Filosofía
La jurisprudencia según Deleuze: potencia de multitud y Derechos Humanos

Frente a la lógica abstracta y universalista de los Derechos Humanos, Deleuze propone una noción de jurisprudencia adaptada a cada situación concreta, consistente en el establecimiento de conexiones entre las fuerzas materiales existentes.

Moisés y la Tablas de la Ley
Moisés en el Sinaí (Simon Julien, 1773) Wikimedia Commons
Profesor de Filosofía. Universidad de Zaragoza
4 jun 2019 10:00

En una de las entradas más polémicas de la vídeo-entrevista L'Abécédaire realizada por Claire Parnet a finales de los 80, Gilles Deleuze afirmó que en lo referente al respeto a los Derechos Humanos “a uno le entran ganas casi de sostener proposiciones odiosas”, pues “¡es la pura abstracción! ¿Qué son los Derechos Humanos? Son una pura abstracción, el vacío […] ¡Es un discurso para intelectuales! Y para intelectuales odiosos, para intelectuales que no tienen ideas”. Para explicar su postura, Deleuze utilizó el problema, entonces reciente, del terremoto ocurrido en 1988 en la república soviética de Armenia que destruyó completamente la ciudad de Spitak, donde se alojaban la mayor parte de refugiados armenios huidos de la vecina república de Azerbaiyán. Como no podía ser de otra manera, ante esta situación la mayor parte de los intelectuales occidentales de la época aprovecharon para poner sobre la mesa la cuestión de las continuadas violaciones de los Derechos Humanos realizadas sobre los refugiados armenios como si esto fuera la única clave en juego desde la cual poder conceptualizar el problema allí existente. Postura esta ante la cual Gilles Deleuze no aguantó más, y realizó su crítica.

“En primer lugar”, afirma, “me doy cuenta de que, siempre, esas declaraciones de Derechos Humanos nunca se hacen en función [o] con la gente afectada: las sociedades de armenios, las comunidades de armenios, etc. Porque para ellos el problema no son los Derechos Humanos. ¿Cuál es? Es: ¿qué vamos a hacer? Eso es un agenciamiento […] ¿Qué es necesario hacer para eliminar esa situación? […] No es una cuestión de Justicia: es una cuestión de jurisprudencia. Todas las atrocidades que sufre el ser humano son casos concretos. No son desaires a derechos abstractos”.

Justicia y jurisprudencia en Deleuze

Para Deleuze, la diferencia entre Justicia (Derechos Humanos) y jurisprudencia es la diferencia existente entre recurrir a un supuesto Derecho Natural trascendente y universal que estaría escrito de forma inamovible en una supuesta “naturaleza humana” que nadie coincide nunca en identificar de la misma manera, y el de hacerlo mediante un planteamiento inmanente basado en la creación y el establecimiento de conexiones entre las principales fuerzas en juego que permitan encontrar salidas concretas y particulares dentro de unos entramados de relaciones increíblemente complejos y no jerárquicos (“rizomas”). El problema no es si se han violado determinados derechos “naturales” y “eternos” que atentan contra la dignidad humana. El problema es qué contacto establecer entre las fuerzas vigentes en un determinado momento para que no puedan producirse determinados actos.

La creación del derecho no son las declaraciones de Derechos Humanos. En el derecho, la creación es la jurisprudencia.

Según el filósofo francés, pretender concebir la totalidad de posibles situaciones concretas en las que consiste y se desarrolla la vida mediante la apelación a unos supuestos Derechos Humanos universales y trascendentes únicamente logra producir una separación entre el funcionamiento de la maquinaria jurídica y el propio de las cosas materiales que, en última instancia, solo promueve la ineficacia del derecho: “Tú invocas los Derechos Humanos. ¿Qué quiere decir eso? Quiere decir: los turcos no tienen el derecho de masacrar a los armenios. De acuerdo, ¿y después? ¡Hemos avanzado mucho así! ¡Verdaderamente es propio de majaderos! Creo que verdaderamente todos esos pensamientos de los Derechos Humanos son hipócritas. Desde el punto de vista filosófico no valen nada. La creación del derecho no son las declaraciones de Derechos Humanos. En el derecho, la creación es la jurisprudencia”.

