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Aborto
Interrupciones voluntarias del embarazo en los centros públicos, el reto de la ley del aborto
El 85% de interrupciones voluntarias del embarazo se realizaron en centros privados en 2020, según los últimos datos disponibles del Ministerio de Sanidad. Como resumió la doctora experta en medicina con perspectiva de género Carme Valls, en un reportaje en El País, “falta voluntad política para concretar esta prestación pública”. La ministra de Igualdad, Irene Montero, espera poner fin a esta situación con la nueva ley del aborto que aprobará hoy el Consejo de Ministros.
Desde el pasado verano ha sido clara al respecto: “La ley del aborto [de 2010] necesita una reforma”. Eso significa que “es imprescindible regular la objeción de conciencia de los médicos, que no pueden estar por encima del derecho a decidir de las mujeres”.
El Ministerio de Igualdad insta a El Salto a esperar al día de hoy para saber si la voluntad política depositada en el borrador de Montero aguantará el trámite del Consejo de Ministros y, por fin, todas las provincias se vean obligadas legalmente a ofrecer interrupciones voluntarias del embarazo en al menos un centro público de cada capital de provincia, y que se realice una lista de objetores de conciencia. Objetores que deberán serlo tanto en la red pública como en la privada.
Derechos reproductivos
Aborto Cómo la regulación de la objeción de conciencia limita el derecho al aborto
La falsa objeción de conciencia ha impedido a miles de mujeres llevar a cabo una interrupción voluntaria del embarazo en su propio territorio, viéndose obligadas a desplazarse —como antiguamente— y estar más tiempo embarazadas —los trámites burocráticos se alargan entre una y dos semanas cuando la interrupción se realiza en otra comunidad—, o a acudir a centros privados.
Hay comunidades autónomas enteras que no realizan interrupciones voluntarias del embarazo en hospitales públicos, lo cual es algo completamente ilógico, dado que es imposible que todos y todas las ginecólogas y obstetras de territorios tan grandes como Castilla-La Mancha, Madrid, Extremadura y Murcia, donde en 2020 no se practicó ni una sola interrupción en la red pública, sean devotos defensores de prácticas religiosas —en dichas comunidades, los centros públicos no practican interrupciones ni cuando existe malformación fetal—.
Los centros públicos no pueden objetar; solo a título individual los profesionales pueden declinar practicar interrupciones del embarazo
La importancia de que los facultativos objetores se inscriban en un registro radica en que, a través de dicho registro, se evitará la habitual práctica fraudulenta de que un departamento de ginecología se declare objetor. Los centros públicos no pueden objetar. Solo a título individual los profesionales pueden declinar practicar interrupciones del embarazo. Evitará también que facultativos se nieguen a realizar interrupciones en la red pública pero las hagan en la privada.
El borrador de la ley del aborto de Irene Montero tiene otro cambio sustancial con respecto a este ámbito: si se mantiene, las adolescentes de 16 y 17 años no necesitarán permiso familiar para interrumpir un embarazo. De momento, necesitan autorización de la madre, padre o tutor legal.
Lo que ya está confirmado por la propia ministra es que las bajas laborales por reglas incapacitantes serán una próxima realidad en España, país pionero en el entorno europeo en asumir esta práctica que visibilizará los problemas de salud asociados a la menstruación en mujeres que sufren ciertas patologías, como la endometriosis, enfermedad que históricamente ha sido marginada de la investigación científica.
De momento, se conoce que la intención de Igualdad de conseguir la rebaja del IVA de los productos de higiene menstrual —del 10 al 4%— no ha conseguido convencer al ala socialista del Ejecutivo de coalición, a pesar de que figura en el acuerdo de Gobierno. Igualdad adelantó ayer que seguirá negociando una fiscalidad justa por otras vías, como la de los Presupuestos Generales del Estado.