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"Iván Olmos Ferreiro fue ajeno al proceso de licitación y adjudicación del Centro de Día de Verín en 2018, por cuanto su relación con la adjudicataria hasta 2021 era de socio minoritario en un 20% sin participación alguna en su gestión ni decisiones. Desde que en 2021 adquirió el resto de participaciones sociales y asumió el cargo de Administrador único se encarga de la gestión administrativa, mientras que la anterior fundadora y Administradora única continúa dirigiendo el Centro de Día.
Iván Olmos Ferreiro no tiene ni ha tenido relación con la federación estatal de partidos SUMAR. En lo que se refiere al partido SUMAR GALICIA su participación se limita a la pertenencia a la promotora del partido desde noviembre de 2023, junto con otras 50 personas. En la esfera estrictamente profesional, durante la precampaña y campaña electoral e las elecciones gallegas del pasado 19-F asumió su dirección de comunicación mediate relación de arrendamiento de servicios como persona autónoma. Finalizada la campaña electoral y celebradas las elecciones esta relación se extinguió.
Es falso que ni Iván Olmos Ferreiro ni XERONTOLOXÍA VERÍN, S.L.se llevaran seis millones de euros por gestionar ninguna residencia pública. XERONTOLOXÍA VERÍN, SL. fue la adjudicataria del concurso público por procedimiento abierto (podía participar cualquier persona física o jurídica que cumpliese los requisitos establecidos, es decir se verificó por el sistema de máxima concurrencia no realizándose por invitación o procedimientos análogos restrictivos de la libre competencia) y ordinario (no se redujeron los plazos legales al no considerarse urgente). Al concurso concurrió con una persona física, por cierto también vinculada con el sector de atención a la dependencia y tercera edad y con experiencia en el mismo, eliminada por no cumplir su oferta los requisitos exigidos. La licitación se verificó mediante el sistema de concesión de servicio público, por el cual se licita la gestión indirecta de un servicio de titularidad pública (en este caso el Centro de Día de Verín) asumiendo el adjudicatario y futuro contratistya la gestión operativa de la concesión, s decir, arriesgándose a generar pérdidas con la misma. El Concello no paga cantidad alguna, por lo que es falso que la adjudicataria pueda “llevarse” cantidad alguna. Recauda de los usuarios las cantidades correspondientes a los servicios que preste y tendrá que asumir todos los costos del servicio público.
La falta de Pliego de Prescripciones Técnicas se justifica por la existencia desde primeros de 2’018 de una Ordenanza Municipal reguladora del servicio público de Centro de Día del Concello de Verín, que regulaba los precios a repercutir en los usuarios y los horarios, condiciones y calidad en la prestación del servicio. Esta Ordenanza regía preferentemente en caso de contradicción con el pliego de cláusulas administrativas particulares de la licitación.
XERONTOLOXÍA VERÍN, S.L. contó en la licitación con la solvencia técnica que le aportaba su socia y entonces Administradora Única, Chelo Ferreiro Fernández, auxiliar de clínica en geriatría y enfermera, con experiencia en atención a la dependencia y tercera edad desde 2000 en su primera condición profesional y 2005 en la segunda. Esta aportación de la necesaria solvencia técnica a las empresas por parte de sus administradores, trabajadores y colaboradores es totalmente legal y usual en la contratación administrativa. En ese contexto carece de toda importancia la experiencia de la S.L. adjudicataria, porque quien la aporta es su administradora única y, posteriormente, directora del Centro de Día hasta la actualidad. En la documentación aportada con su oferta se justificó sobradamente dicha solvencia técnica La adjudicación no fue recurrida.
El Plan de Viabilidad municipal justificó el plazo de 15 años en la licitación por lo muy ajustado de los números, que no permitirían contar con beneficios en menos de 4 ó 5 años. El plazo era esencial para garantizar ele equilibrio económico de la concesión. Pero la pandemia echó por tierra todos los cálculos de dicho Plan y del aportado por la sociedad adjudicataria. Desde mediados de marzo hasta fines de septiembre de 2020 el Centro estuvo cerrado. Cuando reabrió casi todos sus usuarios habían fallecido o habían sido institucionalizados en Residencias. Desde septiembre de 2020 hasta la primavera de 2022 el ser vicios e prestó sujeto a las limitaciones cualitativas y cualitativas impuestas por las autoridades competentes.
