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Laboral
Absuelta la trabajadora encausada por denunciar a su jefe por acoso laboral en Granada
El Juzgado de lo Penal n.º 2 de Granada ha absuelto del delito de calumnias a la trabajadora que denunció a su encargado por acoso laboral. La acusación particular, ejercida por el jefe señalado por acoso laboral, les pedía 2 años de prisión y 30.000 euros por supuestos daños morales.
En abril de 2021 la trabajadora presentó denuncia contra su encargado por, según se recoge en la misma, “haber sido sometida durante más de un año a reiterados actos vejatorios, en muchas ocasiones de contenido sexual, llegando a sufrir abusos sexuales por parte del mismo”. “Te veo muy estresada, ¿y si echamos uno rapidito en el almacén?”, “cada vez tienes el culo más gordo” o “eres una inútil, no vales para nada” eran algunos de los comentarios que, según señala el sindicato CNT-AIT, tenía que soportar la trabajadora del establecimiento granadino Frankfurt Bocanegra durante más de un año por parte de su jefe. A estos comentarios se añadían otras acciones de acoso como que el encargado le enviara fotos de su pene al preguntar por los horarios laborales.Justicia
Machismo Una trabajadora se enfrenta a dos años de cárcel por denunciar acoso sexual por parte de su jefe en Granada
El juicio por acoso se celebró en el Juzgado de lo Penal 4 de Granada y contó con dos informes periciales “que afirman que la sintomatología que presentaba la trabajadora es perfectamente compatible con los hechos denunciados”, según expone la defensa de la trabajadora, además del relato de una extrabajadora testigo de la supuesta situación de acoso. Sin embargo, el encargado quedó absuelto “por no haber quedado desvirtuada la presunción de inocencia”, según expone la sentencia. “No quiere decir que los hechos no sean ciertos, yo entiendo que las pruebas son suficientes para haber una condena”, expone María Gallego, la abogada del caso.
El pasado septiembre se realizaba el juicio por la denuncia de calumnias y daño morales vertidas por el encargado a la trabajadora. La letrada de la trabajadora, María Gallego Cano expone acerca de la absolución que “es una buena noticia” pero señala que el proceso judicial y la denuncia “ha sometido a la trabajadora a un procedimiento penal sin ningún fundamento”.
Desde la CNT-AIT de Granada, sostienen que se ha actuado en todo momento en “el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión, reunión y manifestación, suponiendo este procedimiento un ataque directo a estos derechos fundamentales”.
La denuncia por acoso, tras una absolución en los juzgados granadinos ha sido recurrida por parte de la defensa de la trabajadora. El caso fue llevado a finales de 2023 al Tribunal Constitucional que lo desestimó por no tener “especial trascendencia constitucional”. La denuncia ha derivado en una demanda interpuesta por la defensa de la trabajadora ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la que sostiene que el Estado español ha “incumplido su deber de protección del derecho a la integridad psicológica”.
Según el Ministerio de Igualdad en 2020, un 40,4% de las mujeres mayores de 16 años (es decir más de 8,2 millones) ha sufrido acoso sexual, siendo el 17,3% en el ámbito laboral (más de 1,4 millones de mujeres). Sin embargo, en 2022 solo ha habido 74 condenas por el delito de acoso sexual. Gallego insiste en la falta de condenas por acoso laboral con respecto a las denuncias que se elevan en el Estado español: “en España el gran número de casos de acoso sexual contra mujeres en el ámbito laboral contrasta con el reducido número de condenas, prueba de la falta de efectividad de los mecanismos de protección”.