Laboral
Pensiones de las trabajadoras de hogar: memoria histórica y discriminación actual

El sistema de cálculo de las pensiones de jubilación en función de los años y las bases por las que se cotizó reproduce en el momento del retiro toda la injusticia del pasado.

Mujer hogar
Una trabajadora de hogar, limpiando las ventanas. David F. Sabadell


5 jun 2018 06:08

Las mujeres de 65 años y más que han trabajado en el empleo de hogar han sufrido todas las discriminaciones imaginables en relación a la cobertura de la Seguridad Social. El sistema de cálculo de las pensiones de jubilación en función de los años y las bases por las que se cotizó reproduce en el momento del retiro toda la injusticia del pasado.

En 2016, una jubilada obtuvo una pensión de 641 euros tras más de 47 años de cotización continuados por la base máxima de Hogar. El importe medio de las pensiones del sector es el más bajo del sistema y no es ninguna casualidad. La trayectoria de la seguridad social de las trabajadoras de hogar hasta el día de hoy se condensa así: reconocimiento tardío de derechos, promesas incumplidas de equiparación, normativa confusa y gestión ilegal por parte de la Seguridad Social, tendente a recortar en la práctica lo ya formalmente conseguido.

El comienzo de la discriminación

En 1944 se anuncia solemnemente la incorporación del sector a los seguros sociales, y no es hasta 1959 cuando se crea el Montepío del Servicio Doméstico, al principio sólo para internas solteras. El campo se fue ampliando, en una evolución legislativa que traducía la voluntad de tener cuantas menos afiliadas, mejor. Las externas necesitaban acreditar un trabajo previo de dos años para poder darse de alta, no podían hacerlo si trabajaban para más de un domicilio, y además, se tenían que pagar ellas mismas toda la cuota. Las prestaciones eran muy pobres, y la justificación siempre fue que la cotización a pagar era muy baja. Tanto, que la cuota no varió desde 1959 a 1969.

El Régimen Especial de Seguridad Social sustituyó al Montepío en 1969. Mantuvo la voluntad política de obstaculizar la afiliación, y de hecho la inspección de seguridad social hacía barridos periódicos para controlar las altas indebidas. Podían estar de alta solo a partir de las 18 horas semanales; pagaban ellas mismas toda la cuota si trabajaban para más de un domicilio; o también si trabajaban menos ciertas horas semanales (primero fueron 26 horas y cuarenta minutos y luego fueron 20 a la semana); la obligación de cotizar se trasladaba a ellas si enfermaban… La cuota a pagar era la misma con independencia de las horas de trabajo y las prestaciones siguieron siendo pobrísimas. Como ejemplo, había que esperar 29 días para comenzar a cobrar la baja, fuese de enfermedad o de accidente.

Las casadas autóctonas no veían ningún interés en cotizar a un Régimen con pocas prestaciones y no confiaban su futura subsistencia a una pensión de jubilación propia, sino a la de su marido y, en todo caso, a la pensión de viudedad. Las inmigradas, que siempre han estado más de alta en proporción, han necesitado estar aseguradas por razones propias: era la condición para tener los papeles, traer a sus familias, viajar a sus países… Pero muchas también preguntaban ¿y para qué otra cosa sirve cotizar?

La supuesta integración

En 2011, el gobierno del PSOE pacta con CC OO y UGT las condiciones de la integración del Régimen Especial de empleadas de Hogar en el Régimen General, como Sistema Especial con particularidades tales como la exclusión de la prestación de desempleo. Aplazan hasta el 1/1/2019 la equiparación al Régimen General en dos cuestiones clave: cotización por salarios reales y cobertura de vacíos de cotización en la base reguladora de las pensiones.

La reforma de 2011 mantenía el desfase entre salarios y cotizaciones, pero era una mejora. Instauró un sistema sencillo de quince tramos de cotización que se correspondía con quince franjas de salario mensual y evitaba a la parte empleadora el tener que comunicar mensualmente a la Seguridad Social el salario abonado; solo debía solicitar un cambiar de tramo en el caso de cambios grandes del salario, poco habituales.

El tramo más bajo se correspondía con el ingreso promedio en salarios de dos horas semanales; el más alto se correspondía con el salario mínimo por cuarenta horas, aunque la jornada máxima en hogar son sesenta horas semanales. Este desfase en los salarios más altos se debía ir acortando subiendo el tramo más alto en un 5% anual, hasta el ajuste a salarios reales a partir del 1/1/2019.