Aunque parezca un argumento insulso, el punto clave al que quiere referirse Deleuze es de una sencillez tan extrema que a veces incluso hasta se nos olvida. Para él, la clave de la crítica a esta forma de entender el derecho que está presente en el discurso de los Derechos Humanos radica en comprender que no son más que papel mojado sin absolutamente ninguna efectividad sobre el mundo real. O lo que es lo mismo: no es posible concebir el mundo a partir de la noción de derecho. Si los Derechos Humanos tuvieran alguna realidad efectiva en el mundo tal y como han sido definidos (universales, dados a priori, e insertos en una supuesta naturaleza humana que no puede ser contradicha) ni siquiera serían pensables —y mucho menos realizables— todas sus violaciones. Lo que Deleuze quiere poner de relevancia es que “cuando uno se dirige a la Justicia, ¡la Justicia no existe! ¡Los Derechos Humanos no existen! Lo que cuenta es la jurisprudencia: esa es la invención del Derecho. De ahí que los que se contentan con recordar los Derechos Humanos y recitar los Derechos Humanos ¡no son más que unos imbéciles! ¡Se trata de crear, no se trata de hacer que se apliquen los Derechos Humanos! Se trata de inventar las jurisprudencias en las que, para cada uno de los casos, esto no será posible. Es muy diferente”.

El Derecho es la declaración de los derechos sin el poder que los hace reales y deviene necesariamente un bloqueo y una limitación de la potencia humana.

Para Deleuze, el problema no está en salir a la calle y exigir que se cumplan los Derechos Humanos. Hacer que se cumplan los Derechos Humanos es tan fácil como cambiar la redacción de la Declaración para que coincida con las acciones de aquellos que los incumplen. Así de simple. Esa es la auténtica lógica que rige el pensamiento del Derecho. Una lógica intelectualista e idealizada que se preocupa únicamente de problemas conceptuales. Nunca del análisis de situaciones materiales. Según Deleuze, estas últimas requieren del establecimiento de “agenciamientos”, esto es, de conexiones efectivas entre fuerzas actuantes susceptibles de producir alguna diferencia respecto al estado anterior. Según su filosofía, el is/oughtproblem comentado por Hume o el propio del Sein/Sollen comentado por Kelsen que definen la lógica propia del Derecho como relativa únicamente al problema del “deber ser” (ought, Sollen) no sería más que un falso dilema. Para una filosofía auténticamente materialista, el deber ser así definido no es nada. O al menos nada directamente actuante.

El derecho a-nómalo de Spinoza

Muy probablemente, la mayor parte de los juristas que leyeran lo que hemos escrito hasta aquí nos acusarían de nazismo tanto a Deleuze como a mí mismo, pues interpretarían que estamos definiendo “lo justo” como “el derecho del más fuerte”. Además, aprovecharían también para afirmar que la diferencia entre la ontología (el ser) y el derecho (el deber ser) es una diferencia intrínseca a la existencia misma de los seres humanos —una diferencia, pues, propia de la naturaleza humana—, ya que todas las sociedades que han existido en la historia, ya sea a través de costumbres no escritas o de derecho escrito, siempre han regulado su comportamiento mediante normas que establecen el “deber ser” frente a una mera forma espontánea de “ser”.

Ahora bien, lo que normalmente ignoran todos estos juristas tan preocupados por la Justicia y los Derechos Humanos es toda posible concepción del derecho que no coincida con el concepto de ius romano en tanto que “algo” —nunca se ha sabido muy bien qué— que permite a alguien exigir a los demás una conducta (pre)determinada. Es por ello que ignoran algo que es de vital importancia para poder entender el modo en que Deleuze concibe la jurisprudencia: la noción a-nómala (nomos = derecho, norma, costumbres, hábitos sociales) de Derecho propuesta por Spinoza.

