We can't find the internet
Attempting to reconnect
Something went wrong!
Hang in there while we get back on track
Comunidad de Madrid
Trabajo y sindicatos denuncian dos convenios por restringir el derecho a la protesta de empleados públicos
Este 1 de enero entraron en vigor dos convenios colectivos que afectan a las personas empleadas por la Comunidad de Madrid en sus administraciones públicas, y esto no es una buena noticia según varios sindicatos y el Ministerio de Trabajo. Ambos textos incluyen en su articulado que las organizaciones sindicales firmantes —UGT, CC OO, CSIF y CSIT— deberán abstenerse de convocar protestas en materias que afecten a los derechos acordados en los convenios. Los acuerdos se enfrentan a sendas querellas presentadas el 30 de diciembre por parte de los sindicatos CGT y SATSE y el Ministerio de Trabajo ha pedido a la Fiscalía la impugnación de uno de ellos.
Represión
Represión España no es país para quejarse: 1.184 vulneraciones de derechos en el contexto de protestas entre 2022 y 2023
Los pactos que pasarán a escrutinio de la judicatura son el convenio colectivo para personal laboral de la Comunidad de Madrid y el acuerdo de la mesa sectorial del personal funcionario de la misma entidad administrativa. Ambos documentos fueron rubricados en diciembre de 2024 por la Consejería de Economía de la Comunidad de Madrid y los sindicatos UGT, Comisiones Obreras, CSIF y CSIT y afectan a la totalidad de personas trabajadoras al servicio de las administraciones públicas madrileñas.
Los sindicatos firmantes de los convenios no pueden promover conflictos colectivos so pena de eliminación de pluses para las personas trabajadoras; Trabajo ha impugnado los textos y no descarta que se tomen acciones penales
Sendos productos de la negociación colectiva incluyen cláusulas que indican que los sindicatos firmantes se comprometen a no promover conflictos colectivos bajo amenaza de que la administración pública de la Comunidad de Madrid decida retirar los pluses salariales.
El Ministerio de Trabajo se ha pronunciado sobre el acuerdo de personal funcionario: el articulado referente a la limitación del derecho a la protesta “desborda lo admisible” e incumple la legalidad vigente, consideran, por lo que pidieron el pasado 27 de diciembre la actuación de oficio de la Fiscalía y del Defensor del Pueblo para anular estas cláusulas. Cabe destacar que, aunque Trabajo se ha referido exclusivamente al acuerdo de personal funcionario y no al convenio de personal laboral, la redacción impugnada es idéntica en ambos textos.
El sindicato CGT pone el foco en las organizaciones sindicales que han aceptado los acuerdos, pues al rubricar los documentos han permitido una “vulneración de derechos fundamentales” que “contraviene la normativa estatal y europea”, aseguran. Con esto se refieren a que solo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y la judicatura tienen prohibida la huelga en España, y los acuerdos estarían violando varios convenios de la Organización Internacional del Trabajo, según dicen. Por ello, CGT se ha querellado contra los responsables de la firma de los pactos sectoriales por delito contra los derechos de los trabajadores, prevaricación y administración desleal (artículos 315, 404 y 252 del Código Penal, respectivamente).
CGT afirma que se vulnera la legislación estatal y europea y se ha querellado contra la administración y los sindicatos firmantes por prevaricación, administración desleal y delito contra los derechos de los trabajadores
La redacción que limita el derecho a huelga dice así: “Las organizaciones sindicales que suscriben el presente convenio se comprometen a no promover durante toda su vigencia —hasta 2028— […] huelgas, concentraciones, manifestaciones, campañas o cualquier otra medida de conflicto colectivo que tengan como finalidad […] la modificación de lo acordado”.
En caso de incumplimiento, “la Administración podrá acordar la suspensión de la implantación de la carrera profesional horizontal, incluida la interrupción de sus efectos retributivos”, es decir, eliminar los pluses que establecen los nuevos pactos. Las cláusulas polémicas se encuentran en el artículo 10 del convenio del personal laboral y en la disposición adicional décima del acuerdo de personal funcionario.
Retroceso de derechos
Desde el Ministerio de Trabajo han calificado las cláusulas de la discordia como un “atentado evidente” contra los derechos fundamentales, además de suponer una “degradación de la participación democrática”. Trabajo no descarta que, aparte de la impugnación del acuerdo de mesa sectorial por parte de la Justicia, se tengan que llevar a cabo actuaciones penales contra las entidades firmantes. Laura Martínez, secretaria general de SAP-CGT Madrid, ha calificado los pactos de “una especie de complot de la patronal y los sindicatos amarillos en contra de la clase trabajadora”.
Y es que, más allá de la limitación del derecho a la protesta, los nuevos documentos incluyen la eliminación de algunos pluses salariales y vulneran las directrices europeas en torno a la temporalidad de personas empleadas públicas, según Martínez, que añade que el abuso de los contratos temporales en Madrid es crónico. En el artículo 45 del convenio para el personal laboral, por ejemplo, se establece que las personas contratadas de forma temporal vuelvan a los tres años a la bolsa de empleo y no se les pueda llamar en los próximos seis meses para, según la secretaria general de SAP-CGT Madrid, que pierdan la antigüedad acumulada y salga más barato volver a contratarlas.
El sindicato sanitario SATSE califica el convenio de personal laboral, contra el que ha presentado querella la mañana del día 30 de diciembre, de “despropósito de negociación”. “Han acordado que desaparezcan complementos y la esperada mejora no se ve por ningún sitio cuando se habla del personal sanitario. Es justo el revés, pierden mucho dinero —500 euros menos de media, calculan— y se restringen derechos”, afirma Natalia Fernández, responsable de la asesoría jurídica de este sindicato en Madrid.