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LGTBIAQ+
Lidia Falcón pide cinco años de cárcel a una mujer trans por un tuit con siete likes que no menciona a la denunciante
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Diana Juan Cano, una mujer trans y activista defensora de los derechos LGTBI y de las trabajadoras sexuales, debe acudir el próximo 9 de mayo a la Audiencia Provincial de Madrid para responder ante la justicia por una denuncia de Lidia Falcón, feminista transexcluyente que la denunció en 2021.
La motivación de la denuncia es un tuit publicado el 11 de enero de 2021 que no menciona a Falcón: obtuvo solo siete likes y fue compartido una vez: “Una pistola, una bala y a esa que todas sabemos que lleva más de un año basando todo su activismo en acosar y violentar a mujeres trans. Solo eso le pido a 2021” es el contenido literal del tuit.
La acusación considera que un tuit de Diana puede ser constitutivo de un delito de amenazas graves así como de un delito de incitación al odio, y solicita una pena de cinco años de prisión y 50.000 euros de indemnización
La acusación considera que este tuit puede ser constitutivo de un delito de amenazas graves agravado por discriminación por motivos ideológicos así como de un delito de incitación al odio, y solicita una pena de cinco años de prisión y 50.000 euros de indemnización. El Ministerio Fiscal, por el contrario, calificó los hechos como un delito leve de amenazas y ha solicitado que no se imponga pena alguna, al haber prescrito.
Se da la circunstancia de que en 2020 la Fiscalía Provincial de Madrid archivó una denuncia contra el Partido Feminista de España, que preside Falcón, por diversas afirmaciones que las organizaciones denunciantes consideraban constitutivas de un posible delito de odio. El archivo argumentaba que la denunciada “realizó las manifestaciones objeto de esta diligencia como exteriorización en contra de una ley [en referencia al proyecto de Ley Trans estatal] que, a su entender, desprotege a la mujer y a la infancia, en el marco de una crítica política y dirigida a todo el sector feminista”.
Instrumentalización del delito de odio
Saúl Castro Fernández, abogado especializado en derechos LGTBIQA+ y representante de la denunciada, expresa su preocupación por las implicaciones que tiene este caso. Castro cree que esta denuncia “pretende hacer pasar por grupo vulnerable y titular el derecho a la no discriminación a las personas que violentan o acosan a mujeres”. El fin del delito de odio, explica, es criminalizar discursos que presentan riesgos e incitan al odio contra colectivos históricamente vulnerables, y en este caso la persona en situación de vulnerabilidad es la denunciada, por lo que se pervierte el fin del delito de odio.
El artículo 510 del Código Penal, que delimita el delito de odio, castiga a quienes fomenten o inciten a la violencia contra un grupo o alguien que forme parte de un grupo “por razón de su pertenencia a aquel, por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, aporofobia, enfermedad o discapacidad”.
Un castigo a Diana supondría “que nuestros tribunales consideren que grupos violentos, antiderechos y contrarios a la diversidad puedan ser considerados un grupo vulnerable y protegido por los delitos de odio”. “Si se dicta una sentencia condenatoria se sentará un precedente gravísimo para los derechos de las personas LGTBI y para la lucha por los valores democráticos y constitucionales”, explica.
Saúl Castro, abogado de la denunciada: “Este caso es la punta de lanza para que los grupos TERF comiencen a acudir a nuestros tribunales para silenciar y criminalizar al activismo LGTBI”
De esta forma, se pretende convertir en delito la crítica, lo que abre la puerta a usar la vía penal para silenciar a defensoras de los derechos LGTBI. “Este caso es la punta de lanza para que los grupos TERF comiencen a acudir a nuestros tribunales para silenciar y criminalizar al activismo LGTBI”, explica.
Castro también advierte de que entre las personas que van a declarar en el juicio están voces destacadas del discurso transexcluyente y que no tienen que ver con los hechos, lo que a su juicio “pone de manifiesto que esta causa pretende dar un reconocimiento y valorar un contexto general de tensión por la aprobación de la ley trans solo mediante las voces y declaraciones de testigos transexcluyentes”.
Por eso subraya la conveniencia de que al juicio del 9 de mayo, que se celebrará a las 9:30h, asistan medios de comunicación y organizaciones que puedan contribuir a garantizar la transparencia en el proceso.
Transfobia global
El juicio al que se enfrenar Diana se produce en un contexto global de incremento de los discursos antiderechos en el que el último episodio lo protagoniza la sentencia de Reino Unido que dicta que el único criterio para amparar a una mujer bajo la ley de igualdad es el del sexo consignado en el nacimiento basasdo en sus características sexuales externas.
A esta decisión se suma la cruzada antitrans de Donald Trump en EE UU o las políticas anrtiderechos de Javier Milei en Argentina. Pero los ataques no son solo simbólicos, el transfeminicidio de Sara Millerey en Argentina ha supuesto una confirmación de cómo los discursos de odio ponen en peligro la vida de las personas trans.