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Racismo
El Defensor del Pueblo investiga el encierro ilegal en el CIE Zapadores durante un mes de un joven extutelado
A. E. M, un joven marroquí de 22 años y extutelado por la Comunidad de Madrid, permaneció recluido en el Centro de Internamiento para Extranjeros(CIE) de Zapadores(València) entre el 21 de enero y el 23 de febrero de este año, a pesar de que en el centro se disponía de la resolución judicial que había suspendido su orden de expulsión. El Defensor del Pueblo ha iniciado una investigación sobre esta situación, según consta en la notificación que ha remitido esta institución a la Campaña por el Cierre de los Centros de Internamiento para Extranjeros y el Fin de las Deportaciones (CIEs NO).
Según denuncian desde CIEs NO, “ninguna autoridad verificó la situación legal del joven o, si lo hicieron, la ignoraron y lo mantuvieron privado de libertad con el objetivo de deportarle”. Desde la organización aseguran que “la intervención de los servicios jurídicos de nuestra campaña evidenció que en el expediente del interno, al que tenía acceso la policía, constaba la suspensión cautelar de su expulsión dictada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, lo que obligó a la dirección del CIE a ponerlo en libertad”.
Según denuncian desde CIEs NO, “ninguna autoridad verificó la situación legal del joven o, si lo hicieron, la ignoraron y lo mantuvieron privado de libertad con el objetivo de deportarle”
El juzgado de instrucción número 4 de Alcalá de Henares decretó el pasado 21 de enero el internamiento en el CIE de A. E. M, a raíz de una orden de expulsión dictada por la Delegación del Gobierno Madrid dos años antes. Según CIEs NO, “ni este juzgado ni el CIE tuvieron en cuenta que el TSJ de Madrid estimó el 8 de julio de 2021 un recurso de apelación interpuesto por A. E. M y acordó la suspensión cautelar de la orden de expulsión. Se le encerró en València con el fin de ser expulsado en cualquier momento”.
El TSJ de Madrid tomó la decisión de estimar el recurso al considerar que había “múltiples indicios del arraigo social” del chico, y criticó a la Comunidad de Madrid y a la Administración en general por la “inacción” y “descoordinación” para regularizar su situación administrativa. Así, en la sentencia consta que “nada parece haber hecho la Administración para amparar al recurrente debidamente y de buena fe, ni aun estando tutelado”.
Centros de Internamiento de Extranjeros
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Además, en el mismo texto judicial se puede leer que “no parece que a A. E. M se le haya dispensado la debida protección institucional durante su minoría de edad, lo que ha podido repercutir eventualmente en su posterior situación administrativa”. Por tanto, concluye la citada sentencia, “si la Administración no parece haber hecho nada para regularizar la situación del recurrente en España mientras era menor de edad, ni para facilitársela después, no es posible concluir que ahora existan fuertes razones de interés público que exijan la inmediata ejecución de la expulsión”.
Desde CIEs NO indican que “esta sentencia pone de manifiesto la problemática ya denunciada por las organizaciones sociales e incluso trasladada por el Defensor del Pueblo a la Fiscalía General del Estado, de que existe un porcentaje importante de menores tutelados que cumplen 18 años sin haber sido documentados”. El artículo 35 de la Ley de Extranjería determina que los menores tutelados tienen derecho a una autorización de residencia, que debe ser solicitada a instancia del organismo que asume la tutela.
Centros de Internamiento de Extranjeros
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El colectivo CIEs No denuncia que el juez no ha admitido el documento de identidad del ingresado porque llegó partido desde Argelia, aunque la familia asegura que la envió en perfecto estado.
CIEs NO considera que “el incumplimiento de esta sentencia y de la propia Ley de Extranjería —que contempla el ingreso en los CIE como una medida cautelar para asegurar la expulsión— prueban que el encierro de A. E. M. fue ilegal. Sin embargo, nadie ha asumido su responsabilidad y nada se ha hecho para evitar casos similares”.
Por estas razones, desde València Acull presentaron una queja ante el Defensor del Pueblo solicitando su intervención solicitando que se establezcan medidas de coordinación que impidan la repetición de situaciones semejantes y se apliquen medidas disciplinarias contra los responsables del encierro ilegal de A. E. M. El Defensor contestó el 6 de junio admitiendo a trámite la queja y anunciando el inicio de “actuaciones ante los organismos administrativos competentes”.
Exponen desde CIEs NO que “este caso y muchas otras vulneraciones de derechos documentadas justifican el cierre urgente de estas cárceles racistas, donde se encierra a gente que no ha cometido ningún delito”
Exponen desde CIEs NO que “este caso y muchas otras vulneraciones de derechos documentadas justifican el cierre urgente de estas cárceles racistas, donde se encierra a gente que no ha cometido ningún delito: se les recluye por no disponer de permiso de residencia, una falta administrativa equivalente a una multa de tráfico”.