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Corrupción
Las ONG valencianas recurrirán ante el Tribunal Supremo la sentencia del caso Blasco
La segunda sentencia del caso de corrupción por el que se desviaron unos ocho millones de euros de la Generalitat Valenciana destinados a la cooperación al desarrollo en la época de Francisco Camps impone penas que la acusación popular considera “ridículas”.
La Audiencia Provincial de València hizo pública, el pasado 24 de abril, la segunda sentencia del caso Blasco tras nueve meses desde la celebración del juicio y casi una década de que se abriera la instrucción de uno de los casos de corrupción más sonados de la Generalitat Valenciana. La sentencia impone penas inferiores a los pactos que se establecieron con Anticorrupción anteriormente y condena al exconseller de Solidaridad y Ciudadanía Rafael Blasco a un año de prisión y ocho de inhabilitación. Augusto César Tauroni, considerado jefe de la trama, le condena a dos años de cárcel, y Marc Llinares, jefe de área de cooperación de la conselleria que dirigía Blasco, asumiría inicialmente dos años y nueve meses.
La condena ha generado un fuerte rechazo en la sociedad valenciana y ha sido denunciada por la Coordinadora Valenciana de ONGD (CVONGD) —que en septiembre de 2012 fue aceptada como acusación popular—, quien ha anunciado que presentará recurso ante el Tribunal Supremo “para que la sentencia se corresponda con la gravedad de los hechos confesados por los acusados y reconocidos como probados en la propia sentencia de la Audiencia”.
“A pesar de declarar probados unos hechos gravísimos y de condenar por delitos de malversación, prevaricación, fraude en subvenciones y falsedad documental, entre otros, la sentencia impone unas penas que no están ni mínimamente en proporción con la gravedad de esos delitos”, denuncian las ONG en su comunicado. Se refieren a los hechos de la trama ya probada por la que se desviaron alrededor de ocho millones de euros a intereses particulares.
El juicio de la primera pieza, que investigaba las subvenciones otorgadas a la Fundación Cyes, comenzó el 7 de enero de 2014 y concluyó con la condena a nueve personas, seis de las cuales pertenecían a la Generalitat Valenciana: el ex conseller Rafael Blasco, el que fuera subsecretario Aleixandre Catalá, el ex director general de Cooperación Josep María Felip, el ex jefe de área de Cooperación Marc Llinares, el ex jefe de gabinete del conseller, Xavier Llopis, la ex secretaria Tina Sanjuán, el empresario César Augusto Tauroni y los responsables de la Fundación Cyes, Marial López y su pareja Josefa Cervera.
La segunda sentencia, que haría referencia a las piezas 2 y 3 del Caso Blasco —esta última relativa a la construcción de un hospital en Haití, que se presentó como un proyecto institucional de la Generalitat Valenciana tras el terremoto de enero de 2010 que registró 200.000 fallecidos— sería el resultado de un juicio que finalizó en julio de 2019 y que debía juzgar la culpabilidad de más de una veintena de acusados por el desvío de más de 3 millones de euros que fueron concedidos a proyectos de Cooperación al Desarrollo entre 2009 y 2011, además de los más de 170.000 euros para la supuesta oficina técnica que se encargaría de construir el supuesto oficial.
El tribunal que ha hecho pública esta segunda sentencia impone penas de entre tres meses y cinco años a los 21 de los 23 acusados, por lo que las ONG prevén que “casi total seguridad, los acusados no irán a prisión por los delitos cometidos”. La acusación popular ha elaborado una comparativa entre las penas y multas solicitadas por la acusación y las que ha anunciado finalmente la segunda sentencia que reflejan las llamativas diferencias. “El tribunal ha sentenciado que la trama encabezada por Blasco y Tauroni fue real, y hay decenas páginas que detallan cómo trampeaban los procedimientos para adjudicar proyectos de cooperación a falsas ONGD, y que identifican al menos 27 empresas radicadas en España y EEUU, a los que los testaferros de Tauroni desviaban el dinero de las subvenciones públicas para cooperación”, destaca la acusación, que insiste en que las penas son “mínimas” y se muestran “perplejos”.
“Resulta incomprensible que se apliquen a los condenados atenuantes como los de 'dilación indebida' del procedimiento, cuando los retrasos han sido a causa de los recursos que han interpuesto a cada paso sus propias defensas, el de 'reparación del daño causado', cuando los condenados han devuelto una ínfima parte del dinero robado, así como el de 'confesión tardía', cuando la mayoría de los condenados se negaron a declarar en el acto del juicio. También es sorprendente que la sentencia no se ocupe de cuantificar con exactitud la cantidad del dinero que defraudaron los condenados”, valora el colectivo.
La coordinadora ha recordado que “este no era un caso de corrupción más”, sino que se trata de “una de las tramas más indignas y repugnantes a las que nos hemos enfrentado en los últimos años” al haberse “aprovechado del sufrimiento de miles de personas empobrecidas para enriquecerse personalmente”. Las ONGD, concluye el comunicado de la Coordinadora, “llevamos diez años luchando por que se haga justicia, para defender la dignidad de la cooperación y para lograr la devolución de los fondos defraudados. Vamos a seguir haciéndolo ante el Supremo”.