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València
El Gobierno cuadruplica las ayudas a los damnificados por la dana, blinda bajas laborales y activa los ERTE
El Consejo de Ministros aprobó ayer el real decreto para el ‘Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento de la Comunitat Valenciana’, un paquete de medidas a los que podrán acogerse hogares, empresas y ayuntamientos de los 75 municipios valencianos, dos de Castilla-La Mancha y uno de Andalucía afectados por la dana.
Ayudas directas
- El real decreto cuadruplica las ayudas directas a las personas damnificadas previstas por ley. Por tanto, la ayuda por fallecimiento e incapacidad pasa de 18.000 hasta 72.000 euros. Por destrucción total de la vivienda, hasta 60.480 euros; por daños que afecten a la estructura de la vivienda, hasta 41.280 euros; por daños que no afecten a la estructura de la vivienda, hasta 20.640 euros; por daños en elementos comunes de una comunidad de vecinos, hasta 36.896 euros.
- Se eliminan los requisitos de renta para acceder a las ayudas.
- Se duplica el plazo para pedirlas: de uno a dos meses.
- Las ayudas pueden solicitarse aquí desde el jueves 7 de noviembre.
- Las ayudas serán inembargables y estarán exentas del pago del IRPF.
- Para probar la titularidad de la vivienda, se permite aportar cualquier documento, como el recibo del IBI.
- En caso de no tener seguro contratado, se podrán acreditar los daños en la vivienda o en enseres con un informe pericial del Ayuntamiento.
- Si alguien ha pedido las ayudas antes del real decreto, puede volver a hacerlo para acceder a estas mejores condiciones.
Autónomos y pymes podrán solicitar ayudas directas desde el 19 de noviembre y hasta el 31 de diciembre
Ayudas a autónomos y pymes y cese de actividad
- Las ayudas directas para autónomos y empresas con domicilio fiscal en las zonas afectadas requieren estar dados de alta a 28 de octubre en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, y que sigan estándolo el 30 de junio de 2025.
- Se establecen ayudas de 5.000 euros para autónomos; de 10.000 para empresas con un volumen de negocio inferior a un millón de euros, y de mayor cuantía para el resto.
- Se podrán solicitar entre el 19 de noviembre y el 31 de diciembre.
- Se abonarán a partir del 1 de diciembre. Según explica Civio, se pondrá en marcha en la web de la Agencia Tributaria un formulario para solicitarlas y, según prometió Pedro Sánchez, “bastará con indicar un número de cuenta”.
- El Gobierno estima que se podrán beneficiar 65.000 autónomos y 30.000 empresas, para los que han destinado un presupuesto de 838 millones.
- Los autónomos afectados podrán solicitar la prestación por cese de actividad por fuerza mayor, sin necesidad de acreditarlo al estar ubicados en las zonas afectadas. La prestación será del 70% de su base de cotización, aunque no alcancen los doce meses exigidos. La prestación no constará como consumida.
Las empresas estarán exoneradas hasta febrero de 2025 de pagar el 100% de las cotizaciones de los trabajadores en ERTE por fuerza mayor
ERTE de fuerza mayor con exención total de las cotizaciones
- Las empresas pueden solicitar la aplicación de los Expedientes de Regulación Temporal del Empleo de fuerza mayor, previstos en la reformulación que realizó Yolanda Díaz sobre los ERTE. La medida puede implicar una reducción de la jornada desde el 10 al 70% o suspensión del contrato de trabajo. Puede afectar a algunas trabajadoras o a toda la plantilla.
- Como en la pandemia, las trabajadoras no tendrán que tramitar nada, sino la empresa. Durante el ERTE, recibirán la prestación de desempleo en el 70% de su base reguladora. No consumirán el paro ni será necesario un periodo mínimo de cotización para recibir la prestación.
- Las empresas estarán exentas de pagar las cotizaciones de los trabajadores a la Seguridad Social hasta febrero de 2025.
Las bajas se cobrarán desde el 29 de octubre, al considerarse una incapacidad laboral
Incapacidad temporal extraordinaria
- Se aprueba una medida especial extraordinaria para evitar que los tres primeros días de baja laboral por consecuencias de la dana no se cobren. Por tanto, las bajas entre el 29 de octubre y el 30 de noviembre computarán como accidentes laborales, cobrando el 75% desde el primer día de la baja.
- Todas las incapacidades permanentes, totales o parciales, muertes y supervivencias bajo los efectos de la dana se computarán como accidente laboral, para evitar prestaciones menores.
Ingreso Mínimo Vital
El decreto aprueba un complemento especial del 15% del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y las pensiones no contributivas para los meses de noviembre, diciembre y enero.
Activada una moratoria para hipotecas y préstamos, la exención del IBI y de las tasas de renovación y duplicado del carné de conducir
Impuestos
- A pagar: a quienes les salió a pagar en el IRPF de 2023 y tenían que hacerlo ahora (el segundo plazo), no se les cobrará. Si se les cobró el día 5 de noviembre, podrán solicitar hasta el 5 de febrero a la Agencia Tributaria que se lo devuelva.
- IBI: no tendrán que pagar el IBI de 2024 las viviendas dañadas.
- Se establecen aplazamientos para el pago de impuestos, embargos y requerimientos.
- DGT: Tráfico no cobrará las tasas de baja del vehículo siniestrado por la dana, ni los duplicados de carné de conducir, siempre que el conductor tuviera seguro de responsabilidad civil en vigor. Para renovar o duplicar el carné sin pagar tasas, hay que hacerlo antes del 30 de enero.
- Moratoria: las personas y empresas afectadas (con un volumen de facturación inferior a seis millones) podrán pedir una moratoria en sus hipotecas y préstamos personales de tres meses sin pagar nada y otros nueve en los que se pagarán solo los intereses. Deberán pedirlo en su banco y este deberá resolverlo en 15 días. Para las hipotecas, bastará con la solicitud. Para los préstamos, deberán adjuntar un certificado de empadronamiento.
Crea una línea de avales, como en la pandemia, de hasta 5.000 millones
Créditos ICO
- El Gobierno ha creado una línea de avales, los conocidos como créditos ICO que también funcionaron en la pandemia, que podrán alcanzar hasta los 5.000 millones.
- El Gobierno sufragará el 100% de la retirada de lodo, escombros, enseres, alojamiento y alimentación para personas afectadas y el coste de los informes periciales que necesiten los vecinos sin seguro para poder acreditar los daños de su vivienda.
- El decreto ofrece la posibilidad de que el Gobierno pueda aprobar subvenciones directas de hasta el 50% para la reconstrucción de infraestructuras, como puentes, escuelas y polideportivos.
Activa a Tragsa para la reconstrucción y posibilita expropiaciones urgentes de de bienes afectados
Reconstrucción
- Se refuerza el régimen jurídico de Tragsa con la finalidad de flexibilizar su despliegue en las tareas de reconstrucción. Se habilita Tragsatec para realizar actuaciones de peritación, valoración y cuantificación de daños que le soliciten las administraciones.
- Bienes afectados por la dana podrán ser expropiados de forma urgente para agilizar las obras de reparación.
- Se habilita a Mercasa, la empresa pública española del sector de la distribución alimentario, para ejecutar actuaciones de apoyo logístico y distribución alimentaria.
- Y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo pondrá a disposición de las autoridades competentes el material de emergencias y de ayuda humanitaria.
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¿No le habéis escuchado decir en rueda de prensa que estas ayudas estaban condicionadas a la aprobación de los presupuestos generales? ¿No veis la jugada del trilero?
No se puede esperar otra cosa del PPSOE y el putrefacto régimen del 78.