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Desigualdad
El TSJA condena al Ayuntamiento de Ecija por discriminación salarial
“No me gusta la palabra lucha. Nosotras íbamos a trabajar, a ganar un sueldo para llevar una comida a casa, no creo que tuviéramos que haber pasado por todo lo que ha sucedido en todo este tiempo”. Isabel lleva 33 años trabajando para el Ayuntamiento de Écija, donde trabaja como gestora administrativa en el Área de Economía y Hacienda. En 2015 se dio cuenta junto a sus compañeras de la existencia de una discriminación salarial entre los hombres y mujeres de la institución que realizaban el mismo trabajo.
En sus años reivindicando una igualdad salarial nunca han recibido respuesta por parte del Ayuntamiento. “Jamás nos han dicho nada y eso que hemos pedido respuesta tanto por activa como por pasiva”, comenta. “Hemos utilizado la vía administrativa y llamado puerta a puerta preguntando por qué no se nos contestaba”, señala Isabel, quien afirma que se encuentra saturada de la situación e insiste que este proceso le está costando la salud a ella y a sus compañeras, trabajadoras como ella con formación que han realizado labores de mayor responsabilidad incluso que las de sus compañeros masculinos.
Isabel trabajadora del Ayuntamiento de Ecija: “Nosotras íbamos a trabajar, a ganar un sueldo. No creo que tuviéramos que haber pasado por todo lo que ha sucedido”.
Esta discriminación se debía a un complemento salarial que cobraban solo sus compañeros masculinos, que alcanzaban una variación de hasta 6.500 euros anuales. “Se les ha permitido a los hombres de forma fácil acceder a unos complementos y esos han sido vetados para las mujeres. Se trata de una discriminación indirecta”, denuncia el abogado laboralista Valentín Aguilar.
La sentencia publicada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía publicada el pasado lunes 4 de julio reconoce que en “las retribuciones anuales de 2016 a 2019 de las funcionarias con categoría de gestor administrativo, grupo C1, puede verse claramente una menor retribución de las mujeres”. Los datos señalan que durante este periodo de tiempo las mujeres percibieron anualmente entre 21.466 y 30.000 euros frente a unos varones cuyas nóminas oscilaron entre 32.000 y 36.000 euros. Según el abogado de la trabajadora, la sentencia reconoce “un desprecio continuado a la igualdad a la que tienen derecho todas las trabajadoras en el seno de una administración pública, que debería ser la primera en defender los derechos de las mismas”.
A pesar de que la sentencia reconoce la discriminación salarial sistemática del Ayuntamiento de Écija no impone sanción alguna o proceso de reparación para las trabajadoras perjudicadas. “Una visión crítica a la sentencia es que dice que no se puede compensar, indemnizar a las mujeres, cuando lo normal es que cuando exista un agravio comparativo sí se haga y se equiparen”, comenta Aguilar. Debido a ello, el gabinete del abogado laboralista recurrirá a la sentencia para que se apliquen futuras sanciones al Consistorio. Por su parte, el Ayuntamiento de Écija también recurrirá el fallo del TSJA al negar continuamente las acusaciones.
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Las trabajadoras, además de denunciar la situación y exigir el cese de esta práctica discriminatoria, también llevan años pidiendo al Ayuntamiento la puesta en marcha de un plan de igualdad. Los ayuntamientos están obligados por ley, según el Real Decreto-ley 6/2019, a establecer un plan de este tipo. Sin embargo, en Écija sigue sin implantarse este tipo de medidas en pos a la igualdad de género.