O el derecho es concebido como el poder constituyente de la multitud o es una abstracción muerta que únicamente busca legitimar el poder constituido.

Mientras que el positivismo jurídico que ha disciplinado las cabezas de todas las generaciones de juristas producidas en los últimos doscientos años se ha basado en la noción kantiana de autodeterminación de la propia libertad según normas —una nación es libre en la medida en que disponga de la soberanía para darse a sí misma sus propias leyes—, la noción de derecho desarrollada por Spinoza se basa en las nociones de potencia, creatividad y producción. En Spinoza “el Ser” no es. No se limita a ser. En Spinoza, al igual que en Deleuze, el ser, produce. Es creativo. Y el Derecho, al igual que cualquier otra cosa que exista, también cae dentro de la esfera del ser. No es un ámbito separado de “lo que es”. Luego también es creativo, y también produce. Produce conexiones materiales a través de la jurisprudencia. No dice cuándo una acción viola un derecho que nadie sabe dónde está. Decide qué vamos hacer ante una situación concreta. Desde este punto de vista, la potencia en Spinoza no es más que el esfuerzo realizado por cada cosa para seguir siendo, seguir creando y seguir produciendo. Es desde este punto de vista que Spinoza afirma que cada cosa tiene tanto derecho como potencia de existir y actuar. Expresado en sus propios términos: tantum potentiae, quantum iuris.

La clave de la cuestión radica en que, según Spinoza, si dos o más se ponen mutuamente de acuerdo —se conectan— y unen sus fuerzas, tienen más potencia juntos, y por tanto, también más derecho sobre una situación determinada que cada uno por sí solo. El derecho de la multitud —del común— es una fuerza ontológica y productiva que no tiene nada que ver con naturalezas, derechos o dignidades “humanas”. Desde este punto de vista, antes que como una entidad unitaria —pueblo o nación— con capacidad de autodeterminar su voluntad a través de un contrato —de una norma— la multitud se define a sí misma como una potencia constitutiva y creadora de derechos. Esto y no otra cosa es la jurisprudencia según Deleuze: una política de las conexiones entre sujetos diferentes. O el derecho es concebido como el poder constituyente de la multitud o es una abstracción muerta que únicamente busca legitimar el poder constituido.

Una vez aquí la conclusión es clara: toda filosofía del derecho que no parta del planteamiento de Spinoza es una simple mistificación de la potentia (potencia constituyente) en potestas (poder constituido). Tal y como afirma Antonio Negri, “el Derecho es la declaración de los derechos sin el poder que los hace reales y deviene necesariamente, siempre, incluso en las más altas expresiones que ha hallado en la historia, un bloqueo y una limitación de la potencia humana”. Que nadie confíe en el derecho. Nuestra única salida radica en confiar en nuestra propia potencia.

Sobre este blog
La filosofía se sitúa en un contexto en el que el poder ha buscado imponerse incluso en los elementos más básicos de nuestro pensamiento, de nuestras subjetividades, expulsando así de nuestro campo de visión propuestas teóricas y prácticas diversas que no son peores ni menos interesantes sino ajenas o directamente contrarias a los intereses del sistema dominante.

En este blog trataremos de entender los acontecimientos del presente surcando –en ocasiones a contracorriente– la historia de la filosofía, con el objetivo de poner al descubierto los mecanismos que utiliza el poder para evitar cualquier tipo de cambio o de alternativa en la sociedad. Pero también de producir lo que Deleuze llamó líneas de fuga, movimientos concretos tanto del presente como del pasado que, escapando del espacio de influencia del poder, trazan caminos hacia otros mundos posibles.
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VLC
1/7/2019 0:00

La gente muere a diario por defender derechos humanos (tortura. desapariciones, asistencia letrada). Al señor Deleuze esto le parece irritante y abstracto, y le opone algo mucho mejor: la jurisprudencia creativa. Un poco de Spinoza (multitudo, etc) siempre mejora el plato (no vayan ustedes a leer a Spinoza, basta con creer lo que dicen Deleuze y Negri). Es llamativo leer esto en 2019

