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Mujeres Libres
Mujer y discapacidad: Derechos ¿Humanos?
La configuración estructural y cultural de la sociedad propicia la dificultad que tienen las mujeres con discapacidad en el ejercicio de sus derechos, que son los mismos que los de cualquier otra persona.
Esta combinación de mujer y discapacidad hace que nos encontremos en una situación injusta, con gran desventaja social, económica, educativa, jurídica y profesional. Nuestros derechos humanos son vulnerados continuamente y en multitud de aspectos, lo que hace que nos encontremos en un status inferior.
La dignidad humana, la libertad y la integridad personal son bienes protegidos en el marco del Orden Jurídico Internacional, pero la violación de los derechos de las mujeres con discapacidad es algo profundamente enraizado en la sociedad.
No debería tener que dedicar un post a explicar que las mujeres con discapacidad tenemos los mismos derechos que cualquier otra persona ante la ley, ni debería tener que buscar leyes, convenciones y documentación para intentar demostrarlo, pero ante la situación actual me he visto en el deber de alzar la voz.
Me siento mujer y acepto la discapacidad que he adquirido. No reniego de ninguna de estas dos características y no son las que impiden que ejerza mis derechos. Hablaré en tercera persona de las mujeres con discapacidad, pero sintiéndome parte de ellas, de nosotras.
VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES CON DISCAPACIDAD
Para empezar, uno de los aspectos más importantes a tratar es la violencia hacia las mujeres con discapacidad, potenciales víctimas. En 1993, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra las mujeres, que la define como: “Todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño físico, sexual y psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se produce en la vida pública como en la privada”.Destaca también la necesidad de proteger, especialmente, a los grupos de mujeres que están en una situación de mayor vulnerabilidad social. Pero, para hablar sobre la violencia hacia las mujeres, es necesario echar primero la vista atrás.
La mujer ha sido marginada por el Derecho Civil ya que fue escrito por y para los hombres y así está en nuestro Código Civil de 1889
El protagonista es el hombre, tanto en el terreno profesional como en el político y socioeconómico; y la violencia está muy ligada a la dominación de un sexo sobre otro, está conectada a la concepción jerárquica y vertical de la familia, en la que el marido es el cabeza de familia, el que determina cómo deben ser las cosas.
Esta realidad crea situaciones de violencia, como podemos ver a diario en las noticias sobre violencia de género, la cual ha permanecido invisible durante mucho tiempo al ser considerada como una forma de relación, enmarcada en una sociedad fuertemente jerarquizada y asimétrica. Encuentra su legitimación en el convencimiento de que las mujeres son inferiores al hombre y deben obediencia y sumisión. Este discurso es construido y transmitido mediante numerosas vías y se aplica también a las mujeres con discapacidad, aunque esto se ignore en las políticas actuales.Cuando al género se le suma la discapacidad, la situación de dominación sobre las mujeres es aún más humillante al encontrarse más vulnerable que otra víctima sin discapacidad
Esto solo beneficia al agresor al quedar oculta la situación, lo que puede hacer que quede impune y se perpetúe.
No existen en la actualidad registros que puedan ofrecer datos de cuántas de las mujeres denunciantes de violencia de género tenían una discapacidad, lo que demuestra el grado de invisibilidad que sufren estas, a quienes no se les considera potenciales víctimas de violencia de género, al no ser vistas ni siquiera como mujeres.
En el informe sobre la situación de las mujeres de los grupos minoritarios en la Unión Europea de 2003, se denunciaba que casi el 80% de las mujeres con discapacidad había sido víctima de la violencia y tenía un riesgo casi cuatro veces mayor que el resto de las mujeres de sufrir violencia sexual.
También el 80% de mujeres con discapacidad que viven en instituciones se encontraban expuestas a la violencia de personas de su entorno, ya sea personal sanitario, de servicio o personas cuidadoras.
Cabe destacar que las mujeres con discapacidad no son, en esencia, especialmente vulnerables a ser víctimas de violencia, sino que es la configuración estructural y cultural de la sociedad la que lo propicia.
