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Tribunal Constitucional
El Constitucional tumba un recurso de Vox y avala la Ley Zerolo de igualdad de trato
Cincuenta diputados y diputadas de Vox interpusieron un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, conocida como Ley Zerolo. Entre sus demandas reclamaban que los centros educativos que segregan por sexos puedan seguir recibiendo financiación pública, aspecto que esta ley prohíbe. Este miércoles 5 de junio se conocía que el Tribunal Constitucional se ha pronunciado dando carpetazo a su recurso por mayoría.
En una sentencia, firmada por la magistrada María Luisa Segoviano, el Tribunal argumenta que, “aunque la educación diferenciada por sexos no está prohibida por la Constitución, esto no implica que deba necesariamente recibir ayudas públicas, ya que el legislador puede legítimamente optar por apoyar un modelo educativo —la coeducación—, que promueve el valor constitucional de la igualdad”, explican desde el TC en un comunicado de prensa.
Con la ley de igualdad de trato “no se impone orientación ideológica alguna, sino que, por el contrario, se promueve el avance en el respeto a los valores constitucionales”, asegura el Constitucional
También desestima el Constitucional que la obligación que establece la ley de tener en cuenta la perspectiva de género en las políticas contra la discriminación sea “un planteamiento puramente ideológico, contrario a la neutralidad con la que debe actuar la administración”, tal y como argumentaban los diputados de Vox. Al contrario la sentencia considera que la ley se enmarca en la progresiva implantación de la perspectiva de género como enfoque metodológico y criterio interpretativo orientado a promover la igualdad entre mujeres y hombres y “con ella no se impone orientación ideológica alguna, sino que, por el contrario, se promueve el avance en el respeto a los valores constitucionales”.
El recurso de Vox también arremetía con los preceptos que incluye esta ley que impiden discriminar por cualquier “por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, expresión de género, enfermedad, situación socioeconómica o cualquier otra condición o circunstancia personal o social” en la contratación de trabajadores y en el acceso a la compra o alquiler de vivienda. Lo consideraban una limitación absoluta a la libertad de contratación y de empresa. Pues bien, el Constitucional también ha desestimado este extremo. “Los particulares también están obligados a respetar los derechos fundamentales”, advierte el Constitucional.
Nueve años de la muerte de Zerolo
El fallo se ha conocido días antes de que se cumplan nueve años del fallecimiento de Pedro Zerolo, el político impulsor del espíritu de esta ley y múltiples han sido las reacciones festejando la decisión del Constitucional. Desde la Fundación Zerolo manifiestan una “gran satisfacción” por el aval constitucional a la Ley Zerolo y a las políticas contra la discriminación que establece, “especialmente la inversión de la carga de la prueba en procesos sancionadores administrativos como recoge desde 2003 las Directivas Europeas”.
“Aunque Vox no lo quiera entender, la igualdad no es un invento nuestro. Es un principio constitucional básico”
Por su parte, desde la Federación Estatal LGTBi advierten: “aunque Vox no lo quiera entender, la igualdad no es un invento nuestro. Es un principio constitucional básico”. “La Ley Zerolo sirve para regular cómo se materializa y ejecuta ese principio en el día a día”, añaden.
Desde la Federación de Enseñanza de CC OO celebran la sentencia. Aseguran que se alinea “claramente con los posicionamientos de la eliminación del concierto educativo para los centros que segregan a niñas y niños” y se muestran vigilantes para que se cumplan los preceptos de esta sentencia.