Los quince tramos duraron un año. El posterior gobierno del PP los redujo a ocho, elevando el tramo inferior a una cifra que suponía sobrecotización en las jornadas breves. Habían preparado el terreno para la reforma con una comparecencia en el Pacto de Toledo, en la que dijeron que tras un sesudo análisis de las cotizaciones se concluía que existía mucho fraude en los tramos bajos.

Respecto al tramo alto, el PP frenó en seco el proceso de acercamiento a los salarios reales, suprimiendo los incrementos anuales del 5%. No hubo sesuda explicación para esto, que según las estadísticas de la ATH-ELE (Asociación de Trabajadoras del Hogar), dejaba a bastantes externas a tiempo completo y a la inmensa mayoría de las internas cotizando por debajo de sus salarios.

Respecto a la falta de cobertura de vacíos, de nuevo me remito a la realidad: tras cotizar 36 años, una trabajadora no llegó a la pensión mínima del sistema porque se había retirado durante dos años para cuidar de un familiar. El no reconocer como cotizados los periodos fuera del empleo (eso es la cobertura de vacíos en el Régimen General), es especialmente grave desde la reforma de pensiones de 2011, que extiende el cómputo de las cotizaciones hasta los 25 años anteriores a la jubilación.

En 2018, un historial de cotización en hogar puede tener vacíos por muchos motivos, y el primero son las salidas y entradas del empleo por razones de cuidado de la propia familia, pero también por la resistencia del sistema a incorporar trabajadoras en el pasado. Genera vacío el haber perdido el empleo tras una reclamación, o por una maternidad, o por pretender ejercer derechos de cuidado… ya que no hay readmisión ni prestación de desempleo en esos casos.

Al historial de cotización de las inmigradas le faltan los tres primeros años que, como mínimo, tienen que pasar trabajando y sin poder estar aseguradas, hasta que algún empleador accede a realizarles la oferta de trabajo para conseguir los papeles. Ese tiempo suelen trabajar en régimen interno atendiendo personas en situación de dependencia, a un precio que es aproximadamente la cuarta parte de lo que familias e instituciones tendrían que invertir en pagar servicios externos de cuidado.

Llegamos a los Presupuestos de 2018, que retrasan la equiparación hasta el uno de enero de 2024. El PP no mencionaba este recorte en el Proyecto de Ley, así que el informe de Impacto de Género no valora el asunto.

Es en el trámite del Congreso cuando presenta la enmienda 6.777 apoyándose en un argumento insultante: el empleador de hogar no cuenta con la infraestructura necesaria para cumplir con sus obligaciones y por eso no se le puede obligar a cotizar por los salarios reales. Aparte de que podían haber puesto medios para ayudarles, tenían otra solución: añadir unos cuantos tramos más por arriba, de los fáciles de gestionar.

Hoy el más alto no llega a los 900 euros; ampliando la escala hubiesen podido cubrir todos los salarios. El argumento es un insulto porque la solución era evidente: en su día, los tramos fueron quince, ahora son ocho, y en el futuro podrían ser veintiocho. El único argumento real es el que no se puede presentar abiertamente: resulta caro. Para los empleadores y también para un sistema de servicios sociales que cuenta con el trabajo de hogar sin derechos para cubrir sus carencias.

La cotización por salarios reales tiene una importancia especial para las trabajadoras inmigradas que quieran regresar a su país al jubilarse. Porque a ellas no se les pagará el complemento que, de quedarse residiendo aquí, el sistema de seguridad social les abonaría para llegar a la pensión mínima.

Respecto a la negativa a la cobertura de vacíos, la verdadera razón es muy clara: se recorta el gasto en las pensiones de quienes hoy por hoy no tienen fuerza suficiente de respuesta. En la lucha por pensiones dignas para las mujeres, las del empleo de hogar tendrían que ocupar un plano relevante.

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José
15/10/2018 9:41

Le expreso mi reconocimiento por abordar la poblemática laboral de las personas dedicadas al Servicio Doméstico.

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Sandra Gomez
10/6/2018 22:19

No a la enmienda 6777

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Vandelvira
9/6/2018 12:26

Siempre he pensado que sólo por el día de compra semanal mañanero tenía q dar un mínimo la Seg Social.Ha sido nuestra contribución forzosa al Estado del Bienestar

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Ana maria
8/6/2018 14:50

Las ama de casa siempre hemos sido explotados ni nos han pagado la seguridad so ibas que sera cuando ya no estemos aquí en España soy extrangera

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