LA SEXUALIDAD DE LAS MUJERES CON DISCAPACIDAD
Una gran parte de la sociedad considera que las mujeres con discapacidad no tienen necesidades sexuales, lo que hace que se las invisibilice. Durante años se han considerado como no aptas para vivir en pareja y tener descendencia.Esto suele estar fundamentado en el estereotipo que afirma la condición dependiente y asexuada de las mujeres por su diferencia corporal. El cuerpo no se ajusta a los cánones de belleza femeninos que los medios de comunicación crean y difunden, lo que hace, en muchas ocasiones, que la mujer con discapacidad se encuentre con baja autoestima y que esto repercuta en sus relaciones sociales y afectivas negativamente.En muchas ocasiones, sienten vergüenza de sí mismas por no ser lo esperado por la sociedad y temen lo que podría suponer tenerlas como pareja
A las familias les espanta que sufran agresiones sexuales por la posibilidad de quedar embarazadas y con secuelas psicológicas y físicas, lo que supondría un incremento de su vulnerabilidad y necesidad de cuidado.
No entienden que tengan deseos sexuales y necesidades afectivas de pareja. Con todo esto pueden llegar a favorecer esta percepción de asexuadas y enfermas
Pero es este acceso limitado y el escaso control que las mujeres tienen sobre su propia sexualidad lo que las convierte en seres vulnerables a la explotación sexual, a la violencia, a los embarazos no deseados y las enfermedades de transmisión sexual, según reconoce la Organización Mundial de la Salud (OMS).
El 2º Manifiesto sobre los Derechos de las Mujeres y Niñas con Discapacidad reconoce que las mujeres con discapacidad en edad de contraer matrimonio tienen derecho a casarse y fundar una familia, pueden decidir el número de hijos y tener acceso a información sobre la reproducción y planificación familiar. También tienen derecho a mantener su fertilidad en igualdad de condiciones que las demás personas (no salgo de mi asombro de tener que estar justificando cosas tan obvias).
Pero, para que se cumplan estos derechos es necesario disponer de los medios adecuados que les permitan ejercerlos y que la sociedad las reconozca como lo que son, mujeres. Desgraciadamente, siguen encontrándose obstáculos para ejercer sus derechos reproductivos, que van ligados a la idea de no reproducir aquello que la sociedad considera “anormal o disfuncional”.
VIDA LABORAL Y EDUCACIÓN DE LAS MUJERES CON DISCAPACIDAD
La infantilización y la idea de ser “anormal” de las mujeres con discapacidad, hace que se presenten en público inseguras y titubeantes, afectando a otros aspectos como puede ser el laboral, haciendo que sufran desigualdades en contratos y salarios al ser forzadas a aceptar empleos poco cualificados y con baja remuneración.
Cobran un 14,7% menos que los hombres con discapacidad, cuando tienen derecho a trabajar en igualdad de condiciones y de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y en un entorno laboral abierto, inclusivo y accesible. Pese a esto, todavía encontramos segregación sexual vertical y horizontal.
El primer paso para cambiar esta situación corresponde darlo a los poderes públicos, que deberían apostar por la educación inclusiva e igualitaria para que las mujeres con discapacidad alcancen el estatus de ciudadanas de pleno derechoEl derecho a la educación es un derecho humano clave para ejercer el resto de los derechos fundamentales. Para las mujeres es una herramienta emancipadora y crucial para acceder al empleo y alcanzar una autonomía económica.
El derecho a la educación de calidad, inclusiva y gratuita se convierte en la pieza fundamental que permite alcanzar una sociedad madura, justa y solidaria, donde los valores de cohesión social sean prioritarios frente a los obstáculos que impiden la participación de todas las personas. Hay que abogar por un modelo educativo que respete a lo diverso y reconozca, al mismo tiempo, la unidad.
LA RESPONSABILIDAD DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Los medios de comunicación deben difundir, según la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, una imagen de las personas con discapacidad que sea compatible con el propósito de dicha Convención, ya que desempeñan un papel importante en la difusión de información y deben contribuir a efectuar un cambio positivo en la actitud pública hacia ellas.
En el 2º Manifiesto sobre los Derechos de las Mujeres y Niñas con Discapacidad, se hace alusión a la necesidad de fomentar entre los profesionales de la comunicación un uso y selección de un lenguaje positivo cuando se abordan temas sobre las mujeres y niñas con discapacidad.
En la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, se recoge la siguiente afirmación: “Los prestadores de servicios de comunicación audiovisual procurarán ofrecer en sus emisiones una imagen ajustada, normalizada, respetuosa e inclusiva de las personas con discapacidad (…) evitando difundir percepciones estereotipadas, sesgadas o producto de los prejuicios sociales que pudieran subsistir”.
Pero pese a existir un marco regulatorio dirigido a garantizar una imagen adecuada de las mujeres y niñas con discapacidad, apenas existe una reflexión en profundidad acerca de los mecanismos de construcción de estereotipos en los medios de comunicación, así como el impacto que producen los discursos e imágenes fabricados en este ámbito.
