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Minería
La mina de Cáceres, el PREMIA y el PERTE: fundido en negro
Créanme si les digo que es la tercera vez que empiezo este escrito.
La primera vez fue poco después de la multitudinaria manifestación del 10 de noviembre, envuelta en un estado de euforia y un espíritu general de “¡a por ellos, oé, oé, oééé!” mezclado con un “¡sí se puede!”. Entonces escribí unas 500 palabras, hasta que se publicó en los medios de comunicación la imputación del CEO de ENE en el juicio por el caso de la desaladora de Escombreras de Murcia. “¡Vaya!, pensé, esto es importante; hay que ponerlo”.
Poco después, se publicó la denegación del aplazamiento que la empresa había solicitado para la inversión del PERTE de 18,8 millones de euros: si en el plazo establecido (noviembre de 2028), el proyecto minero no empezaba su ejecución, la subvención deberá ser devuelta (hoy, mientras escribo esto, se publica la renuncia definitiva de la empresa al PERTE: no pueden cumplir los plazos. Retomaremos este asunto más adelante). “¡Vaya, vaya!, volví a pensar, esto también es importante; debería cambiar el enfoque de mi escrito, teniendo en cuenta todas estas nuevas e importantes informaciones”.
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Y me puse manos a la obra con el segundo intento. En esta ocasión plasmé más de 1.000 palabras, así que me dio tiempo a hablar de los asuntos ya mencionados y también un poco del proyecto velado. Quería yo analizar, desde mi punto de vista, el proyecto minero, y hacerlo no en lo que dice, sino en lo que no dice. O sea, analizar las veladuras, en qué parte del proyecto se encuentran, e imaginar qué es lo que ocultan, qué información trascendental y secreta nos impiden conocer, no sea que se lo chivemos a los chinos, es un decir.
De esa guisa seleccionaba partes del proyecto en las que debería aparecer alguna información relevante para comprobar que esa información estaba velada y tratar de averiguar qué es lo que se nos oculta. Por ejemplo, en la página 384 del Proyecto General de Explotación se dice: “Consumo de reactivos. En la tabla 24-3 proporcionada donde se detallan los consumos estimados de reactivos para el proyecto”. Es importante conocer los reactivos que se utilizarán, es evidente. Pues bien, la tabla 24-3 está en negro, velada. No podemos saber ni qué reactivos se utilizarán ni en qué cantidades. ¿Por qué? Parece claro que esta información puede levantar suspicacias o temores pues hablamos de procesos químicos altamente contaminantes. No se trata de proteger un secreto industrial (los reactivos utilizados en la industria minera metalúrgica son conocidos…) sino de ocultar una información que puede resultar incómoda y dar argumentos a los antimina. Sabemos cuáles son esos reactivos: sin entrar en muchos detalles, el más conocido es el ácido sulfúrico, utilizado en una parte fundamental del proceso industrial minero como es la lixiviación. Sobre los efectos del ácido sulfúrico en la flora, la fauna y la salud humana hay poco que decir…
No podemos saber ni qué reactivos se utilizarán ni en qué cantidades. ¿Por qué? Parece claro que esta información puede levantar suspicacias o temores pues hablamos de procesos químicos altamente contaminantes
Podría ponerles más ejemplos, pero no quiero aburrirles con algo que en este momento, me parece, ya no tiene mucho sentido. Porque el día 3 de enero amanecimos con la noticia de que la Junta de Extremadura requiere a la empresa promotora del proyecto minero nueva y detallada información sobre el mismo. Y no sobre aspectos parciales o puntuales, sino que “el requerimiento emitido en el mes de diciembre, es tan denso que, afecta a todos los apartados del proyecto, lo que requerirá es un esfuerzo mayúsculo de New Energies, la filial extremeña de Infinity Lithium”. Y añade el artículo: “la información aportada por la firma es claramente insuficiente y deficitaria”. “Se observa falta de información sobre las estructuras de gas y electricidad. Aún más deficitaria se considera la documentación aportada para la declaración de impacto ambiental.” Y más adelante: “Las explicaciones requeridas se extienden también al plano económico: una de las exigencias es la «acreditación de solvencia financiera» por parte de la promotora, además del «plan de financiación del proyecto»”.
¡Vaya, vaya, vaya!, pensé una vez más ¡Esto es un sinvivir! O sea que el proyecto no hay por dónde agarrarlo. Y yo haciendo un escrito sobre las veladuras de un proyecto que no vale nada. Pensando que se velaba una información importante para conocer los detalles y peligros del proyecto minero y resulta que era todo insuficiente, deficitario e impreciso.
