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Laboral
Permisos retribuidos, en lucha por los derechos
Los permisos retribuidos se conceden para su disfrute en días laborables, pues en días festivos no es preciso pedirlos porque no se trabaja.
Parece una obviedad que los permisos retribuidos se conceden en aquellos momentos en que trabajadores/as tienen que realizar la prestación laboral, pues de lo contrario, obviamente, ya se administran su tiempo para traslados de domicilio, asistir a nacimientos, funerales, a cuidar a familiares hospitalizados, etc., pero, sin embargo, se trata de un pronunciamiento fundamental dictado por el Tribunal Supremo el 13 de febrero de 2018 por recurso interpuesto por la Confederación General del Trabajo (CGT) frente a sentencia que desestimaba tal petición respecto del día de inicio de disfrute de los permisos.
Así, quienes nos lean sabrán que previamente a dicha sentencia, si ocurría cualquier circunstancia recogida bien en el Estatuto de los Trabajadores, bien en el Convenio Colectivo de aplicación, que generase un permiso retribuido, como el nacimiento de un hijo, la hospitalización de familiar, etc., se entendía por la patronal que el permiso se iniciaba al día siguiente natural y se consumía conjuntamente en días naturales con independencia de que fueran o no laborales para ese trabajador concreto, en su concreto calendario.
Esta sentencia ha conllevado un debate jurídico y una renegociación sindical que básicamente plantea dos cuestiones, si el primer día no debo trabajar cuándo se inicia dicho permiso retribuido, y por qué gasto un día de permiso retribuido si ese día no debo trabajar. A consecuencia del anterior debate y como proyección del mismo, si en el disfrute de dicho permiso retribuido se incluyen días naturales, salvo que así se establezca de forma literal y expresa, bien en el propio Estatuto de los Trabajadores o en el convenio de aplicación (por ejemplo, artículo 37.3 a) ET, para el caso de los quince días naturales en caso de matrimonio).
Actualmente, el Tribunal Supremo ha establecido dicho criterio respecto del inicio de los permisos retribuidos, debiendo ser en el primer día que el trabajador debe trabajar, y a consecuencia del mismo, se ha entendido por la Audiencia Nacional, salvo que se establezca lo contrario expresamente (indicando la naturalidad de los días del permiso retribuido), los permisos “largos” incluyen días laborables y no laborables y los permisos cortos, sin embargo, sólo hacen referencia a días laborables.
En este momento, se va a plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, en la medida en que la negociación colectiva abierta pueda tener sobre elementos de la jornada de trabajo amparados comunitariamente como las vacaciones, los descansos semanales o entre jornada y jornada.
No obstante lo anterior, esto ha mostrado varias cuestiones laborales:
En primer lugar, el autopoder empresarial y el derecho de hacer efectivas sus propias decisiones sin tener que acudir a los tribunales, y así, las empresas han decidido no aplicar dicho criterio, obligando a múltiples procedimientos judiciales a sindicatos y trabajadores, e inaplicando a día de hoy, mayoritariamente, el criterio del Tribunal Supremo.
En segundo lugar, se está renegociando, y en general a la baja, incluyendo en distintos convenios el término “naturales”, haciendo ineficaz la doctrina judicial dictada, de tal suerte que las empresas, pese a la bajada salarial generada durante la crisis, quieren que lo que la interpretación jurisprudencial ha establecido sea anulado en la negociación colectiva, introduciendo en los permisos retribuidos la expresa referencia a su disfrute en días naturales.
Frente a la defensa articulada por las patronales, fundamentalmente basada en que debe existir una conexidad temporal inmediata o cercana en el tiempo entre permiso y hecho causante, es decir, que si alguien tenía concedidas ya las vacaciones no tenga sentido que tras dichas vacaciones disfrute de ese permiso, cuando por ejemplo, haya un familiar hospitalizado, y pudiera disfrutarse una vez ya haya sido dado de alta. No cabe duda, con lo anterior, que lo que estamos diciéndole a quién acude al hospital con su ser querido hospitalizado -y que además de cuidados y ánimos, suele reforzar servicios sanitarios infradotados de plantilla- es que sus vacaciones las va a dedicar a lo anterior, y no a descansar.
En cualquier caso, y más allá de otras cuestiones, estamos ante un debate con más matices.
Se muestra la tendencia de las patronales a convertir el factor trabajo en un coste variable, de tal forma que únicamente se compute su coste y se retribuya cuando se hace efectivo, trasladando la disponibilidad a trabajadores y trabajadoras que son a quienes se atribuyen las contingencias de la vida.
Igualmente, se muestra la ofensiva empresarial respecto de la elevación de tasas de ganancia. Los salarios, según el FMI, han sufrido un ajuste durante la crisis, que ha conllevado situar su ratio efectiva en términos de los años 80 y 90, es decir, que se ha retrocedido varias décadas de poder adquisitivo.
Por ello, este debate jurídico, este conflicto judicial y sindical es una nueva muestra de que en el conflicto capital y trabajo, el capital trata de reapropiarse de nuevas tasas de ganancia y de no permitir, sea por la vía que sea, una necesaria recuperación de derechos por parte de los/as trabajadores/as, en ocasiones como esta, incluso por la interpretación judicial de las instituciones laborales.