiera a los que ya tienen un cuerpo al que llorar. Rocío Durán

Como hemos ido contando en El Salto, la recién aprobada Ley de Memoria Histórica de Extremadura tuvo que salvar una enmienda a la totalidad presentada por el Partido Popular, además de 318 enmiendas parciales por parte de los diferentes grupos parlamentarios, excepto Ciudadanos. Los aspectos más destacados de la Ley, que entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, vienen principalmente del texto presentado originalmente por el Grupo Parlamentario Socialista y de las 65 enmiendas incorporadas de Podemos, y son los que a continuación señalamos.

Ley de Memoria Histórica
318 enmiendas al proyecto de Ley de Memoria Histórica de Extremadura

Las enmiendas de la derecha pretenden que la Ley comprenda el período de la Segunda República, mientras que las de Podemos persiguen ampliar los derechos recogidos en el texto y sancionar la apología del franquismo o el menosprecio a las víctimas. Se prevé que se apruebe en el Pleno de la Asamblea de 29 de noviembre.

OBJETO DE LA LEY

“Recuperar la memoria histórica en relación con las personas extremeñas que padecieron persecución o violencia por razones políticas, ideológicas, de creencia religiosa, de género o identidad y de orientación sexual durante la Guerra Civil y la Dictadura” es el objeto de esta Ley. Asimismo, la regulación de las políticas públicas para la recuperación de la Memoria Histórica de Extremadura en el período que abarca desde la Segunda República hasta la promulgación de la Constitución y “facilitar el conocimiento y estudio de la represión franquista en sus variadas formas acaecida en Extremadura y reconocer el derecho de la ciudadanía extremeña a la verdad, la justicia y la reparación”.
Incluye en todo caso la reparación jurídica, moral y económica, así como la rehabilitación, satisfacción e indemnización en su caso

Por último, se tratará de “establecer el derecho de las personas descendientes directas de las víctimas de la represión que así lo soliciten, a exhumar a sus familiares y darles una sepultura digna, incluyendo todas las actividades de indagación, localización e identificación de las personas desaparecidas y cuyo paradero se ignore”, mismo derecho que tendrán las asociaciones memorialistas y las agrupaciones de familiares.

VÍCTIMAS

Tienen consideración de víctimas las personas desaparecidas y/o asesinadas como consecuencia de su defensa de la legalidad democrática frente al golpe militar y la dictadura franquista, las procesadas y condenadas a pena de muerte o ejecutadas en aplicación de la justicia militar, las que padecieron prisión, deportación, trabajos forzosos o internamientos en campos de concentración y colonias penitenciarias militarizadas o las que murieron o sufrieron privación de libertad a consecuencia de su participación en el movimiento guerrillero antifranquista. Asimismo, las personas exiliadas, las que sufrieron incautación y pérdida de patrimonio por motivos políticos, los partidos, sindicatos y colectivos represaliados por el franquismo, las mujeres que fueron objeto de ultraje y humillación ejemplarizante, las personas que sufrieron represión a causa de su vida u orientación afectivo sexual así como de su expresión y/o identidad de género o los recién nacidos sustraídos y adoptados sin autorización.
Memoria histórica
La memoria de Fuente del Maestre

El Grupo Local Pro-Memoria Histórica y la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica en Extremadura, con la colaboración del Ayuntamiento de Fuente del Maestre y los grupos municipales de PSOE, Podemos e IU, organizan este 7 de octubre, a las 12:00h, un acto de homenaje a las víctimas del franquismo en la localidad pacense.

En cuanto a estas víctimas, se les reconoce el derecho a la reparación integral, “que incluye en todo caso la reparación jurídica, moral y económica, así como la rehabilitación, satisfacción e indemnización en su caso”. Por otra lado, la Junta de Extremadura confeccionará un censo de víctimas de carácter público, que requerirá el consentimiento de la víctima o sus familiares y el Instituto de la Memoria Histórica y Democrática funcionará como Oficina para la Atención de las Víctimas de la represión franquista.

PROCESO DE EXHUMACIÓN Y FOSAS

El procedimiento de localización, y en su caso exhumación e identificación se iniciará de oficio por la Consejería competente o a instancia de las Entidades Locales, familiares de las víctimas o de las entidades memorialistas y las asociaciones de familiares de víctimas.
La Junta de Extremadura confeccionará un censo de víctimas de carácter público
Las actividades de indagación, localización, delimitación, exhumación, identificación o traslado de los restos de víctimas se declaran de utilidad pública e interés social al efecto de permitir la ocupación temporal de los terrenos donde deban realizarse.

La Junta elaborará mapas de las áreas en el territorio de Extremadura en los cuales se localicen fosas de la represión franquista y se erigirán hitos o memoriales en los lugares donde se han investigado fosas y hallado restos, que tendrán el tratamiento y consideración como “Lugares de Memoria”.