Así que abandono mi segundo escrito y me pongo con este que ahora mismo están leyendo. Y claro, lo primero es intentar entender lo que ha pasado con el proyecto velado. Al respecto tenemos dos hipótesis:
La primera procede de la propia empresa que, después de recibir el requerimiento de información adicional por parte de la Junta, se despacha con unas interesantes declaraciones: los responsables de la compañía “alegan que se trata de un proyecto de «enorme complejidad técnica, desconocida hasta ahora en la comunidad autónoma» extremeña, y que eso va a suponer «muchas dudas y consultas técnicas durante todo el proceso»”. O sea que el proyecto es tan complejo que en Extremadura no estamos preparados para entenderlo. El problema es nuestro. Menos mal que están los de ENE y los de Infinity Lithium para ilustrarnos. Un argumento similar utilizaron cuando la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT) denegó a la empresa minera la concesión de agua que habían solicitado. Entonces el CEO de ENE declaró: “se trata de algo habitual en este tipo de proyectos que conllevan tanta complejidad técnica”. En este caso el problema era de la CHT, que no entendían el proyecto. ¡Que paciencia hay que tener! Así que bien podría ser que los técnicos de la Junta encargados de evaluar el proyecto minero se hayan pasado meses observando el mismo, como pasmarotes, sin entender nada. Incluso podría ser que el proyecto que analizaban estuviera velado y, solo después de seis meses, se dieran cuenta y llegaran a la conclusión definitiva: “¡Aquí faltan cosas! habrá que hacer un requerimiento”. Esta hipótesis puede parecer algo peregrina, pero nos resulta operativa, así que la llamaremos La hipótesis de Los Pasmarotes.
La segunda hipótesis concede más credibilidad a los técnicos de la Junta que a los responsables de la empresa minera. En este caso el proyecto es realmente un desastre, un catálogo interminable de insuficiencias, como hemos visto más arriba. ¿Por qué entonces lo han velado? Pues por hacerse los interesantes, una estrategia habitual cuando uno cotiza en bolsa: “¡Fíjate si será importante y estará bien hecho mi proyecto que más de la mitad del mismo es secreto!” Pero todo era un bluf. Un tremendo bluf. ¿Y quién será responsable de tamaño desaguisado? Sabemos que el proyecto lo visa el Colegio Oficial de Ingenieros de Minas del Centro (¡vaya papelón!) pero, ¿quién lo habrá redactado? Pues dado el carácter esperpéntico general de este asunto, bien podría haber sido el Profesor Bacterio. A esta segunda hipótesis, y solo a los efectos de la lógica interna de este escrito, la llamaremos La hipótesis del Profesor Bacterio.
Hasta qué punto llegaría la incompetencia del proyecto que incluso los técnicos de la Junta lo han tenido que reconocer y han tenido que requerir información adicional. E incluso conceder un plazo de seis meses cuando lo establecido por la Ley de Procedimiento Administrativo es un plazo ordinario de diez días
Tenemos, pues, dos hipótesis: la hipótesis de Los Pasmarotes y la hipótesis del Profesor Bacterio. Y hay que elegir entre una de ellas. Comprendo su desconcierto y sus protestas. Pero no hay más opciones. O Los Pasmarotes o el Profesor Bacterio. Así son las cosas.
Ahora piensen lo siguiente: hasta qué punto llegaría la incompetencia del proyecto que incluso los técnicos de la Junta lo han tenido que reconocer y han tenido que requerir información adicional. E incluso conceder un plazo de seis meses para dar cumplimiento al requerimiento, cuando lo establecido por la Ley de Procedimiento Administrativo ( Artículo 73.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) para estos casos es un plazo ordinario de diez días (imaginamos que habrá algún fundamento para este plazo extraordinario, quizás en alguna recóndita legislación minera; estaría bien, en todo caso, en aras de la tan manoseada transparencia, que se conociera tal extremo). Y todo lo anterior teniendo en cuenta que la Junta no es sospechosa de poner trabas al proyecto minero, sino de todo lo contrario. El mismo plazo extraordinario (prorrogable en tres meses más, según parece) así lo atestigua. Y si este hecho les parece insuficiente para concluir la favorable disposición de nuestra administración autonómica a los asuntos mineros, permítanme que comparta con todos ustedes algunas consideraciones sobre la declaración del proyecto minero como PREMIA.
