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El Juzgado de lo Penal número 11 de Madrid ha condenado a penas de entre tres y cinco meses de cárcel a seis de las doce personas imputadas por el Rodea el Congreso, convocada en 2013 ante la aprobación de la actual Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como Ley Mordaza. El juzgado ha absuelto a las otras seis personas imputadas, a las que los agentes acusaban de desórdenes públicos, atentado a la autoridad, lesiones y resistencia a la autoridad.
Dos de las personas absueltas son R.R. y J.O., una pareja que acudió a la manifestación y a la que la policía acusó de dar patadas a uno de los agentes. La sentencia, a la que ha tenido acceso El Salto, desecha esta acusación. Durante el juicio, un vídeo reproducido como prueba mostró como, confirmando la versión dada por la pareja, R.R. fue detenida tras llamar “hijo de puta” al jefe de la unidad operativa de policía, en contra de lo declarado por los agentes de policía, que afirmaron que ambos habían dado patadas a los agentes. “No se aprecia que hayan hecho nada, los acarralan contra la pared en una operación que parece absolutamente desproporcionada, intentan separarlos entre cinco agentes y les rodean otros seis; los manifestantes que hay alrededor protestan con educación al jefe de la unidad”, explica la sentencia.
Represión
Cuatro absueltos y peticiones de cárcel de hasta tres años en las conclusiones del juicio por el Rodea el Congreso
Fiscalía decide retirar la acusación contra cuatro acusados tras el visionado de vídeos del día de la manifestación. Dos de ellos denuncian a los agentes de policía de falso testimonio.
A pesar de ello, y de que el abogado de la pareja, Eric Sanz de Bremond, miembro de Legal Sol, había pedido durante el juicio que se dedujera testimonio a los policías que testificaron en el juicio por un delito de falso testimonio, la sentencia no ha respondido a esta petición. El abogado anuncia que mañana presentará un escrito solicitando un pronunciamiento y que estudiarán también si añadir denuncia falsa y detención ilegal.
Por el contrario, la sentencia ha aceptado la versión policial en el caso de B.L., una joven que, según se nombró durante el juicio, pesa 43 kilos y a la que un agente de policía acusó de haberle propinado una patada. El juez la condena a cinco meses de prisión y al pago proporcional de las costas del juicio por un delito de atentado con atenuante por dilaciones indebidas, absolviéndola de los delitos de desórdenes públicos y de tres delitos de lesiones de los que también estaba acusada.