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Exclusión sanitaria
España incumple el derecho internacional con las barreras al acceso a la sanidad
![Manifestación Sanidad Pública 12 febrero - 20](/uploads/fotos/r2000/09315068/DSC_9580%20copia.jpg?v=63843439953)
El 12 de marzo de 2024, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid emitía la sentencia 187/2024 que fallaba a favor de una mujer embarazada, de origen guineano, que fue facturada tras ser atendida en un hospital del Servicio Nacional de Salud (SNS) por una cesárea de urgencias. Una sentencia que sienta un precedente importante en favor de la sanidad universal, esa que se perdió con los recortes de Rajoy, mediante el Real Decreto 16/2012, que instauró un apartheid sanitario. Una situación que, pese a los sucesivos gobiernos de coalición, aún no se ha revertido. Juristas de la organización Gentium han redactado un informe que repasa las barreras en el acceso a la sanidad que perduran y cómo la legislación internacional puede ser un instrumento para romperlas. Un informe que demuestra al mismo tiempo que España incumple el derecho internacional con prácticas como la facturación en urgencias o el bloqueo al acceso en Atención Primaria.
El documento al que ha tenido acceso El Salto, que analiza las barreras y los correspondientes tratados internacionales aplicables en cada caso, quiere contribuir a crear un marco para los operadores jurídicos, tal y como explica Rafael Cid, abogado y director de Estrategia Jurídica de Gentium. “La finalidad es que abogados y trabajadores sociales sepan que para salvar estas barreras hay un argumento jurídico detrás basado en tratados internacionales, algunas cosas más fáciles de pelear, como la facturación en urgencias o el bloqueo al acceso a la atención primaria, que otras, como el acceso a atención secundaria”, explica Cid.
Exclusión sanitaria
Exclusión sanitaria Casi 30.000 personas fueron expulsadas del sistema sanitario en los últimos 32 meses
Además de la facturación de servicios sanitarios de urgencias, entre los muros para acceder a la sanidad también se encuentran la desestimación del derecho a la asistencia sanitaria por carecer de empadronamiento o la exclusión de acceso a los servicios de atención primaria así como a tratamiento médico con cargo a fondos públicos. Entre las personas afectadas, colectivos como los y las migrantes que llevan menos de 90 días en el país, las personas solicitantes de asilo o los familiares de personas reagrupadas.
Médicos del Mundo ha detectado 130 casos de cáncer, 138 de enfermedades cardiovasculares, 265 casos de diabetes, 279 casos de hipertensión o 162 casos de VIH sin atender, desde enero de 2022
Una situación que no se dibuja con casos aislados. Entre el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de agosto de 2024 la entidad Médicos del Mundo ha atendido a más de 28.700 personas que se encontraron con obstáculos para recibir atención médica o acceder a tratamientos esenciales, tal y como recoge en su III Informe de Barreras al Sistema Nacional de Salud. Entre ellos detectaron 130 casos de cáncer, 138 de enfermedades cardiovasculares, 265 casos de diabetes, 279 casos de hipertensión o 162 casos de VIH.
Instrumentos jurídicos internacionales
El abogado Rafael Cid incide en que “denegar el acceso o automáticamente facturar los servicios sin tener en cuenta la capacidad de pago o la situación de vulnerabilidad de la persona es incompatible con el marco europeo de los derechos humanos”. Entre los instrumentos jurídicos existentes, el informe hace alusión al artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), que recoge que los Estados firmantes del pacto, entre ellos España, reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. También aluden al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) de Naciones Unidas, el único comité que se pronuncia en casos individuales sobre el derecho a la salud como un derecho de alcance general titularidad de todas las personas.
“Denegar el acceso o automáticamente facturar los servicios sin tener en cuenta la capacidad de pago o la situación de vulnerabilidad de la persona es incompatible con el marco europeo de los derechos humanos”, expresa el abogado Rafael Cid
A estos se añade la Convención de Derechos del Niño (la CDN) y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (la CEDAW) que ofrecen un ámbito de protección reforzado frente a la discriminación en el acceso a tratamiento médico de los respectivos colectivos afectados: menores y en el caso de las mujeres, en los procesos de preparto, parto y posparto.
