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Infancia migrante
El Defensor del Pueblo insta a la Generalitat Valenciana a tramitar el permiso de residencia de jóvenes migrantes extutelados
El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugan, ha trasladado a la Fiscalía General del Estado la situación de desamparo que sufren muchos menores extutelados por la Generalitat Valenciana al cumplir la mayoría de edad. Tal y como denunció la Campaña CIEs No de València hace casi dos meses, muchos de estos jóvenes se ven obligados a abandonar los centros de acogida al cumplir 18 años, sin recursos y sin posibilidades de obtener el permiso de residencia y trabajo, por lo cual algunos acaban abocados a la situación de calle o encerrados en el CIE de Zapadores.
El Defensor del Pueblo, a través de un informe en respuesta a la denuncia de la Campaña, ha reiterado a la Generalitat Valenciana su deber legal de instar la tramitación de la autorización de residencia a los menores extranjeros no acompañados, “de acuerdo con lo que establece la Ley de Extranjería y su Reglamento”. Además, también señala que, teniendo en cuenta la cantidad de menores tutelados por los servicios de protección de la Generalitat Valenciana que acceden a la mayoría de edad sin contar con la autorización de residencia y sin documentación identificativa, sea pasaporte o cédula de inscripción, “se ha suspendido la actuación con los servicios de protección valencianos y se ha dado traslado de la presente cuestión a la Fiscalía General, a fin de que se adopten los mesures previstas”.
Migración
Cumplir los 18 años en la calle y sin permiso de residencia
La Campaña CIEs No de València ha documentado y denunciado hasta doce casos de jóvenes migrantes que, una vez han cumplida la mayoría de edad, han sido expulsados, sin permiso de residencia y alternativa habitacional, del centro de menores en el que se les daba acogida en el País Valencià. En este territorio se dispone únicamente de 122 plazas en hogares de emancipación, lo que hace que muchos se vean abocados al sinhogarismo.
El defensor del pueblo señala irregularidades
En el mismo escrito, el Defensor del Pueblo detalla varias irregularidades del informe que solicitó a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. Ha criticado la falta de tramitación de la autorización de residencia, lo cual “provoca graves perjuicios, entre otros, dificultades para acceder a recursos, como por ejemplo a la Renta Valenciana de Inclusión”, asegura Fernández Marugan en la misiva de respuesta.
El Defensor del Pueblo señala que, “en todo caso, se otorgará la autorización transcurridos nueve meses desde esta puesta a disposición”
Según argumentaba la Conselleria en el informe que envió al Defensor del Pueblo, en el caso de uno de los jóvenes extutelados, “no pudo tramitar la autorización de residencia por no haber podido documentar la filiación del menor”, así como por no haber transcurrido nueve meses desde que asumió su protección. En este sentido, el Defensor del Pueblo desmiente a la Conselleria al indicar que no se puede considerar que el menor no tuviera documentada su filiación, puesto que “contaba con la pertinente identificación policial e inscripción en los registros de menores extranjeros no acompañados, así como con el decreto dictado por el Ministerio Fiscal en el procedimiento de determinación de edad incoado”.
Además, el Defensor del Pueblo constata el error de los plazos utilizados por la Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas para instar la residencia de los menores, “contraviniendo el artículo 35.7 de la ley de extranjería”. Según matizan desde la Campaña CIEs No, “numerosas administraciones continúan interpretando que es a partir de los nueve meses de tutela cuando tienen que instar la tramitación de la autorización de residencia del menor”. Sin embargo, el Defensor del Pueblo señala que, “en todo caso, se otorgará la autorización transcurridos nueve meses desde esta puesta a disposición”. Para el portavoz de la Campaña, Adrián Vives, la respuesta del Defensor del Pueblo es “muy relevante”, puesto que “ofrece su interpretación de la normativa para que la administración pública tramite correctamente el permiso de residencia de los jóvenes extutelados”.
La Campaña CIEs No exige a las administraciones implicadas que, “adopten los medidas necesarias para que todas las personas interesadas puedan acceder tanto a la documentación, a la que tienen derecho, como a una plaza en la Red de Emancipación”
Otro de los reproches del Defensor del Pueblo a la Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas es que argumentara que el menor “no estuvo bajo tutela de la entidad pública, asumiendo únicamente su guarda provisional”. El Defensor recuerda el deber legal que incumbe a las entidades de protección de “declarar la tutela de los menores extranjeros no acompañados, sin prolongar la guarda más allá del tiempo necesario para su identificación y constatar su desamparo”, especificando que “los menores se encuentran desamparados cuando existe incumplimiento, o inadecuado ejercicio de los deberes de protección, estando privados de la necesaria asistencia moral o material”. Y remata que la guarda provisional, cuando se constata el desamparo, “no es un obstáculo para la adopción de todas los medidas oportunas de protección, y de manera especial, la de tramitar su autorización de residencia, teniendo en cuenta los graves perjuicios del acceso a la mayoría de edad sin ella”.
A partir de estos hechos, la Campaña CIEs No exige a las administraciones implicadas que, de manera urgente, “adopten los medidas necesarias para que todas los personas interesadas puedan acceder tanto a la documentación a la cual tienen derecho como una plaza en la Red de Emancipación para jóvenes extutelados de la Comunidad Valenciana”. Y rematan con rotundidad: “Que, así mismo, se adopten los medidas necesarias para que ningún otro menor acceda a la mayoría de edad sin que se le tramite el permiso de residencia y un recurso de emancipación”.