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Eléctricas
Desmontando el convenio en Extremadura de Iberdrola para clientes vulnerables
Este convenio, como el firmado con otras eléctricas, evita la suspensión del suministro eléctrico tan solo de una pequeña parte de la población extremeña afectada por pobreza energética y el dinero de las ayudas sale de las arcas públicas, no de las compañías.
El martes 17 de julio, la Junta de Extremadura y la Federación Extremeña de Municipios y Provincias (FEMPEX) han renovado con Iberdrola el convenio cuyo objeto es ayudar y proteger a los clientes en situación de vulnerabilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura, adaptándose a la legislación vigente.
El convenio de referencia, es el el Convenio Marco de Colaboración entre la Junta de Extremadura, la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura e Iberdrola para garantizar a los ciudadanos residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura en situación de vulnerabilidad el acceso a los suministros mínimos vitales, firmado el día 23 de enero de 2017.
La Asamblea de Extremadura aprobó con los votos del PSOE y Podemos y la abstención del PP y Ciudadanos, la Ley 7/2016, de 21 de julio, de medidas extraordinarias contra la exclusión social
Convenios de contenido similar a los de Iberdrola, se firmaron a principios del año 2017 con las compañías suministradores Endesa, Fenosa, CHC Energía y EDP energía.
Para entender estos convenios hay que mencionar la normativa reciente aprobada en nuestra comunidad autónoma. La Asamblea de Extremadura aprobó con los votos del PSOE y Podemos y la abstención del PP y Ciudadanos, la Ley 7/2016, de 21 de julio, de medidas extraordinarias contra la exclusión social, cuyo objetivos, era entre otros, asegurar unos mínimos vitales en cuanto a agua, luz y gas.
Así, se establece en esta ley que la Junta de Extremadura "garantiza el derecho subjetivo a los suministros de mínimos vitales, entendidos como el derecho a tener cubierto, al menos, el suministro de 100 litros de agua potable al día y 6 kilowatios hora al día de consumo eléctrico, así como el restablecimiento o incorporación de los consiguientes contadores de luz y agua en las viviendas de promoción pública y protección oficial, garantizando además de las medidas contra la pobreza energética, las condiciones de habitabilidad de las viviendas objeto de las políticas públicas”.
Para desarrollar el derecho a los mínimos vitales se dictó por la Junta el Decreto 202/2016, de 14 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Junta de Extremadura a los municipios de la región para la financiación de las ayudas para suministros mínimos vitales y las correspondientes órdenes de convocatorias, la última la Orden de 15 de noviembre de 2017.
CONVENIOS CON LAS COMPAÑÍAS SUMINISTRADORAS
Para hacer efectivo este derecho a los suministros de mínimos vitales conforme a la normativa comentada, la Junta de Extremadura debía suscribir convenios con las empresas y entidades suministradoras. Ahora bien, una vez firmados estos convenios, como pasamos a analizar, el derecho a luz, agua y gas queda gravemente recortado.El Convenio firmado y ahora prorrogado con Iberdrola, pero similar al resto de compañías, regula que “A los efectos del presente convenio, se consideran beneficiarias las personas físicas consumidoras del suministro de energía eléctrica y/o gas natural prestado por Iberdrola relativo a su vivienda habitual, ubicada en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura que, previa la correspondiente solicitud y valoración técnica por parte de los Servicios Sociales de Atención Social Básica, puedan ser beneficiarias de las ayudas para garantizar a los ciudadanos el acceso a los suministros mínimos vitales con arreglo a su normativa reguladora”.
quedan desprotegidas las personas usuarias de otras compañías que no hayan firmado el convenio
De este párrafo se desprende tres grandes carencias. En primer lugar, quedan desprotegidas las personas usuarias de otras compañías que no hayan firmado el convenio. En segundo lugar, solo abarca el suministro de energía eléctrica y gas natural, con lo cual no abarca un suministro básico como el agua (el gas butano lo cubre directamente la normativa de mínimos vitales).
el procedimiento para activar la suspensión del suministro de luz, agua y gas solo se realiza a instancia de la persona interesada y esto conlleva que solo una mínima parte de ciudadanía que sufre la pobreza energética puedan beneficiarse de estos convenios
Y la tercera cuestión, queda en gran parte en papel mojado el objeto del convenio con Iberdrola (y con el resto de compañías firmantes), es decir, el de “tratar de evitar, en relación con la vivienda habitual, la suspensión del suministro de electricidad y gas natural” a las familias extremeñas por causas económicas. Así, para evitar los cortes del suministro, las personas interesadas previamente han de solicitar las ayudas para suministros de mínimos vitales y si analizada la solicitud, los servicios sociales de base consideran que cumplen los requisitos, Iberdrola se compromete a mantener el suministro de luz y gas durante la tramitación de la ayuda por un periodo mínimo de tres meses desde la recepción por el cliente del requerimiento fehaciente de pago.
Es decir, el procedimiento para activar la suspensión del suministro de luz, agua y gas solo se realiza a instancia de la persona interesada y esto conlleva que solo una mínima parte de ciudadanía que sufre la pobreza energética puedan beneficiarse de estos convenios. Aunque la Junta no ha proporcionado datos de las personas que reciben estas ayudas, se puede hacer una idea calculando que la administración autonómica ha destinado para el presente año 4.500.000 euros para mínimos vitales y para paliar la pobreza energética en Extremadura se necesitarían 28 millones de euros anuales (según la encuesta de condiciones de vida del INE podrían estar más de 40.000 hogares en nuestra comunidad autónoma en pobreza energética severa).
Con algo tan sencillo como cambiar el procedimiento, y que no sea a instancia de parte de la ciudadanía afectada sino de oficio, informando directamente las compañías a los servicios sociales de los posibles casos de corte de suministro por impago antes de proceder a dicho corte o de manera simultanea como se contempla en la normativa catalana o valenciana, se evitarían realmente los cortes de suministro de luz, agua y gas por motivos económicos.
el dinero de las ayudas de mínimos vitales sale en su totalidad de la administración autonómica
Y, en relación con esto, el convenio con Iberdrola (y el resto de compañías) afirma que “del presente convenio no se derivan directamente obligaciones de contenido económico para las partes firmantes”, con lo cual el dinero de las ayudas de mínimos vitales sale en su totalidad de la administración autonómica, a diferencia por ejemplo de Cataluña, que obligan en los convenios a que las compañías concedan ayudas a fondo perdido a las personas y unidades familiares en situación de riesgo de exclusión.
Otra carencia significativa, es que en la comisión de seguimiento para velar por el cumplimiento de los convenios solo hay representantes de Endesa, de la FEMPEX y de la Junta y no de agentes o colectivos externos que puedan evaluar de manera independiente su cumplimiento.
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