Los PREMIA (Proyectos Empresariales de Interés Autonómico) se declaran al amparo de la LEY 5/2022, de 25 de noviembre, concretamente de lo establecido en su capítulo II. En esta Ley se establecen los procedimientos que deben seguir tanto las empresas aspirantes como la administración para llevar a cabo la declaración de PREMIA, con los efectos que más adelante revisaremos. En el caso que nos ocupa, la empresa minera (en esta ocasión con la denominación Castilla Mining SLU) presenta su solicitud, acompañada por la documentación pertinente, y la administración constituye la Unidad PREMIA que se encarga de evaluar la solicitud y el proyecto presentado y emitir un dictamen, favorable o desfavorable, para la declaración de PREMIA, que a continuación efectuará el órgano competente. Para la evaluación del proyecto se realizan Informes sectoriales, desde los distintos Servicios u organismos que forman parte de la Unidad PREMIA. Y estos Informes son interesantes, por lo que dicen o por lo que no dicen. Empecemos viendo algunos ejemplos:
En uno de los informes, que se realiza desde el Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras, se afirma lo siguiente: “Posibles molestias a la sociedad. El desarrollo del proyecto minero puede originar molestias provocadas fundamentalmente por el aumento de ruido, polvo, gases, cambios en el paisaje, deterioro de pistas y carreteras, procesos de subsidencia, etc.” Si, han leído bien: molestias. Ahora le llaman molestias (esto es algo más que un eufemismo…). ¿Se imaginan a los responsables de la empresa dentro de 10 años (por ejemplo, crucemos los dedos para que no ocurra…) después de abandonar la mina y la planta industrial, de dejarnos la contaminación, los problemas de salud pública y el deterioro irreversible de nuestro patrimonio natural, diciéndonos al despedirse: “perdonen las molestias”? ¡Que gente más educada, la verdad sea dicha! Y esto lo firma el Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras. Sinceramente: no había necesidad de hablar de esto; mejor limitarse a hablar de lo vuestro, de carreteras y eso… Pero no todos los informes tienen el mismo tono. Otros son más interesantes.
Por ejemplo, el que firma Protección Civil. Yo creo que este es un buen informe, breve pero intenso, hecho desde el punto de vista de Protección Civil. Y va un poquito más allá de las “molestias”. Veamos: “aunque se tiene constancia de la existencia de ciertas sustancias peligrosas, se desconocen las cantidades presentes que puedan dar lugar a accidentes graves. No se aporta información del uso de explosivos y la cantidad máxima almacenada. También es conocida la construcción de balsas para almacenamiento de residuos, pero se ignora su categorización, toxicidad y consecuencias por rotura o funcionamiento incorrecto. No se han localizado los elementos vulnerables en las cercanías del complejo minero que pudieran ser perjudicados por los posibles accidentes que se contemplen y, por tanto, no se puede saber el grado de afectación ni el riesgo que corren los mismos (se tiene constancia de la presencia de viviendas aisladas)”. Aquí sí que se dicen cosas interesantes… sobre lo que la empresa minera calla. ¿Es esto concluyente para la declaración del PREMIA? No. El mismo informe que citamos lo reconoce. No es concluyente, pero ¿debería tenerse en cuenta?
Al final la Unidad del PREMIA emitió un informe favorable y el proyecto minero fue declarado PREMIA. El acta de la reunión de la Unidad nos aclara el resultado y no se recoge ninguna discusión, ni consideraciones de ningún tipo, a pesar de lo que dicen algunos informes sectoriales
Un ejemplo más. En este caso el Informe que firma el (Servicio Extremeño de Salud) SES, concretamente el Servicio de Seguridad Alimentaria y Salud Ambiental, afirma cosas como:
“Sin embargo, la descripción de los distintos suministros de agua no están detallados o lo están con cierta imprecisión. Quizás porque la memoria pretenda un enfoque más económico”. (La empresa oculta cosas por economía en el enfoque; ¡Que bueno!). Y también dice: “Además, no se hace referencia a las posibles emisiones de aguas ácidas o alcalinas y la posible afectación de ciertos arroyos y acuíferos. No se consideran tampoco posibles accidentes ni se justifica el motivo por el que estos no sucederían. Además, incorpora dos nuevas variables: la presencia de al menos tres tipos de instalaciones de dispersión de legionela (¡la que faltaba!) (torre de refrigeración, condensador y sistema antiincendios) y el uso de biocidas, ambas cuestiones con sus propios requisitos normativos, de los que no se hace referencia”. ¿Será por economía en el enfoque?
Tampoco este último informe es concluyente para la declaración del proyecto minero como PREMIA. Como ya saben todos ustedes, al final la Unidad del PREMIA emitió un informe favorable y el proyecto minero fue declarado PREMIA. El acta de la reunión de la Unidad nos aclara el resultado y no se recoge ninguna discusión, ni consideraciones de ningún tipo, a pesar de lo que dicen, como acabamos de ver, algunos informes sectoriales.