Como resultado de este proceso XERONTOLOXÍA VERÍN, S.L. liquidó con pérdidas los ejercicios 2019, 2021 y 2022 y sólo liquidó con beneficios el 2020, al haber obtenido la financiación parcial de su gasto de personal vía ERTE. Por ello, XERONTOLOXÍA VERÍN,
S.L. solicitó en 2022 la modificación de los precios y horarios del servicio público para poder reequilibrar financieramente la concesión, solicitud que fue admitida a trámite por el Concello en julio de 2023, estando pendiente de resolución, por lo que la concesionaria solicitó del Concello la exención de pago del canon anual mientras no se resuelva dicha solicitud de reequilibrio financiero”.
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Periodismo Por qué se publican notas de rectificación: qué implica y qué no
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Parece que los que se defendíamos que lo publicado era un total desatino, empezando por el titular , teníamos razón.
Cuando se publican artículos infumables que parecen tomas de partido en la guerra cainita de las izquierdas autoritarias y del capital (de las que El Salto debería seguir alejado) ocurren cosas como estas: que hay que rectificar por mucha vergüenza que dé. Espero y deseo que se rectifique también la línea que algunos han tomado de apoyo a ciertos partidos, una línea que contradice los orígenes críticos, de base y ligado a los movimientos sociales de este proyecto.
Ante la nota de rectificación de Ivan Olmos Barreiro a raíz del artículo de investigación publicado por el periodista de El Salto Javier H. Rodriguez me ha quedado claro cuanto menos la falta de ética de Ivan como de su partido Sumar Galicia en teoría a la izquierda del Psoe, dado su posicionamiento contrario a las privatizaciones de los servicios públicos, mis felicitaciones y apoyo al periodista por ejercer con valentía la profesión, mi total desacuerdo con los desafortunados comentarios de suscriptores cuestionando la profesionalidad del periodista y el equipo de redacción. Lo que se está denunciando no es nada mas ni menos que la incoherencia de un partido y de un miembro de dicho partido en teoria de izquierda, ante una privatización de un servicio público, que del Psoe no nos debía extrañar extrañar competió y compete con el PP en la privatización los servicios públicos como sanidad, enseñanza, residencias mayores, geriátricos etc. pero de Sumar a la izquierda del Psoe no, aunque la Ministra de Sanidad ya declaró públicamente no hace mucho que se seguiría con la colaboración público-privada un eufemismo de la privatización. En cuanto al importe de los 5.987.520€ de la concesión claro que no los cobró en el acto, se trata de una concesión por 15 años por la gestión de un servicio público, un centro de día por el cual
XERONTOLOXIA VERIN SL cobraría por cada residente a jornada completa 714€ y 574€ a media jornada. desde el año 2019 a 2022 se puede comprobar la situación financiera de la concesionaria en el registro Mercantil ya que las cuentas del 2023 no sean presentado .
El movimimiento Sumar Galicia se constituyó como partido político en el Ministerio del Interior, el 22 de noviembre del 2023, Ivan Olmos Barreiro es el jefe de comunicación de Paulo Carlos López portavoz de Sumar Galicia. miembros ambos de la promotora del partido junto a 48 personas mas afirmando que la pertenencia a Sumar Galicia era por un arrendamiento de servicios como autónomo y acabado la campaña y las elecciones la relación se extinguió, dice todo eso, sin adjuntar dicho contrato, se puede creer o no, desde luego Sumar Galicia no confirma la dimisión de ninguno de los promotores hasta la fecha.. Lo que si confirma el Psoe en seetiembre del 2022 a través de Noticias a Limia, que Iván Olmos, es graduado en Comunicación Audiovisual por la USC demás de experiencia como asesor e candidato en procesos electorales recientes impartirá formación á las Xuventudes Socialistas, incluyendo en la noticia publicidad del centro de día cuya concesión fué adjudicada de forma irregular a la empresa de Ivan Olmos Barreiro y como bien dice El Salto la publicación de las notas de rectificación a que hace mención la ley Orgánica 2/1984 de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación, no implica que las informaciones publicadas sean erróneas, el artículo de Javier H.Rodriguez es un claro ejemplo de periodismo de investigación.