Laboral
El Consejo de Ministros aprueba los subsidios de paro diferenciados para el sector cultural

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, anuncia las condiciones de acceso a subsidio por desempleo que contemplan la intermitencia intrínseca a las condiciones de creación cultural y artística.
Barcelona pandemia agosto 2021 - 13
Un grupo de turistas visita la cúpula del MNAC, en Barcelona. Álvaro Minguito
10 ene 2023 14:10

El primer consejo de Ministros del año trae una prestación especial para las personas que se dedican a las artes. Un Real Decreto aprobado hoy modifica las condiciones para que artistas y técnicos accedan a subsidios de desempleo y otras garantías de protección social.

El texto contempla la situación de intermitencia que es una constante en el sector de las artes escénicas, plásticas, audiovisuales y musicales e incluye también disposiciones para el trabajo voluntario en estos sectores después de la jubilación, una circunstancia denunciada por autores y autoras que veían cómo el cobro por derechos chocaba —y acarreaba multas— con la percepción de sus pensiones.

Así lo ha anunciado, pasadas las 13:30h, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz: “Se crea una prestación específica de desempleo, cambia el régimen ordinario de protección social”. Es una norma que ha tratado de ensanchar la categoría de artistas a técnicos, maquilladoras, etcétera.

La prestación especial por desempleo para las personas trabajadoras del sector cultural y artístico es una propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social; el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y el Ministerio de Cultura y Deporte. Los beneficiarios y beneficiarias podrán acceder a ella cuando acrediten estar en situación legal de desempleo y acreditar 60 días cotizados por prestación real de servicios en la actividad artística en los últimos 18 meses. También si acreditan 180 días de alta en Seguridad Social por prestación real de servicios en la actividad artística o regularizaciones anuales ya efectuadas en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo siempre que no hayan sido tenidas en cuenta para el reconocimiento de una prestación previamente.

La duración de la prestación es de cuatro meses y está dotada con una cuantía de hasta el 100% del IPREM para las cotizaciones que superen el umbral de 61 euros. Por debajo de ese nivel corresponderá una prestación del 80% del IPREM. La prestación es compatible con la percepción de derechos de la propiedad intelectual y de imagen.

Es un modelo basado en un sistema de cotización dúctil, ha señalado Díaz, que establece el acceso a los subsidios en 60 días trabajados en el último año y medio. Las personas que quieran seguir en las condiciones del régimen general, lo podrán seguir haciendo, ha detallado la ministra. También se establecen mejores en las condiciones en la cotización de aquellos trabajadores y trabajadoras autónomas que tengan bajos ingresos, inferiores a 3.000 euros.

Díaz ha anunciado que el trabajo llevado a cabo en los últimos meses ha derivado asimismo en la creación de dos comisiones: una para el estudio de enfermedades profesionales específicos en el sector cultural, otro sobre la intermitencia, para estudiar medidas y los efectos que provocan esas condiciones.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha sido la encargada de presentar la decisión, una “recuperación de derechos”, a su juicio, que forma parte de la línea del Gobierno de España, ha reivindicado la política gallega. La prestación específica para trabajadores y trabajadoras de la cultura ha sido coordinada con el Ministerio de Cultura, dirigido por Miquel Iceta y con la subcomisión del Estatuto del Artista en el Congreso de los Diputados.

El Real Decreto-ley incluye, además, distintas medidas para que la protección social de los artistas se adecúe a las características de sus profesiones, singularmente a la intermitencia de su actividad, reforzando especialmente el apoyo a los autónomos que tienen bajos ingresos. Por ejemplo, se extiende la compatibilidad del 100% de la pensión de jubilación con la actividad artística, también para las clases pasivas. Hasta ahora, esa compatibilidad solo alcanzaba a actividades que generaban derechos de propiedad intelectual; a partir de la entrada en vigor de esta norma, también se aplicará a actividades conexas(por ejemplo, una conferencia asociada a la presentación de un libro, y no sólo a los derechos de propiedad de la obra). Además, la compatibilidad se extiende más allá de los artistas, intérpretes o ejecutantes de artes escénicas, audiovisuales o musicales,alcanzando también a los profesionales que realicen actividades técnicas o auxiliares necesarias.

En una valoración posterior al anuncio, la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE) ha saludado la noticia y ha indicado que, según sus cálculos, 70.000 afiliados a la Seguridad Social englobados en el marco de “artistas” podrán acogerse a la prestación por desempleo puesta en marcha por Trabajo.

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