Pero, ¿qué significa exactamente la declaración del PREMIA? Parece que ciertas ventajas a la hora de tramitar el expediente, sobre todo en lo que respecta a plazos administrativos, que se reducen a la mitad. Sin embargo en el mismo expediente de la Unidad del PREMIA se nos aclara que estas ventajas no se pueden disfrutar en lo relativo a los aspectos de la explotación minera, ni de la gestión de residuos (por depender de legislación estatal, no autonómica) ni de las cuestiones ambientales, ni de las licencias de urbanismo ni de las de obras (por diversos motivos). ¿Entonces en qué se beneficia el proyecto de la declaración del PREMIA? Pues en lo que tiene que ver con las expropiaciones, que podrán tramitarse por el procedimiento de urgencia. ¿Y esto qué significa? Pues son malas noticias para los propietarios expropiados, puesto que se verán claramente perjudicados (por ejemplo porque sus bienes serán ocupados antes de determinar el justiprecio y por lo tanto de realizar el pago. Primero te quitamos y ocupamos tu propiedad y después, si eso, ya vemos lo que te pagamos). Hablamos de 122 propiedades, en general pequeñas parcelas.
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A ver si lo entiendo bien: ¡la declaración del PREMIA no le concede a la empresa minera prácticamente ninguna ventaja, pero perjudica gravemente a los pequeños propietarios afectados! Entonces debería publicarse, junto a la declaración del PREMIA, la declaración de los Terrenos Expropiados con Justiprecio de la Ocupación, que será universalmente conocido como el TEJODES.
En conclusión sobre este asunto: tenemos un PREMIA que premia a las empresas aunque no les proporcione ventajas significativas, que perjudica a los pobres integrantes del TEJODES, que se declara favorable a pesar los informes sectoriales que dudan de la viabilidad del proyecto, y que genera un debate y discusión pública quizás exagerado para lo que realmente significa. Alguien debería reflexionar sobre este asunto, no sea que se le conceda el PREMIA a alguna empresa que luego resulte que no tiene un proyecto viable, ni económico, ni medioambiental, ni de gestión de aguas, ni de residuos, ni plan de restauración, etcétera. ¡No sea que nos encontremos con un absurdo así!
¿Podría retirarse el PREMIA, con efectos retroactivos? se preguntan algunos. Pues sí, lo dice claramente la LEY 5/2022, de 25 de noviembre, en su artículo 4: “Revocación de la calificación de proyecto empresarial de interés autonómico”. Ahí lo dejamos.
Y todo esto no nos aclara nada sobre las dos hipótesis antes planteadas (la de Los Pasmarotes y la del Profesor Bacterio) pero nos abre una perspectiva nueva, aunque no muy halagüeña: ¡que las dos hipótesis sean correctas al mismo tiempo!
Bien, hasta ahora hemos hablado del proyecto velado y rechazado y del PREMIA. Y hasta aquí quería llegar en este escrito. Pero va y se publica lo del PERTE devuelto, sobre la marcha, como ya hemos comentado. ¿Cómo no hablar de lo del PERTE devuelto?
Últimamente todo son malas noticias para la empresa minera. No vamos a hacer recuento de nuevo, pero parece que tienen gafe. Si después de todo el proyecto sale adelante, pues estamos apañados, pero habrá que reconocerles una resiliencia considerable
Intentaré ser breve. En un primer momento la noticia de la devolución del PERTE suena a final de la historia. ¿Cómo va a devolver la empresa 18,8 millones de euros así, por las buenas, cuando parece que hay todavía plazo que se puede apurar, si no es porque renuncia al proyecto? Echemos las cuentas: 6 meses más 3 meses de prorroga (casi seguros) para presentar la documentación requerida; luego otros 12 meses para que la Administración responda; luego información pública y miles de alegaciones, otro año adicional (quizás algo más), aunque el proyecto empezaría con seguridad antes de resolver las alegaciones. Nos iríamos a finales de 2027 y el plazo es hasta noviembre de 2028. La empresa ya dice que no da tiempo. ¿Qué se nos escapa? Lo normal sería aguantar a ver cómo van las cosas: ya renunciaremos al PERTE a principios del 2028, cuando sea evidente que no se cumplen los plazos. Claro que en este asunto hay factores que desconocemos, aunque imaginemos. Es posible que haya plazos intermedios que ya no se puedan cumplir, o alguna otra condición imposible de satisfacer y de la que no tenemos noticia. Quizás los responsables de la empresa se han reunido con responsables de la Junta y han decidido… ¡Vete tú a saber!
¿Se imaginan una reunión entre Los Pasmarotes y el Profesor Bacterio? ¡Por favor, si hay registros de dicha reunión que los publiquen, junto con el proyecto velado y rechazado! Necesitamos hacernos unas risas con todo este asunto. ¡Es urgente!
También hay que tener en cuenta que últimamente todo son malas noticias para la empresa minera. No vamos a hacer recuento de nuevo, pero parece que tienen gafe. Si después de todo el proyecto sale adelante, pues estamos apañados, pero habrá que reconocerles una resiliencia considerable.
En conclusión, a mi todo esto me huele a fin del asunto. Pero no crean que me fio mucho de mi olfato, quizá todavía afectada por el éxito de la manifestación del 10 de noviembre. Si es el fin entonces descansamos todas y todos: yo de seguir haciendo estos escritos y ustedes de leerlos.