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#36873
9/7/2019 15:43

Creo que confundes las luchas y objetivos que persiguen los movimientos por los derechos humanos y el modo en que funcionan a nivel jurídico. Son cosas completamente distintas, y eso es lo que dice Deleuze. Si por porque alguien ponga las palabras "Derechos Humanos" en un informe jurídico crees que ya está luchando por los mismos objetivos que luchan algunos movimientos sociales, estás perdido. Lo interesante es leer este artículo a la luz de lo expuesto en los anteriores.
https://www.elsaltodiario.com/el-rumor-de-las-multitudes/el-imperio-contraataca-neoliberalismo-y-derechos-humanos

https://www.elsaltodiario.com/el-rumor-de-las-multitudes/por-que-desahucian-costarte-vida

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VLC
9/7/2019 23:52

Sí, estoy perdidísima. ¿Me explicas entonces por qué luchan los movimientos por los derechos humanos, si no es por los derechos humanos? ¡¡Gracias!!

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Jorge León Casero
10/7/2019 23:58

A ver, yo creo que el problema es que la expresión "Derechos Humanos" se utiliza para muchas cosas distintas. Desde luego yo apoyo los objetivos por los que luchan los movimientos sociales en defensa de los Derechos Humanos, y lo único que pretendo criticar son ciertas apropiaciones neoliberales del término "Derechos Humanos" realizadas desde un ámbito estrictamente jurídico a nivel técnico, que persiguen imponer un nuevo imperialismo jurídico que va en contra del derecho a la autodeterminación de las naciones basándose en una concepción "natural" y universalista de los Derechos Humanos. Puede parecer un empleo muy cínico del discurso de los Derechos Humanos. No lo niego. Pero si de algo estoy convencido, es que desde luego tiene cada vez más defensores. Obviamente, yo no soy el único que opina de esta forma. El indólogo Raimon Panikkar ya ha criticado el eurocentrismo inherente a los Derechos Humanos. Si te interesa profundizar un poco por esta vía, aquí te dejo algo de bibliografía al respecto. Hay "de todo un poco":
Fagan, A. (2019). The gentrification of human rights. Human Rights Quarterly, 41 (2), 283-308.
Larking, E. (2017). Human rights rituals: Masking neoliberalism and inequality, and marginalizing alternative world views. Canadian Journal of Law and Society, 32 (1), 1-18.
Nash, K. (2016). Politicising human rights in Europe: Challenges to legal constitutionalism from the left and the right. International Journal of Human Rights, 20 (8), 1295-1308.
Khoja-Moolji, S. (2014). Producing neoliberal citizens: Critical reflections on human rights education in Pakistan. Gender and Education, 26 (2), 103-118.
Odysseos, L. (2010). Human Rights, Liberal Ontogenesis and Freedom: Producing a Subject for Neoliberalism? Millennium - Journal of International Studies, 38 (3), 747-772.

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VLC
11/7/2019 16:44

Gracias, Jorge. Deleuze no critica las "apropiaciones" del discurso sobre los DDHH, sino el discurso como tal. Pienso que eludes el problema. ¿Crees que hay derechos inalienables o que todos dependen de la "potencia de la multitud" y de la "soberanía nacional"? ¿Defiendes que los Derechos fundamentales estén codificados de manera supranacional o no? Es curioso que la cuestión de los DDHH os parezca "de intelectuales" y luego resolváis todo citando bibliografía.

