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Ley de Seguridad Ciudadana
Dos nuevas sentencias anulan multas por denunciar la financiación de la industria armamentística del BBVA
Los juzgados de lo Contencioso-Administrativo 1 y 4 de Bilbao han acordado anular las multas impuestas a dos activistas antimilitaristas por las protestas realizadas en marzo de 2019 para denunciar la financiación de la industria armamentista por parte del BBVA.
Según explican desde el Grupo Antimilitarista Bilbao KEM-MOC, en marzo de 2019, con motivo de la celebración de la Junta de Accionistas del BBVA que anualmente tiene lugar en el Palacio Euskalduna de Bilbao, las antimilitaristas Karmen Elorriaga y Sabina Pérez participaron en una acción de protesta junto a otras activistas de las plataformas contra el BBVA y EH-k Kapitalari Planto! Durante la protesta, seis personas fueron propuestas para sanción por parte de la Consejería de Seguridad del Gobierno Vasco, aplicándoles la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, más conocida como Ley Mordaza.
Ambas sentencias señalan que la protesta desarrolló “de forma absolutamente pacífica y sin alteración del orden público ni peligro para personas o bienes” y destacan que fue “una actuación lícita y legítima en el espacio público”
Sabina y Karmen recibieron una multa de 602 euros cada una por una infracción grave del artículo 36.6 de la Ley de Seguridad Ciudadana, por desobediencia o resistencia a la autoridad, pero ambas, como el resto de activistas denunciados ese día por los agentes de la Ertzaintza, recurrieron la sanción, que han sido ahora anuladas por los dos juzgados. Ambas sentencias, que son firmes y contra las que no cabe recurso, señalan que la protesta por la que fueron sancionadas las dos activistas se desarrolló “de forma absolutamente pacífica y sin alteración del orden público ni peligro para personas o bienes” y destacan que esta protesta fue “una actuación lícita y legítima en el espacio público”.
Esas dos sentencias se unen a la dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vitoria, que a mediados de febrero anuló la sanción que recibió una activista por la misma protesta. Esa primera sentencia, que retiró la sanción a la activista antimilitarista Koldobi Velasco, ponía en valor la importancia de la protesta como ejercicio del derecho constitucional a la libertad de expresión y justificaba que la activista se negara a obedecer las órdenes de los agentes policiales de que abandonara el lugar como forma de “buscar repercusión” y “transmitir un mensaje a la opinión pública”, y además acusó a los agentes de “extremar en exceso su celo”.
Desde Alternativa Antimilitarista-MOC, una de las organizaciones participantes en la protesta, valoran que estas sentencia “suponen un reconocimiento de la legitimidad de la desobediencia civil como herramienta de participación política y una reivindicación de la libertad de expresión frente al recorte de derechos que supone la Ley Mordaza aún vigente”.
Ley de Seguridad Ciudadana
Libertades y derechos Un juzgado retira una multa de la Ley Mordaza al reconocer la desobediencia como parte de la libertad de expresión