IGUALDAD ANTE LA LEY
Por último, y no por ello menos importante, defender la igualdad ante la ley de todas las personas, sean mujeres, hombres, tengan discapacidad o no. Es el principio básico en el que se asienta toda sociedad democrática, pero, como he comentado al principio, la tradición jurídica occidental hunde sus raíces en un modelo patriarcal donde el varón fue tomado como medida de todas las cosas y el derecho se convirtió en un instrumento para el mantenimiento del status quo, y, por ende, como defensa de ciertos privilegios e intereses.
Nuestra Constitución señala que “corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”.
Así, el derecho se convierte al mismo tiempo en campo de batalla e instrumento de reivindicación de derechos humanos de muchos grupos sociales excluidos, como, por ejemplo, las mujeres con discapacidadEl igual reconocimiento como personas ante la Ley se trata en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad donde afirman que “los Estados Partes reafirman que las personas con discapacidad tienen derecho en todas partes al reconocimiento de su personalidad jurídica” y establece que “los Estados Partes reconocerán que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida”.
Por otro lado, reconoce a las mujeres, en materias civiles, una capacidad jurídica idéntica a la del hombre y las mismas oportunidades para el ejercicio de esa capacidad. Sin embargo, existen numerosas barreras que impiden que una parte de la ciudadanía pueda ejercer sus derechos sin restricciones y acceder de manera efectiva a la justicia. Hay que tener presente que el acceso a la justicia viene determinado por una serie de condicionantes que puede desincentivar y obstaculizar parcial o totalmente el efectivo y real disfrute de los derechos.
REFLEXIÓN FINAL
Este es un pequeño resumen de algunos de nuestros derechos vulnerados, que he recabado gracias a diferentes artículos, trabajos, noticias, leyes, convenciones y al II Plan Integral de Acción de Mujeres con Discapacidad 2013-2016 de CERMI, pero podría seguir escribiendo bastantes más, desgraciadamente.
En primera persona puedo decir que yo sí he sentido, por ejemplo, esa vergüenza social, esos tabúes, esas barreras. También que no debía ponerme ciertas prendas por cómo es mi cuerpo ahora o que era mejor no tener pareja para que no “cargara conmigo”Una de las cosas que me ayudó a hacer desaparecer esos miedos e inseguridades fue ver en redes sociales a mujeres en mi misma situación que subían fotos seguras de sí mismas, mostrando su cuerpo, su silla, sus prótesis y que animaban a otras mujeres a hacerlo. Me hicieron sentir que formaba parte de algo, que mi realidad era la de otras muchas mujeres.
Recomiendo visitar las redes sociales para descubrir cómo es la realidad de las personas con discapacidad, ya que poco tiene que ver con la anticuada y errónea idea que tiene la gran mayoría.
Muchas veces me han escrito mujeres con discapacidad para darme las gracias por no esconder la silla ¿alguien puede ver esto normal? ¿qué sentimiento tiene que tener para agradecer un acto de lo más habitual hoy en día como es subir una foto a una red social? Las entiendo porque yo me sentí igual, pero no puedo admitir esto como algo normal. Nunca me ha escrito un hombre con discapacidad para decirme algo así, ni creo que lo harán, porque la vergüenza la sentimos las mujeres. Porque, también, a las que más se juzga es a las mujeres.
Me hubiera encantado sentir ese sentimiento de unidad con la sociedad, no haber tenido que recurrir a las redes sociales para sentirme de igual a igual.
Soy mujer y me encanta serlo. Tengo una discapacidad, pero tengo muchísimas capacidades, como cualquier persona. Pero ante todo, soy un ser humano con todos los derechos que me corresponden. Espero no tener que volver a justificar el por qué.
Fuentes:
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
Violencia hacia las mujeres con discapacidad
Un desafío: el empoderamiento de las mujeres con discapacidad
La sexualidad en las mujeres con discapacidad
Mujer y discapacidad, una doble discriminación en el trato con la justicia
II Plan Integral de Acción de Mujeres con Discapacidad 2013-2016 (CERMI)
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Me encantó el artículo, cómo puedo seguirte por redes sociales? Facebook? Soy de Argentina.
Tus publicaciones me resultan de gran ayuda para entender mejor a mi novia. La mayoria de las situaciones que comentas las veo en ella de las que más de alguna no logro comprender por mi mismo ni preguntandole. Gracias por compartir.
Como bien dices, yo también me empodere en las redes, esto está cambiando. Gracias