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Jorge León Casero
11/7/2019 18:18

Hola VLC. Deleuze no critica las apropiaciones, efectivamente. Critica un determinado tipo de concepción teórica de los DDHH que le parece demasiado abstracta. La crítica a las apropiaciones la he intentado hacer yo en el artículo anterior, teniendo en mente a ciertos juristas teóricos con los que estoy en desacuerdo. Lo que yo creo –y a donde trataba de ir con este artículo- es que no podemos desligar el estatuto de lo jurídico (los “derechos”) del estatuto “ontológico”. Es decir, el “deber ser” (Sollen, ought) de las fuerzas materiales del “ser” (Sein, is). Por eso creo que, como decían a veces algunos juristas, afirmar derechos sin la fuerza material necesaria para hacerlos cumplir es como no afirmar nada. Si no hay una fuerza que los haga cumplir (el Estado, las organizaciones supranacionales, la “potencia de multitud” o cualquier otra) no hay derechos (efectivos). Me parece bien que haya Derechos Fundamentales codificados de manera no-nacional (puede ser supra, o puede ser infra) siempre y cuando haya instituciones (formales o informales) que cambien o impidan determinadas situaciones. Lo que en verdad me molesta es cuando algunos juristas –y también algunos religiosos- aluden a los Derechos Fundamentales como si fueran algo dado (una “cosa” natural, universal e inamovible) que existe por sí mismo, como si la única interpretación posible fuera la suya, y además van por el mundo como si estuvieran en posesión de La Verdad, pues creo que es una postura que aunque se proponga objetivos loables, lo único que va a conseguir es realizar nuevas barbaridades. Ya lo decía ese refrán: ¡Cuídate mucho de aquellos que quieran hacerte el bien! Cuando la concepción de los Derechos Humanos es esta última, estoy en contra. Cuando se entienden como un dispositivo institucional supra o infra nacional con el que erradicar ciertas situaciones materiales (torturas, desapariciones, etc) realizadas por los Estados-nación estoy a favor. Respondiendo directamente a tu pregunta: Cuando la codificación supranacional se entiende como un simple instrumento para erradicar los abusos de poder de los Estados, estoy a favor. En el momento en que veo que esa codificación promueve que una sociedad se crea en posesión de La Verdad, me echo a temblar, y dudo. ¿Tú qué crees? ¿Crees que la única vía efectiva contra los abusos de los Estados son las codificaciones supranacionales (lo que tradicionalmente se ha llamado Imperio) y que los movimientos infra o trans-naiconales no formalizados (lo que he denominado “potencia de multitud”) no son efectivos? ¿Crees que “codificar” derechos supranacionalmente y establecer unas instituciones supranacionales con la fuerza (ejército, policía) para hacerlos cumplir es la única forma efectiva para luchar contra esos abusos? Ya disculparás la excesiva extensión de la respuesta. A veces me cuesta mucho sintetizar lo que pretendo decir. Ya que esto es cada vez más incómodo de leer, si te apetece podemos continuar la conversación por Facebook. Puedes encontrarme fácilmente.

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Jorge León Casero
11/7/2019 20:06

Y lo de la bibliografía... ¡touché!... Toda la razón... ja ja ja...

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#37054
10/7/2019 23:01

Efectivamente, una gran parte de las defensas jurídicas de los "Derechos Humanos" no tienen nada que ver con aquello por lo que luchan los movimientos sociales en defensa de los Derechos Humanos. A nivel académico e institucional, una gran parte de las defensas de los Derechos Humanos se centran en aplicar la fórmula Radbruch con el objetivo de anular el principio de irretroactividad del derecho positivo. Aquí se explica con un poco más de detalle. Si te apetece, puedes leerlo a ver qué tal. https://www.elsaltodiario.com/el-rumor-de-las-multitudes/el-imperio-contraataca-neoliberalismo-y-derechos-humanos. Yo creo que Jorge intenta diferenciar netamente entre movimiento sociales y este tipo de lecturas, que son las únicas que critica.

