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Memoria histórica
El TSJCV falla que las cruces de la victoria de Alicante y Elche ya no son franquistas
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha dictaminado que tanto la cruz monumental situada al final de la alicantina Calle Maisonave y la que está en el Paseo de las Germanías de Elche no son ya monumentos de exaltación del franquismo. Lo ha hecho a través de una sentencia que admite un recurso presentado por la Asociación de Abogados Cristianos contra el catálogo de vestigios franquistas autonómico. Este documento, elaborado en la pasada legislatura en cumplimiento de la Ley de Memoria Democrática, incluía estos dos monumentos construidos en su momento para conmemorar la victoria franquista en la guerra civil.
El tribunal dictamina en su fallo, contra el se puede interponer recurso al Supremo, que estas cruces, al haber sido resignificadas o carecer de inscripciones alusivas al bando franquista, no contravienen lo dispuesto en la Ley estatal de Memoria Histórica del 2009. Precisamente, Ángel González, de la Coordinadora de Memoria Democrática del País Valencià(CAMDE-PV), considera que es “imposible resignificar un monumento que se construyó con un objetivo determinado, que era la exaltación fascista mediante una simbología nacional católica”. El president de la coordinadora de entidades memorialistas considera que “eso no tiene resignificación posible, son momentos que el pueblo, la ciudadanía, tiene grabada en su memoria por lo que significan”.
Ángel González (CAMDE-PV) considera que es “imposible resignificar un monumento que se construyó con un objetivo determinado, que era la exaltación fascista mediante una simbología nacional católica”
El citado catálogo, de todas formas, ya ha decaído al entrar en vigor la nueva ley de “concordia”. Su exclusión del mismo, si hubiera estado en vigor la ley anterior, elaborada por el Botànic, habría garantizado su continuidad en el espacio público. Para González este punto “demuestra la ignorancia supina de la jueza, porque la ley de la discordia aprobada y en vigor, han decaído todo tipo de catálogos, de legislación, de resoluciones, de medidas del Instituto Valenciano de Memoria, en fin, todo lo que la Ley de Memoria Democrática Valenciana puso en pie ha desaparecido“.
Una consecuencia que están padeciendo en su día a día las entidades memorialistas pero que no ha detenido su voluntad de seguir trabajando en iniciativas concretas: ”Nosotros estábamos elaborando el censo de víctimas del País Valenciano, que llevamos ya unas 10.000 víctimas registradas y lo estamos haciendo con nuestros propios medios, porque todo aquello decayó y desapareció, como la web habilitada por la Generalitat"
La resignificación
La resolución dictamina que la eliminación de la placa con el lema “A los caídos por Dios y por España” llevada a cabo en los años 80 por el ayuntamiento de Alicante es suficiente para no suponer una exaltación franquista. En el caso de la cruz de Elche, al haberse rebautizado recientemente como “Jardín de la Concordia”, el tribunal falla en la sentencia que se ha “resignificado y ha desaparecido la connotación que sí pudo tener en sus orígenes”.
El fallo diferencia tres tipologías de monumentos incluidos en el citado catálogo, empleando un argumento que no aparece ni en la normativa autonómica ni en la estatal. El tribunal considera que existen monumentos en los que se admite que ya no hay connotaciones franquistas. Otro grupo que todavía conservan toda la simbología que tuvieron. Y por último, otros monumentos que han sido resignificados.
El polémico grupo denunciante, Abogados Cristianos, ya ha anunciado su intención de pedir la revisión de todas las sentencias que han avalado el derribo de cruces franquistas en el País Valencià, como la de Callosa de Segura, cuya retirada fue avalada por el Tribunal Supremo por incluir un listado de combatientes del bando franquista fallecidos, o la de Castelló, que fue desmontada en el año 2022.