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Electricidad
¿Qué le puedo reclamar a la empresa eléctrica y al seguro tras el apagón?

Coordinador de la sección de economía
Pasado el susto del gran apagón a nivel nacional que ha sufrido la península ibérica, llega el momento de hacer balance de daños y perjuicios. Abrir la nevera y ver si se nos ha estropeado la comida, enchufar nuestros electrodomésticos para ver que no han sufrido ningún daño o ver si nos corresponde una indemnización o nos trataron como deberían si ayer nos quedamos atascados en una estación de transporte público o avión sin poder llegar a nuestros destino y sin poder ejercer nuestros derechos como consumidores.
Es por ello que desde Facua Consumidores en Acción han celebrado una rueda de prensa esta misma mañana para informar sobre los derechos que tiene la ciudadanía como consumidora o viajera en el caso de los transportes y dar algunas pistas sobre cómo se debe reclamar y quién es la responsable en cada caso.
Comida en mal estado
El primer punto ha sido el de la comida en las neveras y congeladores. Rubén Sánchez, portavoz de Facua, ha relatado en la rueda de prensa que antes de reclamar tendremos que esperar a que se conozcan las causas. El motivo es que la responsabilidad sobre la comida caduca en neveras y congeladores recaerá en la empresa aseguradora o en la distribuidoras de electricidad según si las causas tienen que ver con las primeras o no.
En caso de que la culpa haya sido de las distribuidoras, algo que de momento no está confirmado, entonces los consumidores tendrán que hacer la reclamación a las empresas. Sánchez ha querido señalar que no es lo mismo la distribuidora que la comercializadora y que en nuestra factura debe aparecer la información correspondiente a la distribuidora, empresa a la que se debe reclamar pero que no es quien nos factura. Aunque, si se tienen dudas, Sánchez ha indicado que el consumidor puede dirigirse a su comercializadora.
El portavoz de Facua ha avisado que lo mejor es hacer fotos a la comida que se ha desperdiciado, pero que no es necesario conservar los tickets
En caso de que no sea culpa de las comercializadoras, la reclamación se debe hacer a las empresas aseguradoras. Pero, señalan desde Facua, se deberá tener dicha cobertura contratada y, en muchos casos, dicha cobertura también se activa según las horas que se ha estado sin suministro eléctrico. Todo debe ir indicado en las condiciones del seguro que deben venir incluidas en la documentación de la póliza. Sánchez ha explicado que la cobertura suele tener un tope máximo, por ejemplo cubrir hasta 300 euros máximo, o un porcentaje sobre el máximo que se ha podido estropear con la caída eléctrica.
El portavoz de Facua ha avisado que lo mejor es hacer fotos a la comida que se ha desperdiciado, pero que no es necesario conservar los tickets de compra de dichos productos, y enviar dichas fotos con una apertura de parte a nuestra aseguradora. Eso sí, habrá que esperar a que se conozcan las causas del apagón antes para ver quién tiene la responsabilidad, la aseguradora o la comercializadora de luz.
Electrodomésticos dañados
Lo que sí es responsabilidad de las distribuidoras es el daño en electrodomésticos u otros aparatos electrónicos si se vieron dañados cuando volvió la corriente eléctrica. Cuando se restableció la energía, se pudieron producir subidas de tensión que pueden provocar desperfectos en dichos aparatos y ahí sí que tienen responsabilidad y deberán ser las distribuidoras las que se hagan cargo de los desperfectos. “Deberán pagar la reparación o, en caso de que el daño sea irrecuperable, deberán abonar la adquisición de un nuevo equipo”, ha explicado Sánchez en la rueda de prensa.
Viajes, trenes, aviones y hoteles
Durante el apagón y las horas siguientes, el caos se apoderó de las estaciones de trenes y aeropuertos. Los trayectos ferroviarios de media y larga distancia no se han restablecido hasta la mañana del martes por lo que muchas personas se vieron atrapadas en ciudades volviendo a sus casas, estaciones de tren o, incluso, dentro de los propios vagones de trenes parados en estaciones o vías.
Desde Facua han querido insistir en que un problema de fuerza mayor, aquellos en los que la compañía no tiene una responsabilidad directa, no exime a las compañías ferroviarias de tener que pagar noches de alojamiento a las personas que no han podido realizar los trayectos que tenían contratados cuando estén en una ciudad distinta a la suya. “Cuando se produce una situación de este tipo podemos perder determinados derechos por causa mayor, pero no perdemos todos los derechos”, ha explicado Sánchez, que también ha criticado que el Gobierno no hiciera más por comunicar a los afectados los derechos como consumidores que tiene: “El Ministerio de Transporte debería haber aclarado a los consumidores que tienen ese derecho contemplado en el reglamento europeo”.
Aunque nos hayan recolocado en otro tren, se puede reclamar a la compañía ferroviaria un porcentaje del billete inicial
Los consumidores tiene derecho al derecho de asistencia, que consiste en que la compañía les debe pagar comida, bebida, alojamiento y desplazamientos al alojamiento. En caso de relocalizar al viajero en otro tren, el derecho europeo del ferrocarril específica que se debe abonar un porcentaje del coste del billete según una tabla de horas de retraso que marca la normativa. Es decir, aunque nos hayan recolocado en otro tren, se puede reclamar a la compañía ferroviaria un porcentaje del billete inicial. Si nos negamos a la recolocación en otro tren, porque ya no tenga sentido el viaje, la empresa de trenes y de aviones deberá devolvernos el 100% del importe del billete.
En el caso de aviones, cuando la causa es de fuerza mayor, como este caso con el apagón, perdemos el derecho de la compesación económica que sí que se tiene cuando se cancela por una avería o una huelga de la compañía. Pero se mantiene el derecho a recolocazción y también el derecho de asistencia por parte de la aerolínea.
Así mismo, desde Facua también han querido insistir en que se tiene derecho a comida y bebida si el consumidor se ha quedado en medio de una vía de tren o una estación intermedia. Debe ser la compañía de trenes la que se encargue de provisionar a los viajeros con el alimento necesario según las horas transcurridas y el retraso.