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Crímenes del franquismo
España sigue archivando los crímenes del franquismo
María Concepción Edo Gil fue detenida por la Brigada Político Social el 19 de junio de 1973 a la salida de su casa en Pamplona. Una detención accidentada en la que cayó por las escaleras. Cuando llegó a comisaría explicó que tenía problemas de estómago y pidió que no le dieran golpes en él. Denuncia que los policías hicieron todo lo contrario: acabó con la vejiga y el útero desplazados. Hoy, cincuenta años después, el Juzgado de Instrucción número 1 de Pamplona ha archivado una querella por las torturas que sufrió, en un escueto auto notificado el pasado 9 de mayo.
El jurado considera que los hechos están sobreseídos, sentencia similar a la emitida por el tribunal de Ferrol que archivó la querella por el asesinato de Moncho Reboiras, la primera a la que se dio carpetazo tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Memoria Democrática. Las asociaciones de víctimas insisten: estamos ante delitos de lesa humanidad, y, por tanto, no prescriben. Poco parece cambiar el rumbo de la justicia tras la nueva norma, tal y como demuestra esta segunda querella archivada y denuncian desde la Coordinadora de la Querella Argentina CEAQUA, Amnistía Internacional y el Centro para la Defensa de los Derechos Humanos, Iridia.
Memoria histórica
Memoria histórica Archivada la primera querella contra crímenes del franquismo tras la llegada de la nueva Ley de Memoria
Paralelamente, el 10 de mayo el Senado bloqueaba una iniciativa legislativa que pretendía modificar el Código Penal, para que los crímenes del franquismo sean juzgados como delitos de lesa humanidad y, por tanto, imprescriptibles. Y lo hizo con los votos en contra del PSOE, unidos a los de PP, Cs y Vox. Un escenario que ya se había producido en el Congreso con la misma proposición. “Hay otras cosas que se pueden hacer como la Ley de Memoria Democrática, que reconoce el derecho a la justicia y la reparación a todo tipo de víctimas y declara la nulidad de las condenas durante la dictadura”, se justificaba la senadora socialista María Victoria de Pablo en declaraciones recogidas por la agencia EFE. “Esto es falso: ya tenemos dos resoluciones judiciales dictadas con posterioridad a la nueva ley y que vienen a inadmitir las querellas porque se invoca el principio de legalidad”, expresa Jacinto Lara, abogado de CEAQUA, organización impulsora de esta iniciativa legislativa.
“No hay voluntad política y el Estado español considera que el modelo de impunidad se debe mantener como política de Estado”, afirma Jacinto Lara, abogado de CEAQUA
Pero, ¿qué es el principio de legalidad y por qué CEAQUA pedía modificar el Código Penal? Tal y como explica Lara, el principio de legalidad indica que no se puede juzgar un crimen que no estaba tipificado en el momento de su comisión. “El delito de lesa humanidad se introdujo en la legislación española en 2004 y, según el principio de legalidad al que aluden los jueces, los crímenes anteriores no pueden ser calificados como tales. Nosotros pedimos modular este principio para permitir la investigación de los crímenes franquistas, tal y como dicta el derecho internacional”, explica Lara. Pero, tal y como añade este abogado, “no hay voluntad política y el Estado español considera que el modelo de impunidad se debe mantener como política de Estado".
Bloqueo con tres argumentos
Aradia Ruiz Blanco, abogada de la cooperativa El Rogle que ha participado en la querella emitida por Concepción Edo Gil, añade más argumentos. “Ellos dicen que en el momento en el que se cometieron los crímenes no había ley que recogiera los crímenes de lesa humanidad. Nosotros les rebatimos: España sí que estaba adherida a la costumbre internacional donde sí que se contemplaban esta clase de delitos, al menos a partir del año 45, que es cuando se ratificaron los principios de Nuremberg, después de la Segunda Guerra Mundial. Y la costumbre internacional es también legislación interna nuestra, lo que se considera derecho consuetudinario. No es una cuestión de falta de leyes sino de falta de voluntad política total”, sentencia esta letrada.
Al principio de legalidad se añaden otros dos obstáculos más: la Ley de Amnistía y la prescripción de los delitos. Explica Ruiz que estos tres argumentos son los que puso el Supremo en la causa contra el juez Garzón cuando intentó juzgar los crímenes del franquismo. A Garzón le absolvieron pero esta sentencia instaura estos tres argumentos: ningún juzgado podrá enjuiciar ninguna querella contra el franquismo en base a estos tres preceptos.
“La Ley de Amnistía no impide la instrucción de los casos, impide que los acusados entren en prisión pero no que se instruya, las víctimas piden que haya un relato de la verdad judicial”, explica la abogada Aradia Ruiz Blanco
Esta abogada explica que el derecho internacional rebate estos argumentos. “La ONU lo que dice es que la Ley de Amnistía se aprobó seis meses después del pacto internacional de derechos civiles y políticos que España ratificó. Este pacto no contempla la existencia de amnistías cuando se han producido crímenes de lesa humanidad. Así, La Ley de Amnistía nace nula. Además, la Ley de Amnistía no impide la instrucción de los casos, impide que los acusados entren en prisión pero no que se instruya, las víctimas piden que haya un relato de la verdad judicial”, explica Ruiz. “Por otro lado —añade —, la ONU lo que dice es que los crímenes de lesa humanidad nunca pueden prescribir. Los crímenes del franquismo fueron crímenes de lesa humanidad y no prescriben”.
