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País Vasco
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco rechaza implantar el certificado covid en la hostelería
Los ejemplos pueden parecer alocados, pero el objetivo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco es razonar de una manera entendible que una memoria que considera escasamente fundamentada no puede mermar los derechos fundamentales de libertad ambulatoria, de expresión y de reunión, así como los derechos de igualdad e intimidad, creación artística y libre desarrollo de la personalidad. Este es el razonamiento jurídico, con un voto particular en contra, que sustenta el rechazo de la implantación del Certificado Covid de la Unión Europea en establecimientos hosteleros, solicitado por el Gobierno vasco.
Los tribunales de Galicia, Catalunya y Baleares han autorizado esta medida en diferentes circunstancias. Mientras que los gobiernos de Aragón, Navarra y La Rioja están pendientes de las resoluciones de sus respectivos juzgados.
La sentencia del tribunal vasco, fechada ayer, destaca por relacionar los karaokes con la creación artística y la paz social, una consideración que ha causado sorpresa y regocijo como, al mismo tiempo, estupefacción y desagrado, sobre todo, en el Gobierno vasco.
Los tribunales de Galicia, Catalunya y Baleares han autorizado esta medida en diferentes circunstancias. Mientras que los gobiernos de Aragón, Navarra y La Rioja están pendientes de las resoluciones de sus respectivos juzgados
Los karaokes y la paz social
El texto subraya que el certificado covid socava los derechos fundamentales de igualdad e intimidad, reunión, libertad ambulatoria y también las libertades de expresión y creación artística, esta última, “por ejemplo, cuando de karaokes se trata e, incluso, en la medida en que en dichos establecimientos se desarrolla la vida social del individuo, personal y colectivamente, según los casos, se puede afectar al libre desarrollo de la personalidad, esto es, uno de los pilares del orden político y de la paz social”.
No es la primera vez que Gobierno vasco se topa con el TSJPV a la hora de entender que medidas sanitarias y derechos fundamentales son dos ámbitos en el que las primeras no pueden pisar a las segundas. El 9 de febrero, tras encadenar tres confinamientos municipales desde noviembre y una manifestación ampliamente secundada por la hostelería, el tribunal ordenó la reapertura de bares y restaurantes, con restricciones en municipios donde la tasa de incidencia acumulada de contagios era de 500 sobre 100.000 habitantes o superior.
En el caso del certificado covid, el auto expresa que la población diana vacunada alcanza el 90%, algo que pone de manifiesto la “incongruencia” de lo “innecesario” del pasaporte covid “para los fines pretendidos”. Otra paradoja que señala es que Gobierno vasco no solicitaba dicho certificado ni para los menores de 12 años —población no vacunada— ni para los dueños de los establecimientos hosteleros y sus trabajadores, cuando destaca que si estos no están vacunados pueden diseminar el virus si “las mascarillas no están correctamente colocadas en todo momento”, una situación que considera que ocurre a menudo y que basta con pasarse por un bar.
La reacción del Gobierno vasco
Esta mañana en entrevista a Radio Euskadi, el nuevo secretario general del PSE, Eneko Andueza, ha afirmado que es partidario de agotar la vía judicial y, por tanto presentar un recurso, ya que considera que el “marco jurídico permite” seguir tomando medidas frente a la expansión del virus. Considera también que “las decisiones judiciales no han de utilizarse como herramienta para hacer crítica política".
Por su parte, Gobierno vasco ha emitido un comunicado en el que renuncia a interponer un recurso y muestra su “sorpresa e incomprensión” ante la decisión del TSJPV. “Para el Gobierno vasco cualquier persona vacunada o cualquiera que sin estarlo disponga de una prueba PCR negativa reciente tiene garantizados esos derechos” (libertad ambulantoria, reunión. igualdad e intimidad, etc.), y recalca que “el Gobierno vasco había previsto esas medidas, precisamente, para evitar que el 10% no condicione al 90% de la población”.
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Lógica decisión judicial. Las vacunas NO impiden la transmisión de la gripe, un vacunado puede puede pegarle la gripe a otra persona, vacunada o no. Israel con casi el cien por cien de la población inoculada sufre una cuarta ola. ¿Holaaa? Reforcemos la Sanidad Pública y dejemos de tirar millones en las insaciables gargantas profundas de las multinacionales farMAFIAceúticas.