Restricciones sin amparo legal
Según se destaca en el repaso jurídico, muchos de estos obstáculos se colocan sin tener una base jurídica. Así, las normas estatales con rango de ley no limitan el acceso al SNS con cargo a fondos públicos a las personas sin residencia legal en España. Las restricciones en estos casos provienen de las instrucciones y prácticas administrativas desarrolladas por las autoridades competentes para permitir el acceso, asegura el informe.
Es lo que ocurre en algunas unidades de tramitación que exigen la aportación de un certificado de empadronamiento en un municipio de la Comunidad Autónoma para recibir asistencia a fondos públicos, y así se refleja en el informe de Yo Sí Sanidad Universal El derecho a la asistencia sanitaria en las comunidades autónomas: Un derecho hecho pedazos que constata el “caos”, la “confusión” y la “inseguridad jurídica” existente en la actualidad.
Las normas estatales con rango de ley no limitan el acceso al SNS con cargo a fondos públicos a las personas sin residencia legal en España. Las restricciones se dan en la práctica
En este sentido, el Real Decreto 7/2018, emitido por el gobierno socialista, pretendíavolver a la universalidad recogiendo que las personas presentes en el territorio tenían un derecho de acceso al sistema de salud en igualdad de condiciones, añadiendo un matiz: las personas que se encuentren de manera “temporal” necesitan de la emisión de un informe previo favorable de los servicios sociales competentes de las Comunidades Autónomas. Tal y como explica del Cid “las barreras se están produciendo por una interpretación restrictiva de la ley”, traduciendo esa temporalidad en la obligación de presentar un empadronamiento de más de 90 días a las personas que no cuentan con residencia autorizada.
Una nueva ley en el horno
El lanzamiento de este informe coincide con la preparación de una nueva ley. El pasado 24 de mayo de 2024 atravesaba las puertas del Congreso un Proyecto de Ley de universalidad del Sistema Nacional de Salud que intenta enmendar esta situación, en palabras de la Ministra de Sanidad Mónica García, pero que continúa varado en la comisión de Sanidad.
Sanidad
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Un año antes, el 18 de diciembre de 2023 García se reunía con organizaciones sociales, cuando llevaba pocas semanas en el cargo, para prometer el retorno a la sanidad universal. La promesa se transformaba en un primer documento el pasado 14 de mayo de 2024, cuando el Consejo de Ministros aprobaba el Proyecto de Ley de Universalidad del Sistema Nacional de Salud (SNS).
Lo que ha entrado en el Congreso es un texto “muy mejorable” que vuelve a contemplar diferentes supuestos, con un acceso a la sanidad a diferentes velocidades
Desde Gentium explican que los grupos del Congreso les han prometido que retomarán este proyecto en comisión durante este trimestre. Los colectivos en defensa de la sanidad universal tan solo piden la redacción de una ley simple que vuelva al párrafo eliminado por Rajoy en el artículo uno de la Ley General de Sanidad de 1986: “Son titulares del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria todos los españoles y los ciudadanos extranjeros que tengan establecida su residencia en el territorio nacional”. Una norma “sencilla y simplificada”, pedían estos colectivos y así se lo explicaban a El Salto.
Sin embargo, lo que ha entrado en el Congreso es un texto “muy mejorable” que vuelve a contemplar diferentes supuestos, con un acceso a la sanidad a diferentes velocidades. Nacho Revuelta, portavoz de Yo Sí Sanidad Universal, explicaba a este medio que habían “troceado” la anterior propuesta, la conocida como Ley Darias, un proyecto de ley que decayó con el fin de la anterior legislatura y no llegó a materializarse.
“La nueva ley, tal y como está planteada tiene margen de mejora”, expresa Rafael Cid. Desde su organización han enviado al Congreso una propuesta de mejora de ley que, entre sus puntos incluye que “el artículo tres debe establecer de forma clara que la titularidad del derecho a la protección de la salud corresponde a todas las personas que permanecen en territorio español, independientemente de su situación administrativa”. Objetivo este sine qua non para volver a la universalidad.