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VLC
11/7/2019 0:21

Te lo voy a poner muy fácil.
1) El artículo dice que "a nivel académico e institucional, una gran parte de las defensas de los Derechos Humanos se centran en aplicar la fórmula Radbruch con el objetivo de anular el principio de irretroactividad del derecho positivo". ¿Puedes mencionarme tres casos de este tipo de utilización de los DDHH desde 2001? La forma jurídica que corresponde al neoliberalismo no es la de los DDHH, sino la de la desformalización jurídica, la inflación normativa y el primado del poder ejecutivo. Puedes leer mucho sobre eso también.
2) ¿Puedes indicarme dónde se diferencia en el artículo la defensa de los DDHH por parte de movimientos y las lecturas académico-institucionales?
3) "¡Los Derechos Humanos son un discurso para intelectuales!", dice el intelectual parisino. Finalmente es sencillo: se trata de decir si se está o no de acuerdo con esto. Si existe o no un derecho fundamental a no ser torturado, o ese tipo de cosas dependen de la "potencia de la multitud", la "soberanía nacional" o la "jurisprudencia creativa".

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#37071
11/7/2019 12:43

Ok, te respondo:
1) La serie de 4 artículos sobre Derechos Humanos que se han escrito en el blog –y no solo este último- afirman que esa defensa se ha realizado a nivel teórico por Filósofos del Derecho que se explican en la mayor parte de las facultades de Derecho del mundo como Dworkin, Hart, Finnis o Alexy. A eso es a lo que yo creo que se refiere. Además, el discurso –DISCURSO. NO LOS MOVIMIENTOS- de los Derechos Humanos puede ser empleado para legitimar ciertas formas de la desformalización jurídica, la inflación normativa y el primado del poder ejecutivo. Puedes leer mucho sobre esto también.
2) La diferencia entre la defensa de los DDHH por parte de los movimientos y las lecturas académico institucionales se realiza en el primero de todos: “dicho tipo de luchas y movimientos son ajenos a una posición filosóficamente esencialista”, posición que que adjudica a Dworkin, etc.
3) Efectivamente, Deleuze afirma que el discurso de los Derechos Humanos son un discurso para intelectuales. Nadie lo niega. Puedes no estar de acuerdo. Pero si algo está claro para cualquiera que haya leído a Deleuze es que él nunca se opuso ni se opondría a cualquier tipo de movimiento social que pretendiera lograr lo que quieren lograr los movimientos en defensa de los DDHH. A lo que se oponía era al modo en que la disciplina jurídica los concibe. En el fondo es una cosa muy concreta, y técnica.

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VLC
11/7/2019 16:53

Está bien. Eres incapaz de citar un solo caso. No me sorprende. Tampoco contestas a mi última pregunta. Diferencias entre los "movimientos " y el "discurso" de los DDHH como si los movimientos no tuvieran un "discurso". Y así salvamos a Deleuze. Pero el discurso de las luchas habla de derechos que están por encima de cualquier decisión política, que no dependen de la "potencia de la multitud". Afrontar ese problema es lo interesante, aunque sea incómodo para un deleuziano

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#35598
7/6/2019 23:01

Buenísimo Jorge. Gracias.
Deleuze es el filosofo del Devenir. Todo fluye... Las Leyes, el Derecho, también.

La labor principal de los jueces no debiera ser ir a las Leyes ya codificadas para después simplemente aplicarlas a los casos concretos. Ahí, estamos situados en el Ser. Alejados de la vida. La jurisprudencia ahí, como la aplicación de la ley, es secundaria, cuando, según deleuze, debe ser la creación de Derecho. La invención de derechos.
Hermoso el ejemplo que puso Deleuze del taxi... En los taxis estaba prohibido fumar, hasta que un día alguien que quería fumar demandó al taxista. Y ganó. El juez dictó que se encontraba como un arrendado en su piso. Tiene derecho a fumar como en su propia casa... Hasta entonces no existía ninguna Ley así, que igualara el taxi con una casa. Hoy es diferente. Hoy, no se puede fumar, pues un taxi es como un servicio público, ya no es como tu casa...

