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Análisis
Día Internacional de las Trabajadoras de Hogar: urge acabar con la inviolabilidad del domicilio
Es profesora de Derecho del Trabajo en la Universidad del País Vasco.
El 30 de marzo se celebra, de nuevo, el Día Internacional de las Trabajadoras de Hogar. Es de suponer que por la proximidad de la fecha, la ministra de Trabajo ha anunciado que están trabajando en un Real Decreto para garantizar la seguridad y salud laborales en el empleo de hogar. El convenio 189 de la OIT, en su artículo 6, establece que los gobiernos deben asegurar que los trabajadores, “si residen en el hogar para el que trabajan” tengan condiciones de vida decentes que respeten su privacidad, lo que hasta el día de hoy no se ha traducido en nada.
Hay trabajadoras que se han despertado con el empleador metido en su habitación, en el mejor de los casos, observándoles dormir. Dice el Convenio Colectivo francés que la habitación puesta a disposición de la trabajadora tiene que contar con un sistema de bloqueo que garantice la privacidad. La medida es sencilla.
Hace más de 10 años que la ley obliga a la parte empleadora de hogar a establecer por escrito la duración y distribución de la jornada, la distribución de las horas de presencia, y el régimen de la presencia nocturna, y es algo que nunca se hace
Una norma de septiembre de 2022 suprimió la exclusión del empleo de hogar de la Ley de prevención de Riesgos Laborales, reconociendo a la vez el derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud, especialmente “en el ámbito de la prevención de la violencia contra las mujeres”. Doy por hecho que se trata de una referencia a las agresiones sexuales, y me parece una utilización oportunista del consenso social en torno a la violencia sexista “hermana, te voy a defender frente a la violencia patriarcal, que ahí todas tenemos los mismos derechos; del resto de abusos ni me entero ni te puedo defender debido a la inviolabilidad del domicilio”. La inmensa mayoría de lesiones psíquicas y físicas, cuyo origen no hay por qué jerarquizar, se producen con base en la desigualdad de poder de clase, unas leyes injustas y la ausencia de protección estatal.
La trabajadora que intentó suicidarse había visto rechazada su solicitud de regularización dos veces por una mala gestión de su abogada, y en su tercer intento de conseguir el NIE los empleadores le despidieron para no tener que entregarle la oferta de trabajo que exige la Ley de Extranjería.
Quienes conviven solas día tras día con personas demenciadas, las que movilizan personas con la sola ayuda de su cuerpo, quienes no han tenido descanso semanal durante años, o cuidan día y noche a gente que necesita vigilancia continua (son el 46% de las internas) están al límite de lo soportable físicamente. A cualquiera se le pone la autoestima por los suelos si no tiene más remedio que seguir en la casa después de haber escuchado el “si no quieres esto puedes irte, que ahí afuera hay muchas esperando para ocupar tu puesto”. El acoso sexual es muy malo, pero cada una sabe si es lo peor que le puede pasar.
Las leyes sobre control de jornada no se aplican en el empleo de hogar y cuidados. La obligación de registrar la entrada, la salida del trabajo y los descansos, se estableció en una norma fechada el 8 de marzo de 2019, que menciona como objetivo la lucha contra la precarización del mercado de trabajo, las dificultades para la conciliación y la existencia de una economía sumergida de horas incontroladas que no cotizan a la seguridad social. ¿Es muy importante que se dejase al margen de esta obligación a los empleadores de hogar? En teoría sí y en la práctica no, salvo que, para variar, la inclusión hubiese estado acompañada de medidas para controlar su cumplimiento.
Porque hace más de 10 años que la ley obliga a la parte empleadora de hogar a establecer por escrito la duración y distribución de la jornada, la distribución de las horas de presencia, y el régimen de la presencia nocturna, y es algo que nunca se hace, sin consecuencias. El control sería tan sencillo como pedir los papeles, sin necesidad de entrar en la vivienda. Por otra parte, la ley no establece qué es eso de la pernocta, qué horas comprende, y por qué siendo una obligación no tiene reconocido un precio. La desregulación, la ambigüedad de la ley en esta cuestión es una fórmula para ampliar el tiempo de trabajo que no se reconoce.
El proyecto de norma sobre salud laboral en el empleo de hogar trata también del Servicio de Ayuda a Domicilio, y prevé la entrada en la vivienda de las personas responsables de la prevención de riesgos en las empresas del SAD, para controlar las condiciones en las que se prestará el servicio. Esta posibilidad no se contempla en absoluto en relación con el empleo de hogar y cuidados, para lo que el respeto constitucional a la inviolabilidad del domicilio es la gran coartada. Actualmente, una persona en situación de dependencia tiene que admitir la entrada en su vivienda de los servicios sociales para recibir la prestación municipal del SAD, la visita del equipo de valoración de la dependencia, que examinará su salud y entorno vital, y las posteriores visitas para verificar lo adecuado de la prestación de cuidados en el entorno familiar ¿Qué ocurriría si alguien quisiera atrincherarse en la inviolabilidad del domicilio para impedir la entrada del personal que debe controlar el estado de las instalaciones y de la propia persona? Que no tendría ninguna opción de que la Ley de Dependencia le amparase. Si una no quiere dejar que entren en su casa para inspeccionar el estado de la instalación de gas, deberá abstenerse de tener caldera. Algo similar debería suceder cuando una persona ha convertido su vivienda en el centro de trabajo de otra, es una cuestión de jerarquía de valores en la que la privacidad a toda costa no tiene lugar.
La prensa de la derecha se ha agitado en la línea de siempre: las nuevas obligaciones que traerá el Real Decreto supondrán bajada del empleo y las más perjudicadas serán las propias trabajadoras. En afirmaciones así hay un negacionismo sobre el objeto mayoritario del contrato de empleo de hogar. En casi la mitad del trabajo externo y la totalidad del interno se trata de cubrir necesidades de cuidado. Este es el motivo de que los poderes públicos no tengan interés en controlar las condiciones laborales del sector: se están resolviendo carencias para las que ahora mismo no hay otra solución. No se va a prescindir de las trabajadoras, en todo caso se las presionará para admitir condiciones ilegales, y ahí estaría el papel de control de la administración del trabajo.