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Laboral
Ni portátil, ni internet ni soporte técnico: las empresas incumplen la ley de trabajo a distancia seis meses después de su entrada en vigor
Un 62,5% de las personas que teletrabajan asegura que la empresa no le ha dotado del imprescindible portátil para teletrabajar y un 80% se paga su conexión a internet, pese a que la ley establece que no debe ser así, según un sondeo del CIS.
Las respuestas a la encuesta Tendencias en la sociedad digital durante la pandemia de la covid 2019 publicada el 26 de marzo por el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) indican que un 62,5% de quienes teletrabajan o han teletrabajado en el último año indican que la empresa no le ha dotado de un portátil del que no dispusiera antes para teletrabajar, una obligación que las empresas deben satisfacer, por ley, desde el pasado septiembre —el 35% aseguró disponer de un portátil anteriormente a la pandemia—.
Además, el 79’1% de las personas trabajadoras confirma que se paga su conexión a Internet, unos datos que llevan a UGT a afirmar que las empresas continúan incumpliendo “de forma evidente y continuada” la ley de trabajo a distancia que se aprobó en septiembre de 2020 y entró en vigor el 14 de octubre de ese año.
Los empresarios tampoco están cumpliendo con el deber de facilitar un soporte técnico de apoyo al teletrabajo, sigue UGT basándose en la encuesta del CIS —sobre una muestra de 3.014 entrevistas realizadas entre el 8 y el 17 de marzo—, donde el 28’3% de los preguntados que teletrabajan dice que su empleador no organizó el soporte técnico de apoyo para implantar el teletrabajo con eficacia.
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La ley que regula el trabajo a distancia especifica en su sección sobre los derechos relativos a la dotación y mantenimiento de medios y al abono y compensación de gastos que “las personas que trabajan a distancia tienen derecho a la dotación y mantenimiento adecuado por parte de la empresa de todos los medios, equipos y herramientas necesarios para el desarrollo de la actividad, de conformidad con el inventario incorporado en el acuerdo referido en el artículo 7 y con los términos establecidos, en su caso, en el convenio o acuerdo colectivo de aplicación”.
También recoge que “se garantizará la atención precisa en el caso de dificultades técnicas, especialmente en el caso de teletrabajo” y es clara en cuanto a los gastos al establecer que “el desarrollo del trabajo a distancia deberá ser sufragado o compensado por la empresa, y no podrá suponer la asunción por parte de la persona trabajadora de gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral”
Percepción del teletrabajo
El sondeo del CIS pregunta al total de las personas encuestadas si considera que el teletrabajo es positivo para las empresas o si cree que perjudicial, a lo que un 62,2% responde que es “positivo” y un 8’6% que es perjudicial.
Cuando se pregunta si creen que es positivo para las personas trabajadoras, un 49,9 piensa que es positivo y un 19,2 piensa que es perjudicial. Las razones más repetidas entre quienes piensan que es positivo son una mayor capacidad de organización del tiempo (63,5%), el hecho de que se eviten los desplazamientos (76,8%) y una supuesta facilitación de la conciliación familiar (75,5%).
Entre quienes piensan que negativo para las personas trabajadoras, las razones más repetidas son que “fomenta el aislamiento” (69,4%) o “incrementa el estrés” (51,4) junto a una mayor dificultad para desconectar del tranajo (57,9%) y el hecho de que al trabajar el casa se trabeje más hotras de las contratadas ( 63,4%). Son estas dos últimas respuestas las que llevan a UGT a afirmar que se está produciendo una “huida de la ley”, ya que la ley del trabajo a distancia regula la desconexión digital.
Lo hace en su artículo 18, que especifica que “las personas que trabajan a distancia, particularmente en teletrabajo, tienen derecho a la desconexión digital fuera de su horario de trabajo”. La ley establece que el deber empresarial de garantizar la desconexión “conlleva una limitación del uso de los medios tecnológicos de comunicación empresarial y de trabajo durante los periodos de descanso, así como el respeto a la duración máxima de la jornada y a cualesquiera límites y precauciones en materia de jornada que dispongan la normativa legal o convencional aplicables”.
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El sindicato señala que solo veinte convenios firmados en 2020 contenían cláusulas reguladoras de la desconexión digital —un 3,8% del total frente al 2,8% del año anterior—. “De ello se puede concluir que la regulación de la desconexión laboral por convenio colectivo ha pasado prácticamente desapercibida en 2020, en plena extensión del teletrabajo, algo que deja muy clara la poca sensibilización del ámbito empresarial al respecto y sus inexplicables reticencias a acometer colectivamente este aspecto laboral”, dice UGT, que advierte de que no va a quedarse de brazos cruzados.
“Las empresas se empeñan en ignorar sus obligaciones legales”, lamenta UGT. Según el sindicato, a pesar de que durante el año pasado se multiplicó por tres el volumen de teletrabajo, el número de personas trabajadoras amparadas por un convenio que regule esta modalidad descendió un 2%, con respecto a 2019. De los 16,2 millones de personas asalariadas, indica, solo 143.432 están bajo convenios colectivos que regulen el teletrabajo.
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