Laboral
El cálculo de la pensión de jubilación en contratos a tiempo parcial es injusto y discrimina a las mujeres

El Tribunal Constitucional anula el cálculo de la pensión de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial por vulnerar el derecho a la igualdad y ser discriminatorio con las mujeres.

brecha de género en pensiones
4 jul 2019 09:25

La doble penalización —tanto en la base reguladora de cotización como en el periodo fijado para calcular la prestación— que han sufrido a la hora de cobrar la pensión por jubilación quienes trabajan a tiempo parcial tiene los días contados. El Tribunal Constitucional sentenció ayer, miércoles 3 de julio, que el precepto que regula la cuantía de la pensión de jubilación para estos trabajadores es inconstitucional y lo anuló al considerar que vulnera tanto el derecho a la igualdad como el principio de no discriminación de la mujer.

La sentencia, aprobada por unanimidad en el Pleno del Constitucional cuyo ponente ha sido el Magistrado Cándido Conde-Pumpido Tourón, considera que este cálculo vulnera el derecho a la igualdad entre los trabajadores a tiempo completo y los trabajadores a tiempo parcial en la cuantía de la pensión por el modo de computar el periodo de cotización. Para el alto tribunal, constituye también una discriminación indirecta por razón del sexo, al evidenciarse estadísticamente que la mayoría de los trabajadores a tiempo parcial son mujeres, lo que ocasiona impacto adverso sobre los trabajadores de un determinado sexo.

Los magistrados apuntan que la norma actual, vigente desde 2013, es “discriminatoria” al penalizar dos veces a los empleados a tiempo parcial. Señala el texto que es lógico que estos trabajadores tengan pensiones más bajas al cotizar menos. Lo que desmontan es que la reducción se aplique por dos vías: la base reguladora de la pensión y el cálculo del periodo cotizado.

La resolución considera que el precepto impugnado produce una desigualdad de trato al faltar los requisitos de “justificación objetiva y razonable” de las diferencias que establece. Además, la sentencia indica que “se rompe también con la proporcionalidad desde el momento en el que, a una reducción razonable de la base reguladora para el trabajador a tiempo parcial en función de su menor base de cotización, añade una reducción también del periodo de cotización para fijar la cuantía de la prestación (porcentaje sobre la base), lo que no se hace con el trabajador a tiempo completo”.

Lo que no resulta justificado —se lee en la sentencia— es que se establezca una diferencia de trato entre trabajadores a tiempo completo y trabajadores a tiempo parcial, no ya en cuanto a la reducción de la base reguladora para el trabajador a tiempo parcial en función de su menor base de cotización, sino en cuanto a la reducción adicional de la base reguladora mediante un porcentaje derivado de un “coeficiente de parcialidad” que reduce el número efectivo de días cotizados, diferenciación que no solo conduce a un resultado perjudicial en el disfrute de la protección de la Seguridad Social para los trabajadores contratados a tiempo parcial, sino que afecta predominantemente a las mujeres trabajadoras, como revelan los datos estadísticos.

Esta “discriminación indirecta” contra las mujeres ya fue detectada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en una sentencia de 8 de mayo de 2019 apuntó que la legislación sobre empleo a tiempo parcial en España podría ser discriminatoria en materia de género.

Archivado en: Pensiones Laboral
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Carmen lora
15/10/2019 21:30

Hola tengo más de 15años cotizados.en los últimos tres e trabajado 6meses a tiempo completo y 20meses a media jornada.actualmente cobro paro.Tendre derecho a la ayuda de los 52años? habiendo trabajado los últimos meses a media jornada?
Tengo 58años muchas gracias

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#36615
5/7/2019 9:55

Me gusta esta informacion y ademas la jubilacion para los mayores 65 y los que estan enfermos de verdad pues mucha gente cobrando y con ganas de marcha no estan tan malos yo lo veo en mi entorno y a eso hay que sangarlo como tanto fraudes que hay

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#36614
5/7/2019 9:52

Todos a partir 65 años junilaos pension disna y a trabajar esa juventud tan prepara y bonita que tenemos

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#36613
5/7/2019 9:50

Que buena informacion lo de las penciones pues muchas mujeres trabajan tiempo parcial llevan su casa sus hijos y tenemos derecho a una pension disna yo 33 añas corizao y 599 euro no es justo 62 años no me puedo jubilar y toda una vida de calvario con tiempo parcial mal pagao

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Antonio
4/7/2019 22:00

Yo me jubilo 24 10 2019 antes de que saliera esto aprobado por tc ami la seguridad social el calculo era 970€ tiene que acer un carculo nuevo

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#36601
4/7/2019 20:01

Parece ser que es a partir de la sentencia. Habra que luchar para qaue sea retroactivo, por lo menos a partir de 2013..

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#36587
4/7/2019 12:30

Lo que no deja claro la noticia es si rectificarán con carácter retroactivo o únicamente beneficiará a los que se jubilen a partir de la sentencia.

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34
#40579
7/10/2019 8:54

a mi rechazan la jubilación por no reconocer la ley a tiempo parcial. qué hacer

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