Pero, yo no creo que Deleuze finalmente esté tan en contra de los derechos humanos. Si de pensarlo de manera diferente, ya que, como no hay igualdad por ninguna parte, como cada caso es diferente, cada resolución se debe concretar también...
Decisiones judiciales especificas, para cada caso. Porque todo es un proceso abierto y creativo, que lleva a la modificacion de las leyes existentes y a la invención de nuevos derechos. Aunque esto también es un engorro...porque claro, si no se simplifica parece una labor infinita: "encontrar salidas concretas y particulares dentro de unos entramados de relaciones increíblemente complejos y no jerárquicos (“rizomas”)"...

En fin, ¿cómo va el tema de los videos de youtube? ¿hay algo ya? ¿se concreta? Un saludo.

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Jorge León Casero
9/6/2019 14:02

Por supuesto. Yo tampoco creo que Deleuze esté en contra de lo que los movimientos sociales en defensa de los Derechos Humanos pretenden lograr. De lo que está en contra es de la forma jurídica en que son concebidos. Desde luego, su forma de concebir la jurisprudencia es "un engorro" terriblemente complicado y que llevaría todavía más tiempo y recursos que la actual forma en que funciona el Derecho. La cuestión clave está en que, tal y como lo concibe Negri, esa nueva forma de jurisprudencia "a lo Deleuze" no debería ser ejercida por unas personas concretas (unos supuestos especialistas en "la Justicia") que designa el Estado, sino que el poder constituyente de la jurisprudencia debería ser desarrollado a nivel social por las partes implicadas. No tenemos que dejar "lo jurídico" en manos del Estado. No siempre lo ha estado. Es más, es un proyecto típicamente moderno que empieza a ser defendido teóricamente con el 2º Tratado del Gobierno Civil de Locke. En los primeros tiempos del Derecho Romano no exitía la figura del "juez" tal y como la concebimos ahora, sino que cada ciudadano podía juzgar y ejecutar sentencias por sí mismo sobre los conflictos generados en torno a algunos de sus "ius" (derechos). Era una forma de concebir el Derecho basada en la "propiedad privada" de los derechos. Lo que hay que desarrollar es una forma "común" de concebir lo jurídico. Ni público (Estado) ni privado (propiedad). Spinoza es una buena base de la cual partir, pero hay que ir mucho más allá. No podemos quedarnos parados en Spinoza y Deleuze.
Y lo de los vídeos, ya está en marcha! Ya hemos creado un pequeño grupo base entre alumnos de Filosofía Política y algunos colaboradores de este blog para ir haciendo pequeños seminarios de debate sobre distintos temas de actualidad política e ir produciendo distintos vídeos para Youtube, Facebook, Instagram, etc, a raíz de los mismos. Nos hemos denominado "Acción Rizoma". Ya tenemos una lista de temas a debatir, hemos diseñando los logos del grupo, y estamos dándonos de alta en distintas plataformas. A la vuelta del verano haremos la primera prueba piloto, y a partir de ahí ¡a producir! Además, te gustará saber que incluso hemos abierto una sección en la que ir contestando sistemáticamente a distintos youtubers o "comentaristas" habituales de los medios que no hacen más que propaganda sin ninguna base consistente detrás.

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#35698
10/6/2019 17:36

Es tan revolucionario todo ésto que se plantea ya Deleuze, que decir que no podemos quedarnos ahí, sino que hay que ir mucho mas lejos, parece hoy día imposible. El conservadurismo se ha apoderado hasta de la "izquierda radical. Estos cimientos sociales en los que estamos, las instituciones que lo sostienen, la subjetividad plenamente conquistada, son tan fuertes, que no se menean sin un terremoto social. O la bajeza humana es aun mas grande de lo que yo me imagino, o sospecho que el reformismo, y los pequeños acontecimientos sociales que van calando poquito a poco...ya no funcionan. Porque no hay fuerza social para sostenerlo y porque hay cosas que no se pueden demorar mas.

Voy a seguir con mucho interés Acción Rizoma...  Me encantará si alguien pone un poco de dinamita en esos cimientos. Y mas si le dan una buena patada en los huevos a esos cimentadores...