LUGARES DE MEMORIA

Se crea la figura de Lugar de la Memoria Histórica Democrática de Extremadura como aquel espacio, inmueble o paraje que revele interés para como patrimonio o sitio histórico por haberse desarrollado en él hechos de singular relevancia por su significación histórica, simbólica o por su repercusión en la memoria colectiva, vinculados con la represión y violencia sobre la población durante el periodo objeto de la presente Ley. Gozarán de una especial protección y se establecerán medidas para su difusión.

SÍMBOLOS Y ACTOS CONTRARIOS A LA MEMORIA HISTÓRICA Y DEMOCRÁTICA

Se establece que la Junta de Extremadura, de oficio o instancia de las asociaciones memorialistas o de la ciudadanía, “tomará las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar de 1936 y del franquismo, de sus dirigentes o de las organizaciones que sustentaron al régimen y de la represión de la Dictadura”. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas.
La Junta de Extremadura tomará las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar de 1936 y del franquismo

Asimismo, “las Administraciones Públicas de Extremadura procederán, en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, a revisar e invalidar todas las distinciones, nombramientos, títulos honoríficos y demás formas de exaltación de personas vinculadas con la represión franquista, procediéndose en dicho plazo a realizar las diligencias oportunas que lo certifiquen”.

La Junta de Extremadura “no subvencionará, bonificará o prestará ayudas públicas a aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sancionadas por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de la Memoria Histórica y Democrática de Extremadura”.

DENUNCIA Y SANCIONES

La Abogacía General de la Junta iniciará ante los órganos jurisdiccionales las correspondientes acciones procesales cuando proceda por la existencia de indicios de comisión de delitos que se aprecien con ocasión de las localizaciones, identificaciones o en relación con los hallazgos de los restos de víctimas de la represión.
Memoria histórica
Localizan personas represaliadas en una fosa en Extremadura

La Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica en Extremadura se congratula de la localización de varias decenas de personas represaliadas por el franquismo en la fosa de la finca Cuadrillas de Arriba, en la localidad cacereña de Valencia de Alcántara

Las infracciones a la memoria histórica extremeña se clasifican en muy graves, graves y leves. Son infracciones muy graves la construcción o remoción de terreno sin autorización donde haya evidencia de la existencia de restos humanos de personas desaparecidas víctimas de la represión, la realización de excavaciones sin autorización, la destrucción de fosas y trasladar restos humanos sin autorización.

Por su parte, son infracciones graves incumplir los deberes de conservación y mantenimiento o producir daños en los Lugares de Memoria, no comunicar el hallazgo casual de restos que pudieran pertenecer a personas desaparecidas víctimas de la represión e incumplir la orden de retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas o de exaltación o enaltecimiento del franquismo.

Y como infracciones leves se recogen la de impedir la visita pública a los Lugares de Memoria, incumplir la prohibición de exhibir públicamente escudos, insignias, placas y otros objetos o elementos, conmemorativas o de exaltación o enaltecimiento del franquismo, emitir expresiones ofensivas, vejatorias o atentatorias contra la dignidad de las víctimas o de sus familiares de la Guerra Civil o la Dictadura franquista, cualquier tipo de conducta que suponga el enaltecimiento del franquismo cuando no puedan ser tipificadas como delito de incitación al odio, la celebración de actos y homenajes de cualquier naturaleza que tengan como finalidad la conmemoración, la exaltación o el enaltecimiento individual o colectivo del golpe militar de 1936 y del franquismo y promover distinciones o reconocimientos de personas, entidades u organizaciones que sustentaron el régimen dictatorial.

Las sanciones que llevan aparejadas estas infracciones consisten en multa de entre 10.001 a 150.000 euros para las muy graves, multa entre 2.001 a 10.000 euros para las graves y multa entre 200 y 2.000 euros para los leves, además de la pérdida del derecho a obtener subvenciones, bonificaciones o ayudas públicas en materia de memoria democrática. En caso de reincidencia, las infracciones leves pasan a ser graves y las graves a muy graves.

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#40447
4/10/2019 14:38

En Acebo aún existen placas de las calles franquista que aún no se han retirado

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#28319
22/12/2018 14:34

Por fin!! Espero que el resto de comunidades se pongan las pilas y sigan ejemplo.

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#28279
21/12/2018 18:13

Cuanto se merecen nuestras generaciones que nos han precedido esta ley

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#28229
20/12/2018 20:33

Hoy por fin Extreamadura se ha puesto al nivel de las democracias europeas avanzadas y se empieza a hacer justicia después de 40 años y a cumplir las resoluciones de la ONU. Qué pena que las derechas no estén a la altura de sus homólogas europeas

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#28221
20/12/2018 17:54

Un día histórico para los extranjeros.Salud y República.!!!

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Carmen Ortiz Vaquero
20/12/2018 17:19

Ha tardado, pero al final ha llegado. Yo tengo bisabuelo y abuelo en una fosa común.

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#28219
20/12/2018 17:18

Que día más emocionante para los que dieron la vida luchando x las libertades

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#28217
20/12/2018 16:02

Por fin, día histórico en Extremadura

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3
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