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Precariedad laboral
CGT denuncia que la reforma del SERCLA vulnera el derecho a la huelga
“Se produce un retroceso y volvemos a la época preconstitucional de las relaciones laborales. Esta reforma está copiada de la regulación franquista, cuando se negociaba dentro del Sindicato Vertical”, comenta Luis Ocaña, abogado de CGT Andalucía, que se encuentra al frente de la denuncia que el sindicato ha hecho a la Junta de Andalucía por la reforma del Sistema Extrajudicial de Conflictos Laborales en Andalucía. Ocaña expresa que está reforma es un “copia pega” del Decreto-ley 5/1975 de 22 de mayo emitido por el gobierno franquista.
El pasado 9 de febrero de 2022 se publicaba en el BOJA la comunicación de la Consejería de Empleo de una reforma del SERCLA que recogía la obligatoriedad de realizar un proceso de mediación con la patronal antes de la convocatoria de cualquier huelga. “Esto hasta ahora no era una obligación, era un derecho. Si algún colectivo de trabajadores quería ir a negociar al SERCLA con carácter previo a la huelga podía hacerlo y si no quería hacerlo, pues no lo hacía, no pasaba absolutamente nada. Sin embargo, ahora lo ponen como requisito y eso significa que si no cumples ese requisito la huelga podría ser declarada ilegal”, explica Ocaña.
“Lo que pretenden es darle un golpe a la constitución y poner el derecho a la negociación como prioridad con respecto al derecho a la huelga”, Luis Ocaña, abogado de CGT Andalucía.
El pasado 4 de abril, en II Encuentro En Línea de Mediadores, la consejera de empleo, Rocío Blanco, alababa la mediación del SERCLA comunicando que en el año 2021 estas medicaciones habían evitado “la pérdida” de más de un millón de horas de trabajo por huelgas.“Esta es una estrategia para debilitar al sindicalismo alternativo”, comenta Ocaña, ya que los mediadores de conflicto en esta institución están asignados siempre por la propia patronal y por los sindicatos mayoritarios: UGT y CCOO. Esta elección se produce bajo el argumento de que ambos sindicatos son los que cuentan con mayor representación. “Ahora los sindicatos oficiales siempre intervendrán en todas las convocatorias de huelga. En las huelgas que no convocan ellos no tienen por qué intervenir”, se queja el abogado de CGT Andalucía.
Luis Ocaña, explica que desde CGT no se encuentran en contra de los procesos de negociación, sino que quieren salvaguardar el derecho a huelga y que las negociaciones se realicen de forma libre: “Lo que es un derecho es la huelga, no la negociación, la huelga es un derecho fundamental y la negociación es un derecho constitucional. Por tanto, si alguno de los dos tiene que prevalecer es el derecho a huelga. Lo que pretenden es darle un golpe a la constitución y poner el derecho a la negociación como prioridad con respecto al derecho a la huelga, y eso es una aberración a nuestro modelo constitucional”.
La OIT plantea en sus documentos que los procesos de negociación deben ser procesos voluntarios y que el derecho a huelga es esencial. Según la Junta de Andalucía, su propuesta no vulnera el derecho a huelga y ya es un modelo que se encuentra presente en otras Comunidades Autónomas. “Se ha establecido en algunas comunidades autónomas donde la densidad sindical es mucho más leve, se ha establecido por ejemplo en Castilla La Mancha, Aragón, Baleares, curiosamente no se ha establecido en Galicia, País Vasco o Cataluña”, puntualiza Ocaña.
Salarios
Degradación de las condiciones laborales: suma y sigue
El pasado miércoles 11 de mayo se produjo el juicio entre la CGT Andalucía y la Junta de Andalucía en la ciudad de Granada. Actualmente, se encuentra a la espera de una sentencia por parte de la justicia que determinará si esta reforma del SERCLA afecta al derecho a la huelga.