No cesar en la lucha
Concepción Edo, quien participó en las huelgas laborales y repartió panfletos, compartía casa con dos sindicalistas. Tras dos días en comisaría, en los que la obligaban a estar de pie, y cuando se desvanecía la volvían a levantar, fue conducida a la prisión provisional de Pamplona. Allí pasó dos meses sin ser asistida por un médico y con un estado de salud delicado a consecuencia de las torturas recibidas en comisaría. De ahí fue trasladada a Martutene, la prisión de San Sebastián. A su llegada, y debido a su estado de salud, las propias presas hicieron una huelga para que recibiera asistencia médica. Finalmente fue trasladada al hospital donde estuvo un mes ingresada.
Tras esto la llevaron hasta la madrileña cárcel de Yeserías. En las navidades de 1974 se celebró el juicio, donde se enfrentó a los cargos de asociación ilícita y propaganda ilegal. Tras el juicio fue liberada y hasta hoy no ha encontrado el contexto social apropiado para poder denunciar las torturas que sufrió.
Para Lucila Aragó, activista de Acción Ciudadana Contra la Impunidad del Franquismo, organización que forma parte de la plataforma de Apoyo a la Querella Argentina en el País Valencià, el auto de sobreseimiento provisional y el archivo de la causa es “más de lo mismo”. Ya llevan más de 40 querellas presentadas por crímenes del franquismo, 12 por desapariciones forzosas por los asesinatos ocurridos en los primeros años del franquismo en los fusilamientos de Paterna. El resto, del 67 al 75, casos de torturas que afectan a miembros de diferentes formaciones políticas. “Todas han tenido el mismo recorrido: inadmitidas en primera instancia y apeladas ante la Audiencia. Algunas han llegado hasta el Tribunal Constitucional”, explica Aragó.
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Tras la entrada en vigor de la nueva legislación, y en una acción conjunta con el resto de asociaciones de CEAQUA, presentaron dos querellas: una por torturas al joven Vicent Alminyana en el 72 y la de María Concepción Edo. “Sospechábamos que con la nueva ley no iba a variar el recorrido pero había que intentarlo”, añade Aragó.
“Hasta la ONU ha señalado que la legislación española permitiría juzgar los crímenes del franquismo pero los jueces están haciendo una interpretación política e interesada”, lamenta Lucila Aragó, de Acción Ciudadana Contra la Impunidad del Franquismo
Aragó señala que la nueva ley es “ambigua” pero sí que reconoce el derecho internacional en materia de derechos humanos como un hilo conductor a tener en cuenta y “también habla del derecho de las víctimas a que sus casos sean la investigados. Y lo queríamos comprobar”. Sin embargo, y tras los dos archivos de las primeras causas, no puede más que llegar a una conclusión: “Los jueces siguen haciendo una interpretación política de la legislación española e internacional. Hasta la ONU ha señalado que la legislación española permitiría juzgar los crímenes del franquismo pero los jueces están haciendo una interpretación política e interesada y no quieren investigar, no quieren romper la impunidad del franquismo”, sentencia.
Las víctimas saben que la única batalla que se pierde es la que se abandona. “Confiamos en que en algún momento se tenga en cuenta que hay un derecho internacional que ampara el derecho de las víctimas a la tutela judicial efectiva y seguiremos peleando por ello”, concluye Aragó.
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Y luego hay quienes siguen contando al PSOE entre los partidos de izquierda…
EL TERRORISMO Y GENOCIDIO DE ESTADO QUE ES EL FRANQUISMO campando y acampando a sus anchas (con impunidad, alevosía, prevaricación y todos los demás agravantes) aquí en ESPAÑISTÁN.
He aquí el dilema (no es tal dilema):
a.-) existe esta impunidad del TERRORISMO Y GENOCIDIO DE ESTADO QUE ES EL FRANQUISMO porque no hay ni democracia ni nada de eso en ESPAÑISTÁN, o ...
b.-) porque no existe ni democracia ni nada de eso aquí en ESPAÑISTÁN es por lo que existe EL TERRORISMO Y GENOCIDIO DE ESTADO QUE ES EL FRANQUISMO (amén de otra infinidad de sinónimos crímenes de lesa humanidad).
Se acostaron nazi-franquistas-terroristas-genocidas del PseudoEstado y se levantaron...., blablabla (Mortadelo y Filemón).
Mientras se siga sin poder investigar los crímenes del franquismo ni juzgar a los criminales franquistas (igleisas, empresarios, policía y militares) no existirá una democracia plena en nuestro país, sino olvido y mentira.
El PSOE se llena la boca hablando de valores democráticos pero acaba demostrando que está a favor de los fascistas.