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Jorge León Casero
10/6/2019 20:32

Te entiendo perfectamente. Yo tampoco tengo ninguna esperanza en el reformismo y el camino de las instituciones. Ahora bien, también creo que la izquierda radical ha sido sustituida por meros discursos teóricos de "intelectualuchos" como yo que únicamente sabemos hablar (y discutir constantemente) hasta el punto de que cualquier cosa que no sea hablar lo denominan -y critican como- "violencia". A veces creo, e incluso comento con algún amigo, que la Universidad (al menos el área de Humanidades) ha sido transformada en una isla apartada del mundo donde dan unas migajas de dinero a las personas que quieren cambiar las cosas para que pierdan el tiempo discutiendo entre ellas la mejor forma de leer las obras de X. Es bastante desesperante, la verdad. Pero bueno, ¡algo habrá que hacer! Cada vez somos más los que estamos ya hartos de todo esto. Eso sí que lo veo.

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#35739
12/6/2019 0:44

Joer, es que tocas cosas que son desesperantes. Parece que todo está hecho para que nada se pueda hacer, para mantener a la gente, a la gente que tiene necesidad de que las cosas cambien, no solo alejadas personalmente de toda decisión que le incumba, sino simplemente, de ser tenida en cuenta.

La política institucional fagocita toda la política. Parece todo parte de una ficción teatral, un alejamiento de la realidad, una pura sustitución por su representación. Todos los medios con los focos todo el día poniendo su atención aquí, dando y dando vueltas a lo mismo para que la lucha por fuera se mantenga apagada, para que nada cambie en el fondo...

Y el tema de los intelectuales lo mismo. Los que no son meras cajas de resonancia del poder, que no se metan...Eso, que protesten, que digan lo que quieran, pero que no salgan de la academia...
Y si, ahí están, divinamente protestando y discutiendo sobre si tal o cual autor dijo esto o si realmente dijo mas bien esto otro.
Parece que albergan secretos muy importantes pero cuando logras entrar en su mundo, te das cuenta que están igual de vacíos que el resto. Sacan libros, que no aportan una mierda la mayoría de las veces, y ya tienen entretenimiento para seguir discutiendo y protestando...

Y es que los límites de la disidencia estan bien marcados. Todo esta diseñado para que no se atente seriamente contra el sistema y los privilegios establecidos.

Que nada tenga un impacto en lo real. Y los demás, mientras algo no nos toque y no nos joda demasiado, todavía podemos volver con tranquilidad, la vista hacia otro lado... Que los que se ahogan son otros...
Y es que no se quiere conflicto. Que no se está por la labor. Y sin capacidad de desobedecer, de desarticular el sistema de poder, no hay cambio posible.
Conservadores y moderados...la gran mayoría. Los más afectados no entran en la agenda política.
Solo nos queda cargarnos en la puta madre que ha parido este mundo.

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Alí caté
5/6/2019 9:59

Precioso texto.

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Danó
4/6/2019 22:52

Qué interesante y cuántas conexiones con la anarquía. Gracias.

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En este blog trataremos de entender los acontecimientos del presente surcando –en ocasiones a contracorriente– la historia de la filosofía, con el objetivo de poner al descubierto los mecanismos que utiliza el poder para evitar cualquier tipo de cambio o de alternativa en la sociedad. Pero también de producir lo que Deleuze llamó líneas de fuga, movimientos concretos tanto del presente como del pasado que, escapando del espacio de influencia del poder, trazan caminos hacia otros mundos posibles.
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El amplio movimiento por la vivienda catalán, sindicatos y organizaciones vecinales, sociales y soberanistas demandan soluciones urgentes ante una crisis de vivienda sin solución a la vista
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Tribuna Vivienda: es hora de organizarnos
La situación de crisis inmobiliaria nos exige leer el momento para acertar en las batallas que debemos dar ahora, reflexionar sobre los modos de acción colectiva y lograr articular una respuesta política amplia.
Turismo
Opinión Abolir el turismo
VV.AA.
Lleguemos a donde lleguemos, no puede ser que sea más fácil imaginar el fin del capitalismo que el fin del turismo.

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